Para John Locke, la convivencia social idónea responde a necesidades reales. La praxis arrastra a la teoría. Cree que la misión de la autoridad política es defender los derechos naturales y los derechos a la libertad. Su Tratado segundo desarrolla la tesis de que la esfera pública está al servicio de la esfera privada, lo que significa que defendió los derechos de la sociedad civil que frecuentemente difieren de los del Estado; pero no arribó a pergeñar la República porque atacó siempre las pretensiones dominantes del rey, que no respetaba los derechos de los individuos.
Ana Luisa descubre que las concepciones del derecho natural objetivo hasta el subjetivo son el tránsito de la tesis de que tanto la medida como la regla del derecho natural no están fuera del ser humano sino en su naturaleza. Para Locke la voz de Dios está cobijada en la razón humana porque somos seres falibles. Los sentidos, nuestro vínculo con el mundo y nuestro material de pensamiento, sólo indican que la cosa es un noúmeno, algo a lo que no podemos acceder. Nada bueno se hace contra natura.
Recordando a Suárez, la doctora Guerrero escribe que Locke sostiene que somos animales sociales por naturaleza, derecho ligado a otros; no somos libres, según creía Hobbes. John Locke proclama que las fuentes del poder son de la mayoría del pueblo, que las entrega en aras de la convivencia social. La propiedad es para Locke un derecho natural irrenunciable. La desigualdad no proviene de la naturaleza, sino del trabajo. Locke añade que la libertad es inherente a quien es dueño de sí.
En el siglo XVIII, asoma el principio que el poder ha de estar dividido en ejecutivo, legislativo-judicial. La triunfante rebelión de las masas les facilita establecer otro gobierno; pero, desgraciadamente, Locke prohíbe disolver el parlamento en funciones.
Después de tantas loas, la doctora Guerrero entra al ataque: “su postura justifica la apropiación por parte de los europeos de las tierras americanas y el exterminio de las poblaciones autóctonas de América” (p. 344). John Locke fue el héroe de la libertad económica y de pensamiento religioso; pero no de la tolerancia ni de los derechos de los desposeídos, más bien el instrumento de los dueños del capital.
Para Locke la propiedad se ejerce para sí, es de posesión. Aunque no es un teórico de la propiedad privada de los medios de producción, sí fue un soldado de las posiciones liberales que se alinean en el derecho natural de los gobiernos modernos.
Ana Luisa Guerrero concluye que la libertad natural es bandera o símbolo máximo de los gobiernos modernos que se centran en su preeminencia sobre la igualdad económica-social. La libertad, decía Ana Luisa en 2002 (cuidado, ya había caído el Muro de Berlín) es el derecho al que no debe renunciarse ni siquiera en aras de la igualdad (p. 348). Ahora sigue vigente la dupla libertad e igualdad. ¿Cómo lograrlas? Falta mucho que pensar y ensayar pero, en mi opinión, nunca han sido ideales excluyentes. ¿De qué tipo de igualdad y de libertad estamos hablando hoy, cuando nos hallamos en un punto crítico de la historia, cuyas opciones son renovarse o morir? Coincido contigo en la bandera de la dignidad humana, que es opuesta al capitalismo salvaje que nos ahoga. La filosofía política jamás deberá estancarse. Ahora hay que actualizar los derechos humanos, los derechos de los animales y, en general, los derechos ecológicos.
