Brian Loveman - Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile - 1958-1973)

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Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile: 1958-1973): краткое содержание, описание и аннотация

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En los conflictos y procesos judiciales analizados, se revelan las diferencias ideológicas y políticas existentes en el país, haciendo difícil asegurar la percepción de imparcialidad, de neutralidad e independencia de los tribunales.

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A la Conferencia Nacional de la CUT, de principios de diciembre, Blest hizo llegar el siguiente mensaje:

No creo que sea posible seguir engañándonos entre nosotros y (…) mantener los mitos pseudo democráticos y legalistas que nos han amarrado haciéndole el juego a la derecha económica y al imperialismo norteamericano. (…) Desde la cárcel os aseguro mi inquebrantable voluntad de lucha y mi esperanza que definitivamente tomemos el único camino que debe conducir al triunfo a nuestro pueblo: la acción directa, tajante y sin claudicaciones en demanda de la transformación revolucionaria que exige el pueblo y la clase trabajadora chilena 168.

Blest estaba al borde de romper definitivamente con el Partido Comunista y con la dirigencia de la CUT (lo que haría en agosto de 1961). En 1960, los comunistas no estaban de acuerdo con promover en Chile la vía insurgente de la «Revolución Cubana» ni sus riesgos 169. Buscaban conquistar el liderazgo de la CUT y Blest era un obstáculo a sus objetivos.

Para la derecha, el proceso judicial contra Blest era obviamente necesario. En el Senado, Francisco Bulnes Sanfuentes comentó: «Tengo a la vista la versión del discurso de don Clotario Blest pronunciado en la manifestación del jueves último. Entre otras muchas lindezas, dijo: “La clase trabajadora debe despertar de este letargo, los obreros, empleados y campesinos deben despertar de este sueño soporífero para levantarse en armas y derribar a este gobierno (...)”. Me parece que no es incurrir en calumnia ni hacer una suposición aventurada decir que la Central Única de Trabajadores tiene el propósito de no respetar la ley y de derribar violentamente las instituciones constitucionales y legales» 170.

Pareciendo confirmar los dichos de Bulnes, Óscar Waiss (PS) escribió en la revista Arauco que no existían en Chile las condiciones geográficas para una guerra de guerrilla. En cambio, señaló que «hay que tratar de ampliar cada lucha, transformándola de lucha parcial a lucha general, de lucha económica a lucha política.(…) nuestra versión de la Sierra Maestra será una versión chilena, nacida en nuestra tradición, (…) en que la guerra de guerrilla será sustituida por la ocupación de las minas y las fábricas y la lucha en las calles, en los barrios obreros, en las ciudades mismas» 171.

El 5 de diciembre, los ministros de la quinta sala acogieron el recurso de excarcelación otorgado con consulta a la Corte (libertad bajo fianza de 50 escudos) para Clotario Blest 172. El diputado Mario Palestro denunciaba que «el fiscal ha pedido que sea condenado a tres años y un día por trasgredir la Ley de Seguridad Interior del Estado» 173. Según Luis Vitale, «el gobierno tramita largamente el proceso porque no se atreve a dar su fallo antes de las elecciones parlamentarias de marzo. Después de haber pedido el fiscal 541 días de condena, la Corte rebaja la pena a 300 días y no hace efectiva la relegación, sino que la “remite”, según la terminología penal burguesa» 174. De acuerdo con El Mercurio , la Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia el 16 de marzo, confirmando el fallo de primera instancia que condenó al Presidente de la CUT, Clotario Blest, a la pena de 541 días de relegación en la localidad de Petorca. La Corte de Apelaciones rebajó esta pena a 300 días 175. En la misma sentencia se indicó que se le concedió la remisión condicional de la pena, estableciendo que Blest debería estar bajo la vigilancia del Patronato Nacional de Reos durante un año 176.

Frente a las demandas revolucionarias y la «subversión» los tribunales tendrían que contener las amenazas al orden vigente, aplicando las leyes de seguridad interior, de abusos de publicidad, el Código del Trabajo y el Código Penal. Para la izquierda política, el Poder Judicial era un instrumento represivo y corrupto del régimen burgués. Necesariamente, tendría que ser «reformado» y transformado para romper las cadenas que constreñían a la clase trabajadora y para avanzar hacia una sociedad más justa.

