Juan Camilo Restrepo - Hacienda pública - 11 edición

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En este texto de Hacienda Pública el autor, como siempre, trata el tema con gran relevancia, las lecciones de Hacienda Pública están ordenadas de la siguiente manera: en el capítulo primero se presentan los grandes objetivos que buscan las finanzas públicas; en el capítulo segundo se desarrolla el tema del gasto público, el cual, en los últimos años, ha tomado gran preponderancia en los estudios hacendísticos; en el capítulo tercero se aborda la historia y la teoría general de los ingresos públicos; en el capítulo cuarto se analizan los rasgos generales de los principales tributos nacionales; el capítulo quinto está dedicado al tema presupuestal; el capítulo sexto se concentra en el tema de la deuda pública; el capítulo séptimo echa una ojeada general a los aspectos fiscales de la descentralización; y, por último, el capítulo octavo analiza la reciente reforma al régimen de regalías, la introducción en Colombia de la llamada «regla fiscal» y la ley de sostenibilidad fiscal.
Se incluye al final una bibliografía escogida, tanto nacional como extranjera, sobre finanzas públicas, que tiene como objetivo guiar a los estudiantes que deseen profundizar en la materia.
Esta undécima edición es el fruto de varios años de cátedra universitaria del autor en torno al inmenso tema de la Hacienda Pública. Pocos asuntos de tanta actualidad para el país como esta, en el que resulta cada vez más claro que el futuro económico y social de cualquier país- y, por supuesto, el de Colombia- depende en alto grado de la salud de las finanzas públicas. Ojalá este libro constituya un aporte útil a ese gran propósito.

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¿Qué conclusiones podemos sacar de la lectura del Memorial de agravios de don Camilo Torres en materia fiscal y tributaria?

Es evidente que a lo largo del Memorial de agravios el asunto central es de carácter político: la representación de nueve procuradores americanos contra 36 de las provincias peninsulares no es adecuada, y en el Memorial de agravios se arguye por todos los caminos posibles y con gran inteligencia para hacer reconsiderar esta distribución.

Pero no es menos evidente que la cuestión fiscal comienza a aflorar a lo largo de todo el Memorial . Allí aparece el sustrato de la soberanía tributaria que pocos años después se traducirá en grito de independencia, al hacerse realidad la última frase del Memorial que como una admonición había hecho el Cabildo de Bogotá:

¡Quiera el cielo oír los votos sinceros del Cabildo, y que sus sentimientos no se interpreten a mala parte! ¡Quiera el cielo que otros principios, y otras ideas menos liberales, no produzcan los funestos efectos de la separación eterna!

3. “LA CONSOLIDACIÓN DE LOS VALES REALES”: UNA BUENA FÓRMULA FINANCIERA PARA LA METRÓPOLI, PERO UNA COSTOSA OPERACIÓN POLÍTICA PARA ESPAÑA

El fondo de “consolidación de los vales reales” se crea en 1798 durante el reinado de Carlos IV. Constituyó una respuesta de carácter fiscal imaginativa frente al fracaso experimentado por el Banco de “San Carlos” para ayudar las finanzas de la agotada Real Hacienda en aquel momento finisecular, cuando, a diferencia de lo que aconteció durante los primeros tiempos de la dinastía de los Austrias, ya comenzaba a ponerse el sol en el Imperio español.

Y, en cierta manera, el “Fondo de Estabilización de los Vales Reales” antecedió también a las medidas sobre “desamortización de manos muertas” que irían a adoptarse en casi toda América Latina a lo largo del siglo XIX [25].

Recuérdese que fue precisamente durante el reinado de este rey borbón y de su primer ministro, Godoy, cuando España pierde territorios importantes tanto en el Mediterráneo como en el Caribe; cuando sufre la desastrosa derrota de Trafalgar frente a la flota inglesa; cuando Inglaterra cierra las tenazas del cerco marítimo sobre el comercio de España con sus colonias; y cuando, ya de manera insoslayable, se empieza a presentir –en medio de una crisis fiscal monumental de la metrópoli– el ocaso del Imperio español.

¿En qué consistió el “Fondo de Estabilización de los Vales Reales” y por qué habría de tener tan serias repercusiones políticas en los virreinatos americanos?

A partir del reinado de Carlos III –el monarca ilustrado que fue rey de Nápoles y de Sicilia, primero, y luego lo fue de España–la Corona emitió cantidades importantes de “vales”, que no eran otra cosa que documentos de deuda pública que en un inicio se negociaron a la par, pero que, como sucede siempre cuando se abusa de los poderes de emisión de moneda o del endeudamiento público, empezaron a depreciarse bruscamente en el mercado.

