Brian Loveman - Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile - 1958-1973)

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Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile: 1958-1973): краткое содержание, описание и аннотация

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En los conflictos y procesos judiciales analizados, se revelan las diferencias ideológicas y políticas existentes en el país, haciendo difícil asegurar la percepción de imparcialidad, de neutralidad e independencia de los tribunales.

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El FRAP y la CUT hicieron un manifiesto público, convocando a la ciudadanía a resistir en nombre de la Constitución la amenaza de una dictadura constitucional de parte de Alessandri:

Los senadores del FRAP que suscriben realizarán un supremo esfuerzo para impedir que una dócil mayoría sancione con su complacencia la instalación de la dictadura que arrasará con nuestras instituciones fundamentales. Si, por desgracia, el envilecimiento cívico de los sectores gobiernistas llegara hasta el punto de aceptar este verdadero ultimátum, declara, bajo su responsabilidad, que el Poder Ejecutivo y el Legislativo se colocan al margen de la Constitución y de la ley y estiman, en consecuencia, legítima cualquier acción de los ciudadanos para restablecer el derecho y las instituciones atropelladas 85.

La izquierda apelaba al discurso legalista, moneda dura en Chile, haciendo referencia al derecho de resistencia contra un gobierno que se saliera de los límites constitucionales y –sin decirlo– naturales. Este derecho se encontraba tanto en la corriente jurídica iusnaturalista (p.ej. Santo Tomás de Aquino 86) como en la tradición anglosajona (p.ej. John Locke) 87. En ambos casos se infería la existencia de un derecho a resistir (o derecho de rebelión) y derrumbar un gobierno «tiránico» 88. Fueran los derechos «naturales» o sólo positivos en sus orígenes, infringirlos y desconocer el imperio de la ley, en algún momento límite, justificaba resistir y rebelarse. Además, en el preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 se dice: «Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión». (Desde luego, apelar a derechos naturales y al quiebre de normas constitucionales para justificar la rebelión o el derrocamiento de un gobierno «injusto» o «ilegítimo» era una espada de doble filo, como se vería en septiembre de 1973).

En una declaración conjunta, los partidos Liberal y Conservador manifestaron «que condena[n] en la forma más enérgica el llamado a la sedición que contiene la declaración aludida, que además revela la falta de escrúpulos y de línea política de muchos de sus firmantes que, en otras ocasiones, no tuvieron inconveniente en aprobar y aplicar desde otros gobiernos facultades aún más rigurosas que las que ahora se solicitan» 89. Obviamente se referían a los gobiernos radicales y sobre todo al gobierno del Presidente Gabriel González Videla (1946-1952), quien había gobernado mediante sucesivas delegaciones de facultades extraordinarias. El diputado Isidoro Muñoz Alegría (PR), votando para aprobar las facultades extraordinarias, expresó: «estamos contribuyendo a sacar al país del caos y de la ciénaga putrefacta en que lo dejó sumido el ibañismo. Y estamos ciertos, también, que con ello estamos defendiendo la República, su democracia y los delicados valores morales, espirituales y políticos que ella encierra» 90. Sin embargo, varios diputados radicales dejaron constancia de que votaban “sí” por orden de la directiva del partido, pero contra su propia opinión y conciencia respecto a la constitucionalidad de la delegación de facultades especiales al Ejecutivo.

El país ya lo sabe las facultades extraordinarias son inconstitucionales - фото 5

«El país ya lo sabe: las facultades [extraordinarias] son inconstitucionales»,

La Izquierda, 12 de marzo de 1959, n° 32 portada.

