La jurisprudencia de Estrasburgo permite extraer dos conclusiones importantes. La primera es que hace falta estudiar a fondo la cuestión de hasta qué punto el derecho a la libertad de religión o de creencia incluye la protección de los sentimientos religiosos de los ciudadanos frente a ataques amparados en principio por la libertad de expresión. Estaríamos entonces ante un conflicto entre libertades que habrá de enjuiciarse en cada situación concreta. Una religión –también se ha dicho en Estrasburgo– no puede esperar permanecer libre de toda crítica. Pero eso no significa que la libertad de expresión constituya patente de corso para agresiones gratuitas realizadas con la exclusiva finalidad de provocar.
La segunda es que el Derecho occidental está firmemente persuadido de que esas agresiones pueden ser combatidas por medios legales pero nunca mediante la violencia (…)
La violencia [para defender una creencia religiosa] no es justificable, [pero su uso] ha de movernos a reflexión, sobre todo en una Europa cada vez más plurirreligiosa. La tensión entre expresión libre y religión libre revela qué difícil es alcanzar ese equilibrio entre libertades que caracteriza los sistemas democráticos. Y nos enfrenta a la conveniencia de buscar soluciones armónicas en el entorno europeo.
Javier Martínez Torrón, profesor de derecho de la Universidad Complutense de Madrid.
Fuente: http://www.abc.es/hemeroteca/historico-14-02-2006/abc/Opinion/elpoder-de-unas-caricaturas_132266542506.html
LECTURAS RECOMENDADAS
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