Por otro lado, la perspectiva de los “nuevos movimientos sociales” se lanza a complejizar el análisis de los procesos de movilización social. Como crítica a la forma más monolítica de la representación del conflicto social en la modernidad y en la sociedad industrial (como un conflicto de clases donde la capacidad de agencia queda limitada a los condicionamientos estructurales), los teóricos de los “nuevos movimientos sociales” plantean renovadas maneras de abordar los conflictos sociales (Della Porta y Diani, 1999: 8-9). En la sociedad postindustrial son muchas las razones que llevan a que la gente se organice y se movilice, más allá de las grandes utopías sociales o políticas. Las luchas se dirigen ahora contra el mercado, pero también contra la imposición de modelos culturales (Touraine, 2000: 103). En este contexto, aunque existen elementos estructurales y de reproducción social que influyen en la acción colectiva (Tarrés, 1992: 750), el sujeto produce la acción al percibir y codificar los elementos (tanto de los medios existentes para la movilización, como del ambiente en el que ésta se produce), al mismo tiempo que los integra a un sistema de acción multipolar (Melucci, 1991: 358-359). De esta forma, se traslada el foco del análisis de la movilización como hecho necesario, como elemento ya dado, como objeto, al propio proceso de producción de la acción, al papel del sujeto y sus intereses dentro de este proceso, a cómo se generan los lazos identitarios entre sujetos con diversas posiciones e intereses. El sujeto, inmerso en una lucha social pero también siendo portador de un proyecto cultural (Touraine, 2000: 104), a la vez que produce el movimiento social se produce a sí mismo como sujeto. El gran mérito de esta perspectiva se encuentra en trasladar el foco de atención, de la movilización como objeto, a la comprensión del sujeto que la produce y sus motivaciones.
En tercer lugar, tenemos la perspectiva que centra su estudio en la movilización de recursos y en la movilización social como proceso político.[3] Los autores que analizan la acción colectiva desde este ángulo parten de la idea del conflicto como consustancial a la vida social, y fijan su interés en el proceso que envuelve a la acción colectiva, más que en la movilización como objeto o en el sujeto que interviene en ella. Lo que intentan es comprender cómo se produce la movilización, qué recursos son movilizados, cuáles tácticas se ponen en juego y qué garantiza su éxito. El descontento por sí mismo no produce movilización (Moore, 1989: 59). Ésta emerge cuando se generan oportunidades políticas que permiten que los recursos materiales y no materiales disponibles sean utilizados para contender políticamente (Della Porta y Diani, 1999: 15-16). En este último punto desempeña un papel fundamental el ambiente político e institucional donde el movimiento social opera. Una vez iniciada una contienda, esta perspectiva pone énfasis en las estrategias involucradas, cómo se ponen en función los recursos (repertorios, formas de encuadre, organización), cuáles son escogidos y cuáles no, qué redes se organizan y cómo se constituyen, cómo se generan repertorios de acción que son legados a futuros procesos (Tarrow, 2004). A pesar de que esta perspectiva (en su versión más ortodoxa) confía demasiado en la capacidad racional del actor —para elegir entre recursos para la movilización y alianzas para la acción— y no presta atención a los elementos estructurales que constriñen o favorecen la movilización, ni a los elementos identitarios y culturales, tiene el gran mérito de que facilita, tanto estudiar empíricamente los resultados producidos por las estrategias empleadas, como ubicar elementos dentro del espacio institucional que pueden convertirse en generadores o catalizadores de la acción colectiva. Lo anterior tiene una gran relevancia para nuestro objetivo de comprender el papel del derecho como repertorio y de los dh como marco para la movilización social, tal y como veremos más adelante.
Tomando en cuenta estas tres perspectivas, sostengo que las dos últimas pueden arrojar luces al reto que lanzamos en el presente artículo, en torno a la necesidad de estudiar el papel que desempeñan y pueden llegar a desempeñar los dh dentro de los procesos de movilización social en México.
La perspectiva centrada en la movilización de recursos y en los procesos políticos ofrece varias vías que son de utilidad para evaluar el papel del derecho en los procesos de movilización. En primer lugar, nos conmina a prestar atención al ambiente institucional donde ocurre la movilización para determinar si existen elementos que la potencien. Cambios de gobiernos, alianzas políticas, reformas constitucionales o legislativas, la adopción de políticas públicas, sentencias, jurisprudencias o lineamientos para la actuación de los tribunales pueden convertirse en incentivos institucionales que activen los procesos de movilización.
En segundo lugar, centrar la atención en torno a los procesos de organización y movilización de recursos conlleva a que fijemos la mirada en las diversas estrategias de movilización a través del derecho, ya sea a partir de una campaña para un cambio legislativo, de la implementación de un estándar internacional por medio de políticas públicas, del litigio defensivo de un determinado caso o mediante un proceso de judicialización de una demanda o para la obtención de la “justiciabilidad” de un derecho. Fijar la atención en ello nos permite conocer las estrategias eficaces dentro de determinados contextos, dar cuenta de repertorios de acción jurídica exitosos, de fisuras o aspectos vulnerables dentro del sistema jurídico.
Ahora bien, cualquier investigación que emprendamos no puede cometer el error de lanzarse a estudiar el derecho como recurso, sin ubicarlo dentro del contexto estructural en donde está siendo utilizado y sin hacer referencia a la motivación de los actores. Debemos evitar construir modelos analíticos que se centren sólo en las razones estructurales y causales o en los propósitos de los actores. El devenir de los procesos de movilización social depende tanto de causas estructurales como de la capacidad de agencia de los sujetos. Un buen equilibrio de ambos aspectos, logrado a partir de la observación empírica, sería el mejor escenario para investigaciones que den cuenta del papel del derecho y de los dh en los procesos de movilización social.
Cualquier estudio que se pretenda realizar en torno a la acción colectiva —aunque sólo sea el estudio del papel que desempeña el derecho como recurso de movilización— debe comenzar por la ubicación del proceso organizativo y de lucha dentro del contexto general de la sociedad, determinando sus propios rasgos dentro de la diversidad de formas que puede adquirir un proceso de acción colectiva. Además, no podemos perder de vista que incluso dentro de un mismo proceso se ponen en juego numerosas dimensiones de la movilización, por lo cual hay que dejar muy claro cuál va a ser la que vamos a observar y qué relación puede tener con las demás que no se van a tratar de manera directa.
Es en este punto donde consideramos que puede ser de mucha utilidad el marco analítico que propone Charles Tilly, para quien existen cuatro componentes de la acción colectiva que tienen que ser tomados en cuenta a la hora de estudiarla:
Interés: tiene que ver con las ganancias y pérdidas que pueden resultar de la interacción de un grupo con otro grupo.
Organización: el aspecto de la estructura del grupo que afecta más directamente su capacidad de actuar en favor de sus intereses.
Movilización: es el proceso a través del cual el grupo adquiere el control colectivo sobre los recursos que necesita para la acción; éstos pueden ser el poder laboral, mercancías, armas, votos, influencia en medios y muchos otros. El análisis de la movilización se relaciona con los medios gracias a los cuales los grupos adquieren recursos y los hacen viables para la acción colectiva.
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