Los partidos de izquierda y la Democracia Cristiana no tenían dudas en oponerse a las facultades extraordinarias. Fundando su voto en contra, José Cademártori (PCCH) volvió al tema constitucional: «Los parlamentarios que repudiamos las facultades hemos sostenido que no hay en la Carta Fundamental ningún precepto que nos permita delegar nuestras facultades en el Poder Ejecutivo» 91. El Partido Comunista se oponía al proyecto alessandrista por considerarlo inconstitucional. El senador Humberto Martones Quezada advirtió a los senadores que apoyaban al gobierno:

(…) los senadores del Partido Socialista desconoceremos toda legislación que se haga por decreto en uso de las facultades extraordinarias que otorgará el Congreso al Presidente de la República. (…) tengan presente Sus Señorías, y el País, y todos los países del mundo, que hace pocos meses estuvimos a un paso de alcanzar la Presidencia de la República y de cambiar la estructura política, económica y social de Chile. Este proceso histórico, que va « in crescendo », es, sin duda, el que nos permitirá alcanzar el Poder, más pronto que más tarde. En esa oportunidad, cuanto hagan Sus Señorías será derogado por nosotros . (…) las disposiciones que se adopten en virtud de estas facultades no las reconoceremos, porque el País está en desacuerdo con ellos; quiere tomar rumbos nuevos y cambiar la estructura económica de la República (…) 92.

En representación de la Democracia Cristiana, el senador Eduardo Frei Montalva expresó tambiénsu oposición a la delegación de facultades al Presidente de la República:

Yo me pregunto: ¿si por un acaso electoral mañana hubiera un gobierno, por ejemplo, socialista-comunista, los que hoy otorgan facultades al actual gobierno se sentirían obligados a votarlas favorablemente, porque lo hicieron hoy, para entregarlas a un Presidente y a una combinación política opuesta? Cualesquiera que sean las palabras, sabemos que no, y, en todo caso, yo pienso que estarían en plena libertad para juzgar el proyecto, pues él envuelve siempre un problema de confianza, que cada uno es libre, de apreciar en cada caso 93.

Sumando su voz a sus correligionarios del FRAP y a las objeciones de la Democracia Cristiana, el senador Salvador Allende declaró: «No aceptaremos por motivo alguno dar más facilidades que signifiquen la entrega de nuestras materias primas; rechazaremos con violencia patriótica toda intención del gobierno de atentar contra el interés nacional, (…) queremos reiterarle al gobierno que combatiremos aquí y en la calle las Facultades» 94.

El FRAP proclamaría durante los siguientes cinco años su voluntad de alcanzar el poder en 1964, amenazando con derogar todo lo hecho por el gobierno y combatir no sólo en las urnas y el Congreso sino también en la calle. Entre 1959 y 1962, los movimientos de pobladores (y las ocupaciones de terrenos urbanos, las «tomas»), las movilizaciones de estudiantes, las olas de huelgas y la violencia callejera harían concreta e inmediata la amenaza de la «lucha de masas» 95. Con el fin de contrarrestar este proceso, Estados Unidos proporcionó una ayuda significativa a Chile, a través de la Alianza para el Progreso, así como mediante intervenciones clandestinas en la política interna chilena y en el financiamiento de los grupos anti-marxistas en la elección de 1964 96.

Por sus funciones y atribuciones constitucionales y legales, el Poder Judicial tendría que intervenir en muchos de los conflictos generados por la progresiva polarización de la vida política. Es importante recordar, además, que un ministro de la Corte de Apelaciones y dos ministros de la Corte Suprema eran miembros del Tribunal Calificador de Elecciones 97. El Poder Judicial participaba en los juicios sobre desafueros originados en los conflictos entre el gobierno y parlamentarios, en casos de violencia electoral, huelgas ilegales, ocupación de terrenos urbanos, en querellas por «abuso de publicidad» (DL 425, 1925) y en juicios por infracciones a la ley de seguridad interior del Estado. Como se ilustra con los casos en este capítulo y los tres siguientes, el Gobierno de Alessandri hostigaba a la oposición y a la prensa de izquierda continuamente, a través de querellas judiciales por delitos varios. Su rol como pilar central del orden vigente hacía del Poder Judicial un blanco directo de reformistas y revolucionarios.

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