AAVV - En el primer siglo de la Inquisición española

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En los tiempos inmediatos a su creación por los Reyes Católicos, el Santo Oficio de la Inquisición era un organismo poco articulado pero muy dinámico. Durante los siguientes cien años, evolucionó progresivamente hasta convertirse en una institución. Por el camino fueron quedando las víctimas, sobre todo las dos grandes minorías religiosas, judíos y musulmanes, a quienes la conversión al cristianismo, voluntaria o forzosa, puso a los pies de los caballos; pero también esa concepción medieval de la autonomía política que hacía del foralismo un escudo frente a las injerencias del poder monárquico. Las fuentes documentales que permiten analizar esa evolución proceden de los archivos inquisitorios y de fondos regios. Este volumen recoge las experiencias que medievalistas y modernistas de España y Francia han recabado en el terreno de estudio de la primera Inquisición.

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La evidente bibliofilia del maestro Osma tampoco debe ser confundida con el tipo de preocupaciones intelectuales que entonces animaba al humanismo renacentista. Verdad es que la propia Universidad de Salamanca debió tener en alta estima la pericia bibliográfica de Osma, cuando en 1465 le encomendó la adquisición de libros por valor de 2.000 florines para la biblioteca del Estudio. 48 No menos cierto tuvo que ser, como afirma Nebrija en la Apología de Osma que dedicó al cardenal Cisneros, 49 que el maestro fue, durante cierto tiempo, corrector de libros de la catedral de Salamanca, seguramente por encargo del obispo Gonzalo de Vivero. 50 Pero no podemos identificar estas dos circunstancias con una militancia humanista, porque ni la competencia en materia bibliográfica constituye una prueba contundente, ni tampoco podemos estar seguros de que las más de 600 correcciones hechas por el maestro en los códices de la catedral mediante su cotejo con algunos otros pervetusti (cuya mera existencia en España ha puesto varias veces en duda Luis Gil) fueran genuinamente filológicas y no simplemente ortográficas.

Los procesos zaragozano y alcalaíno contra el maestro Pedro de Osma no representan, por tanto, la primera causa contra el humanismo renacentista y, por así decir, sus excesos teológicos, sino el primer procedimiento –muy contundente, por cierto– contra una de las mayores desviaciones de la ortodoxia teológica –casi me atrevería a decir que la mayor de todas ellas– surgida en la España del siglo XV, no al socaire de las corrientes espirituales radicales, apocalípticas o milenaristas, sino dentro del ejercicio mismo de la teología profesional, a mi modo de ver, como resultado de la convergencia de dos grandes factores. En primer lugar, una hipersensibilización frente al descrédito oficial de la penitencia privada y ante la obligatoriedad de confesión pública, decretada por el Concilio de Letrán de 1215 –lo que, por cierto, iba a dar lugar a una abundante literatura doctrinal en Castilla, con autores como Martín Pérez, 51 Andrés Díaz Escolar, el arcediano Valderas, 52 Juan Martínez de Almazán, 53 Lope Fernández de Minaya, Alonso de Cartagena y el propio Osma– y, en segundo término, la conformación de aquello que –desde Américo Castro 54 hasta Stefania Pastore, 55 pasando por Sicroff, 56 Gilman, 57 Márquez, 58 y otros– 59 se viene denominando espiritualidad conversa , con sus grandes dosis de antirritualismo, intimismo, anticeremonialismo y paulinismo.

La obra del maestro Osma –los textos que dedicó a la confesión, a la penitencia y al valor de las indulgencias– representan la culminación, evidentemente heterodoxa, de la confluencia entre las dos tendencias que acabo de apuntar. Esto es así, no porque el teólogo fuera genéticamente converso, sino más bien por su cercanía a aquellos círculos religiosos y académicos que, a falta de una denominación más precisa, podemos continuar llamando pro-conversos. Sus connivencias con el progresismo universitario salmantino son más que evidentes –fue íntimo del obispo Vivero, disfrutó del prestigioso cargo de catedrático diputado, etc.– y su estrecha amistad con el obispo converso de Segovia, Juan Arias Dávila, es asunto probado que bien podría hallarse en el origen mismo de su doble procesamiento. 60

