Desde el punto de vista administrativo, debe observarse cómo funcionaba la renta estancada: había regiones circunscritas que eran las únicas en las que podía sembrarse tabaco, y centros de procesamiento y de distribución desde donde se surtían los mercados asignados.
En primer lugar, estaba la dirección de la renta de tabacos que se ubicó en Santa Fe y de la cual emanaba el gobierno administrativo de cinco administraciones principales encargadas de comercializar el producto de otros tantos centros de cultivo.
El centro productivo de Ambalema nutría, a través de su factoría, tres grandes centros distributivos o administrativos principales: la administración principal de Honda, que desempeñó siempre el papel de punto de partida de la distribución de la producción tabacalera del alto Magdalena, y las dos administraciones principales para Antioquia y la costa Atlántica. La administración principal para Antioquia tuvo su sede en Medellín, mientras que la administración principal para la costa Atlántica tuvo diversas sedes a lo largo de la vida del estanco según el movimiento económico de la región. Originalmente la sede se estableció en Mompox, dada precisamente la importancia del movimiento económico en torno a este centro a fines del siglo XVIII. En este puerto fluvial tenía lugar el cambio de embarcaciones de toda la mercancía que fluya río arriba y río abajo, vale decir, la realización de un importante comercio de importación y exportación. Más tarde las ciudades de Cartagena y Panamá asumieron la función distributiva central del tabaco proveniente del interior, y en alguna medida, del tabaco de procedencia cubana.
El centro productivo del Cauca, cuya factoría funcionó en Llano Grande (Palmira), debía surtir la administración principal de Popayán, que tenía a su cargo una distribución más que todo regional o local. Y por último, estuvo la importante administración de Santa Fe, destinada a distribuir el tabaco en toda la región oriental del Nuevo Reino; sus abastecimientos provenían de los dos centros productivos que se establecieron en Girón y en los llanos de Casanare 39.
El caso de Cartagena siempre fue excepcional pues, en la práctica, su consumo fue atendido en una buena proporción por tabacos provenientes de Cuba. En la memoria que el virrey Manuel de Guirior deja en 1776 a su sucesor Manuel Antonio Flórez podemos leer lo siguiente:
En las provincias de Cartagena y de Panamá han sido incomparablemente mayores las utilidades que ha rendido al erario la venta del tabaco en hoja, aunque con la desgracia de que su principal provisión depende de los tabacos que se conducen de la isla de Cuba, por estar los habitantes acostumbrados a su uso y ser preciso acomodarse a su gusto, no obstante que en Panamá se procura aprovechar el que se cosecha al interior del Reino y de que siempre ha dirigido mis intenciones a proporcionar los medios de introducir en una y otra providencia el uso del tabaco que se cosecha en el virreinato, considerando que como asunto que consiste en el capricho de los hombres, podrá vencérseles franqueándoseles de una y otro en los principios para que con insensible disimulo se destierre el de Cuba, y sin necesidad de ocurrirse a territorio ajeno, tengan las administraciones el abasto correspondiente, por ser este un género que apenas hay en provincias que no lo produzca 40.
El que la explotación del estanco fuera exitosa tenía estrecha relación con que no se presentaran fenómenos de sobreproducción, y con que la calidad fuera aceptable. En las instrucciones para el manejo del estanco siempre se echan de ver estos dos factores que se introducen para evitar la sobreproducción: la delimitación muy clara de las comarcas donde era permitido el cultivo y, al mismo tiempo, la exigencia de unas calidades mínimas.
Estas restricciones estaban estrechamente ligadas, dice Margarita González, con un problema específico que planteaba la producción tabacalera, lo mismo que la de caña, en el mundo colonial, a saber: la amenaza constante de una sobreproducción, con la consiguiente fluctuación de los precios. “El estanco evitaba este problema no solo a través de la restricción de las tierras cultivables y del número de tierras que podían sembrarse sino también con la destrucción de las hojas de calidad inferior.” 41
La única organización tabacalera que tenía vocación intercontinental era la de Cuba. La Real Fábrica de Tabacos Sevilla se surtía básicamente de tabacos provenientes de la misma España así como de tabaco cubano; y para atender gustos especiales de los consumidores de la península, de tabacos provenientes de Virginia y de Brasil. En una primera instancia la fábrica de tabacos de Sevilla se especializó en la producción de tabaco en polvo o rapé. El monopolio tabacalero cubano fue también el más temprano de toda la América española (1680). La organización formal del monopolio y del cultivo de los “vegueros”, como desde entonces se llamó a los cultivadores del tabaco en Cuba, data de 1717 [42]. El consumo del tabaco bajo la forma de rapé tomó gran fuerza y su uso se generalizó durante la dinastía borbónica [43].
Y como lo hemos dicho, la Real Fábrica de Tabacos de Sevilla, donde ahora funciona el claustro principal de la Universidad Hispalense, se surtía de tabacos producidos en la península, de tabacos cubanos y de Virginia, lo mismo que de Brasil, para atender el gusto de los consumidores.
c. LA INSTAURACIÓN DEL MONOPOLIO DEL TABACO EN EL VIRREINATO DE LA NUEVA GRANADA
Es indispensable vincular el establecimiento del monopolio del cultivo del tabaco como renta estancada, en la Nueva Granada, a lo que aconteció en el virreinato de la Nueva España; y muy especialmente a la visita de don José de Gálvez a México entre 1765 y 1776. Las instrucciones y conclusiones a que llega Gálvez en México habrían de transmitirse directamente al virreinato de la Nueva Granada a través de la visita de Gutiérrez de Piñeres. El monopolio del tabaco en México (Nueva España) bajo la impulsión de don José de Gálvez se establece a finales de 1764 y comienzos de 1765 [44].
Como lo relata Ingram, más de un siglo antes de la llegada de Gálvez a México, el virrey Palafox, arzobispo de Puebla, que también fue visitador general para asuntos de la Real Hacienda en Nueva España, como después lo sería el mismo Gálvez, había recomendado la instauración del monopolio y había aducido que estaban sobredimensionados los temores referidos a una reacción popular en la metrópoli si esta medida se adoptaba 45.
El rendimiento fiscal del monopolio tabacalero en México fue verdaderamente espectacular en los primeros años luego de su creación, tal como aparece en el estudio del profesor Ingram.
El producido estuvo muy vinculado a la restricción de áreas en el virreinato de la Nueva España. Allá también, como acá posteriormente, se sacrificó extensión para evitar el riesgo de la superproducción.
En Perú la renta estancada se organiza en 1752 y en Chile en 1754, aunque el cultivo de tabaco en Chile se prohibió después y debió consumirse tabaco producido en la región peruana.
La primera orden para estancar la renta del tabaco en la Nueva Granada se recibe en 1764. En efecto, por real cédula del 25 de enero de 1766, que confirmaba la orden de 1764 para establecer estancos en todos los virreinatos americanos, se dispone que “[e]n el Reino de Santafé se establezca la renta y estanco del tabaco al igual que se ha hecho en Nueva España y el Perú y según las reglas observadas y al respecto en España”, es decir, según la filosofía borbónica, como una renta estancada manejada mediante administración directa.
En 1776 don José de Gálvez escribía al virrey de la Nueva Granada en los siguientes términos: “El Rey ha resuelto que el producto líquido de la renta de tabaco de todo ese reino se reserve y se lleve por cuentas separadas de las demás de la Real Hacienda como caudal remisible a España”. Como veremos luego, solo en los tiempos del virrey Ezpeleta fue posible hacer la primera remesa de estos tributos a España.
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