El Banco de San Carlos había sido la agencia encargada de atender el pago de los intereses de la deuda emitida por la Corona española tanto en el mercado doméstico como en las plazas internacionales que entonces funcionaban, muy especialmente la de Ámsterdam. Por diversas circunstancias, este banco no logró cumplir a cabalidad con sus propósitos. Se creó entonces el “Fondo de Consolidación” para estabilizar la cotización de los vales; para atender el servicio de la deuda externa de la Corona; y, en fin, para servir como gran agencia fiscal de los intereses del gobierno de Madrid.

Pero ¿cómo proveer los recursos de este “Fondo de Consolidación”? Uno de los arbitrios más importantes para proveerlo de fuentes que se idearon los consejeros económicos del rey Carlos IV fue ordenar que todos los créditos (censos) otorgados en América por la Iglesia, por las capellanías, por las obras pías, por los conventos y por establecimientos religiosos a los particulares en América se cancelaran rápidamente por los deudores. Y el producido de tales cancelaciones se transferiría a las cajas del “Fondo de Consolidación”, que, en contraprestación a los organismos religiosos, les entregaría bonos de largo plazo con un interés del 3% a cargo de la Corona.

De esta manera, al recoger rápidamente los recursos que circulaban desde tiempos inmemoriales a través de los canales de los llamados “censos” eclesiásticos (operaciones de crédito en las cuales el acreedor era la Iglesia y el deudor gran parte del sistema productivo de las colonias), se dispuso de un arbitrio fiscal de grandes proporciones en beneficio de la Real Hacienda y a cargo de del sector productivo de los virreinatos.

En una época en que el crédito bancario era escaso, por no decir inexistente, una de las fuentes de crédito más importantes de que se valían el comercio, la minería, la agricultura y la incipiente industria de las colonias americanas era precisamente el crédito que fluía a través de los canales religiosos.

Por lo tanto, las sumas de los dineros entregados a crédito que se obligó a revertir abruptamente a los particulares fueron inmensas; de allí que el malestar político que este artificio financiero despertó en las colonias americanas –sobre todo en la más rica de todas, que era el virreinato de Nueva España (México)– fue gigantesco.

Una reciente biografía del cura Hidalgo (EUGENIO AGUIRRE. Hidalgo entre la virtud y el vicio , México, MR, 2009), por ejemplo, relata cómo una de las principales razones que tuvo Hidalgo para abanderar el primer grito de la rebelión contra la Corona española fue precisamente lo que consideró una expropiación injustificada y arbitraria contra su patrimonio y el de su familia (eran acomodados hacendados del Bajío), al aplicarse en la Nueva España, con todo rigor, las disposiciones del “Fondo de Estabilización de los Vales Reales” y la amortización anticipada de los censos eclesiásticos.

Carlos Marichal, uno de los historiadores que han estudiado con mayor esmero el proceso del “Fondo de Consolidación” ( Bankrupcy of Empire, Mexican Silver and the Wars Between Britain and France, 1760-1810 , Cambridge Latin American Studies, 2007), ha calculado que en los cincuenta años que van de 1760 a 1810 México transfirió a la metrópoli (mediante la reconversión forzosa de los censos y de otros arbitrios rentísticos) cerca del 40% de los ingresos fiscales del virreinato de la Nueva España. Esto representó, por supuesto, una sangría impresionante de recursos que, sumado a los otros “situados” 26que las finanzas novohispanas debieron hacer a los virreinatos americanos más pobres para contribuir a los gastos –principalmente de defensa– ante la arremetida de la marina británica contra el Imperio americano durante aquellos años postreros de éste, nos brinda una aproximación a la magnitud de la punción fiscal que la Corona española aplicó en los momentos finales de la Colonia a su dominios americanos.

¿De qué magnitud fue el esfuerzo que los diversos virreinatos debieron hacer –vía transferencias a la metrópoli– como consecuencia del mecanismo del Fondo de amortización de los vales reales, durante estos años inmediatamente anteriores a 1810?

Carlos Marichal, en la obra que hemos citado (y que constituye un estudio definitivo de lo que fueron las finanzas del Imperio español en los años tardíos de la Colonia), suministra el siguiente cuadro, que ilustra muy bien cuál fue el volumen de la succión de recursos que cada virreinato debió asumir. No es sorprendente que el esfuerzo mayor recayera sobre los deudores de censos eclesiásticos del virreinato de Nueva España, cuya Iglesia era la más rica de la región.

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