El «gobierno de los gerentes» y el Poder Judicial

El plan antiinflacionario del «gobierno de los gerentes» fue relativamente exitoso en el corto plazo, pero provocaría una crisis cambiaria y un rebrote de la inflación en 1961 177. Entretanto, las restricciones en relación con el reajuste de salarios afectaron seriamente a la clase trabajadora en el sector privado y a los empleados del sector público, incluyendo al Poder Judicial y las Fuerzas Armadas. A fines de 1959, la Corte Suprema reiteró su reclamo por la situación deteriorada de la judicatura en un oficio al Presidente de la República:

Excmo. señor Presidente: Preocupa al Tribunal desde hace mucho tiempo el desinterés de los abogados por ingresar al Servicio Judicial.

Cuesta encontrar personal idóneo en los concursos para los primeros peldaños del servicio, más arriba se advierten notorias deficiencias, y funcionarios de provincia rehúsan ir a los asientos de Corte, incluso a Santiago, en calidad de suplentes o interinos. Aun en las más altas categorías, en la Corte de Apelaciones de la capital, Ministros cambian su toga de jueces por la de abogados o por modestas notarías de departamentos.

(…) No ignora la Corte Suprema la estrechez del erario, pero, consciente de su responsabilidad en la dirección de un Poder del Estado, tiene la obligación de hablar ante V. E.

(…) Tenemos el deber de defender no sólo a la institución, sino también a sus servidores y para ellos pedimos fervorosamente, en especial para los de más abajo, que el Gobierno contemple su situación 178.

En relación con el presupuesto fiscal para los servidores públicos, el ministro de la Corte Suprema, Emilio Poblete, publicó una carta en El Mercurio exhortando a la ciudadanía (e indirectamente al gobierno y al Congreso) para que apoyara un presupuesto adecuado para las Fuerzas Armadas. Al mismo tiempo, criticaba fuertemente los juicios en Nüremberg contra los líderes nazistas y la «invención» pos facto de los delitos de guerra:

«¡Ay de los vencidos!», era en la antigüedad el grito vengativo del triunfador.

Después del ominoso precedente impuesto por el proceso de Núremberg –ese epílogo atroz de la última guerra, que confió a los vencedores el privilegio de crear delitos y sindicar malhechores a su arbitrio, sin ley preestablecida, y juzgar las acciones de sus adversarios con tribunales parciales constituidos por los propios enemigos de los acusados–, aquella sentencia secular se enrojece con implicancias aterradoras.

Basta, entonces, de censuras y objeciones que pueden prepararnos el desastre; Basta de críticas e interferencias perturbadoras en la consideración de los delicados problemas de la defensa nacional, que encuentran su peor justificación en el regocijo con que son observadas desde afuera por vecinos más previsores. (…) Dispongámonos, de una vez por todas, a dotar a los institutos armados de los equipos y elementos modernos que necesiten para poder responder a la sagrada y específica misión defensiva que el país les ha confiado; hagámoslo aun a costa de contribuciones extraordinarias de defensa nacional, que ningún habitante de Chile podría excusarse de servir con entusiasmo en las actuales circunstancias, y al hacerlo, habremos cumplido lealmente con la patria y hecho reparadora justicia a los miembros del Ejército, Marina de Guerra y Aviación Militar, dignos de recibir los instrumentos necesarios para su eficaz entrenamiento, a la vez que adecuados a sus reconocidas capacidades profesionales 179.

Este llamado a un leal patriotismo con las Fuerzas Armadas, iniciado a propósito del presupuesto fiscal, dio lugar a un análisis del sistema internacional que criticaba los nuevos convenios relacionados con los derechos humanos y los delitos de lesa humanidad y que parecía distanciarse bastante del supuesto «apoliticismo» del Poder Judicial. Publicar una crítica sobre los juicios en Nüremberg, en 1959, no era exactamente un acto «apolítico» de un ministro de la Corte Suprema en plena Guerra Fría y a menos de un año de la victoria de Fidel Casto en Cuba. Pero, ¿cómo entender si Poblete defendía sinceramente la tradición liberal ( Nullum crimen sine lege )o silas palabras del ministro de la Corte Suprema tenían otros fundamentos, o tal vez eran una advertencia preventiva? En su planteamiento no se distinguía entre enemigos externos e internos contra quienes las Fuerzas Armadas defenderían la patria.

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