Ana Luisa Guerrero Guerrero
La segunda edición del libro Filosofía política y derechos humanos significa refrendar las oportunidades académicas que la Universidad Nacional Autónoma de México me ha ofrecido en la investigación y en la docencia, ambas actividades características indisociables en nuestro andar por la universidad. Debo aclarar que este libro fue mi tesis doctoral realizada bajo la asesoría del doctor Abelardo Villegas, con quien comencé a estudiar antropología filosófica y filosofía política contemporánea en la Facultad de Filosofía y Letras, siendo yo su alumna y posterior adjunta. Las primeras investigaciones que realicé bajo su supervisión fueron acerca de los conceptos de hermenéutica y de símbolo, así como los debates más importantes que en ese momento se discutían para comprender la existencia humana y la cultura. De esta manera fue que comenzamos nuestra relación académica por 20 años; destacan dos trabajos anteriores a la tesis doctoral y que son sus antecedentes, uno sobre antropología filosófica en el pensamiento de Sigmund Freud y el segundo sobre las relaciones políticas en el Leviatán de Thomas Hobbes. Posteriormente, también bajo su dirección, elaboramos el proyecto de investigación: “Enunciados y teorías de los derechos humanos: sus fundamentos de filosofía ética y antropológica”, pionero en la unam sobre el estudio de los derechos humanos. Trabajamos en esta investigación desde las fuentes filosóficas de los derechos humanos, tema a mi cargo, hasta su interpretación jurídica, histórica, política y ética en América Latina, que corrieron bajo su autoría y la de los demás participantes del proyecto.
La publicación de este libro me permitió exponer el problema filosófico de los derechos humanos en mis clases en el Colegio de Filosofía. La discusión y problematización de su contenido ha sido un privilegio, porque he formado a estudiantes en el interés por la filosófica política de los derechos humanos, algunos de ellos prosiguieron desde ahí sus tesis de grado. Por tanto, el libro pretende ser útil para los que se inician en las preocupaciones filosófico-políticas, éticas y antropológicas de los derechos humanos, y para los especialistas en tales temas. Actualmente, la investigación sobre los derechos humanos conduce a una gama de pensamientos éticos y políticos que requieren conocimiento de su procedencia y genealogía, porque ellos son una cuestión delicada y muy relevante sobre todo cuando en América Latina y en otras regiones del mundo se exige que se reconozcan otras matrices culturales en su justificación teórica y en su defensa. De aquí que podría muy bien centrar este texto como perteneciente a la tradición occidental de los derechos humanos, ésa que condujo a la elaboración, invención y propuesta de lo que son los derechos de todos los humanos desde una idea de lo que es lo universal. Pero no pasemos por alto la necesidad de distinguir los conceptos y los ámbitos de discusión, puesto que los derechos humanos no son verdades lógicas universales, sino ideales éticos, en este sentido es que al interpretarse como representantes de toda la humanidad se mantiene esta confusión, pues los derechos humanos en parte no pueden renunciar a un iusnaturalismo, débil, y, por otro lado, son ideales abiertos y el mundo de hoy no puede seguir en la necedad de adaptar la diversidad a una idea ética de lo universal, es decir, no estamos hablando de lenguajes distintos y claros, sino de la verdadera riqueza humana: valores, por ello es que provocan la discusión filosófica. Me explico, en nuestra América, la tradición que he tratado aquí no se tradujo en la liberación de sus pueblos originarios ni tampoco en el reconocimiento de sus derechos humanos, pues sus tradiciones no son las mismas que las de Occidente y menos del Occidente moderno. Y por ello algunas de las cuestiones que hoy podrían plantearse son las siguientes: ¿Los derechos humanos son derechos universales e interculturales al mismo tiempo? ¿Qué ofrece la filosofía latinoamericana a estas interrogantes? ¿Seguiremos reciclando las filosofías liberales igualitaristas y comunitaristas para dar cuenta de ello? ¿Podremos seguir el ejemplo de cada uno de los autores aquí tratados y reflexionar nuestro propio entorno?
Creo que la característica fundamental de los derechos humanos, si se pudiera decir así, es que poseen un carácter disruptivo ante los poderes establecidos, y en ellos descansa su legitimidad ético-política, enfoque que también puede cuestionar qué se entiende por generaciones de derechos humanos y sus proyectos políticos, pues no es lo mismo hablar de las fuentes ideológicas de los derechos humanos desde la Revolución Gloriosa, que las que han dado origen a la tercera generación de los derechos humanos, cuyas demandas no son las burguesas que se defendieron frente a un poder que atentó contra los intereses de terratenientes y comerciantes en el siglo XVII.
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