Del contenido de las obras denunciadas, únicamente conocemos las once proposiciones sometidas al parecer de los casi sesenta teólogos y juristas reunidos en Alcalá de Henares a mediados de mayo de 1479, así como las confutaciones redactadas por sus dos máximos críticos: el dominco Fr. Juan López de Salamanca y el teólogo D. Pedro Ximénez de Préxamo, consejero también de los prelados Arias y Carrillo. 61 Aunque la pena impuesta en Alcalá el 24 de mayo de 1479 incluía la abjuración de tales opiniones, la suspensión de la venia docendi y el destierro ad tempus de Salamanca, tanto la sentencia de Zaragoza como la de Alcalá disponían la destrucción completa de la obra de Osma. No cabe la menor duda de que esta última decisión fue aplicada con precisión de cirujano, pues hasta el momento no se ha hallado ejemplar alguno (ni siquiera manuscrito) de ninguno de estos tres textos. 62

De todos ellos, el más relevante probablemente fue el Tractatus De Confessione . Era una obra impresa que al parecer se había distribuido normalmente, había sido leída con avidez y había provocado no pocos escándalos. Así lo afirmaban, al menos, cuatro de los cinco testigos presentados por Pedro Ruiz de Riaza, promotor fiscal de la causa alcalaína: los capellanes Juan Rodríguez de Melgar, 63 Juan Luis, Fernando Martínez de Valencia, 64 el bachiller Juan de Camarma 65 y el vecino de Alcalá Ambrosio de Orna. 66 La alarma parecía justificada. Los fieles –coincidían los testigos– se negaban a confesarse. Pero si lo hubieran hecho, ni de lejos hubieran mencionado los pecados de pensamiento, pues Osma, según decían, había escrito que no era necesario someterlos al parecer del confesor. Por si esto fuera poco, la lectura del libro invitaba también a todo tipo de sediciones: desde la circuncisión de los recién nacidos, a la recusación del diezmo. Como se ve, más había en estos testimonios un batiburrillo de notas anticonversas, que un reflejo siquiera aproximado del contenido real de la obra.

En cualquier caso, el hecho de apuntar por primera vez, no hacia un texto cualquiera, sino hacia un libro impreso, convierte al proceso contra Pedro de Osma en la primera de las grandes operaciones censoras de la historia de España, culminada por cierto con un éxito sin paliativos, dada la completa extinción de la obra. 67 Ni siquiera se conoce con precisión la fecha de edición, ni, en consecuencia, el tiempo que la obra pudo circular más o menos libremente por la Península. Los defensores de la hipótesis de que su impresor fue Juan Párix de Heidelberg, impresor alemán llamado a Segovia por el obispo Arias Dávila, se apoyan en la previa colaboración entre ambos para correr de molde los osmianos Commentaria in simbolum Quicumque vult y apuntan, por tanto, al año 1474 como fecha de la edición de De Confessione , momento en el que Párix habría abandonado Segovia para instalarse en Toulousse. 68 José Constantino Nieto –sin aportar noticia alguna– cree que la obra fue denunciada ante las autoridades eclesiásticas de inmediato y, por tanto, debió salir de las prensas hacia 1476 ó 1477, gozando de una escasa distribución. 69

No compartimos el criterio de Isabella Iannuzzi acerca de que el proceso contra Pedro de Osma constituyera una especie de ajuste de cuentas entre el profesorado de la Facultad de Teología de la Universidad de Salamanca. Tres aspectos –a nuestro juicio– la contradicen. Ya nos hemos ocupado de dos de ellos: la preocupación por los efectos multiplicadores de una obra impresa y el escándalo –probado por la coincidencia de los testimonios– causado por las opiniones de Osma. El tercero no es otro que la sentencia condenatoria lanzada contra el Tractatus de Confessione por la inquisición episcopal zaragozana el 12 de diciembre de 1478. No podemos dejar de lado una circunstancia tan esencial como ésta, a la hora de explicar la dimensión verdaderamente extraordinaria que tuvo el macroproceso abierto en Alcalá de Henares contra Osma el 24 de marzo de 1479.

En efecto, sin la existencia del precedente aragonés, que, por cierto, congregó en Zaragoza, bajo la presidencia del vicario Miguel Ferrer y de los inquisidores Juan de Épila y Juan de Cervera, a un total de 25 expertos, entre los que se hallaban el obispo de Dolia, Pedro Pilares, un total de 12 juristas, entre ellos el lugarteniente del Justicia de Aragón, Pedro de Luna, y el vicecanciller Alfonso de la Caballería, 11 teólogos, entre ellos 2 canónigos –uno de los cuales fue Pedro Arbués– 2 dominicos y 1 franciscano, y el Abad del Convento de Santa Fe, sin este precedente, repito, es probable que la reacción del arzobispo Carrillo de Toledo ante la denuncia instada por el canónigo toledano Pedro Ximénez de Préxamo y el catedrático de Vísperas salmantino, Pedro Díaz de Costana –discípulo del teólogo franciscano y enemigo de Osma, Pedro de Caloca– no hubiese sido tan contundente. 70

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