Brian Loveman - Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo III. (Chile - 1973-1990)

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Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo III. (Chile: 1973-1990): краткое содержание, описание и аннотация

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Este volumen describe el rol político y las transformaciones del Poder Judicial. En 1973, la Corte Suprema rehusó ejercer sus facultades, afirmando falta de jurisdicción. La consecuencia fue la total desprotección de miles de chilenos.

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35Ministerio del Interior. Decreto Ley 527, de 1974. «Aprueba Estatuto de la Junta de Gobierno». Cursivas de los autores.

36Véase Ministerio Secretaría General de Gobierno de Chile, Libro Blanco del cambio de gobierno en Chile . Santiago: Editorial Lord Cochrane, 1973.

37Véase, por ejemplo, Junta de Gobierno , las Actas 280-A (3 septiembre, 1976) y 281-A (9 septiembre, 1976), que incluyen detalladas «conversaciones» sobre las leyes de emergencia, los regímenes de excepción en la futura nueva constitución, las actitudes de los ministros de las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema sobre los recursos de amparo, y consideraciones sobre las «Actas Constitucionales» de 1976.

38Véase los videos de CNN: «El rol del poder judicial durante la dictadura» (Reportaje especial de CNN Chile en el marco de la conmemoración de los 40 años del golpe de Estado). «CNN Invita: El rol del Poder Judicial durante la dictadura». Gustavo Manén conversó con un grupo de periodistas que cubrió noticias en tribunales en las décadas del ochenta y noventa. Estuvieron presentes Claudio Mendoza, ex periodista de Radio Cooperativa; Cristián Echeverría, ex periodista de Radio Chilena; Mario Aguilera, ex periodista de TVN, y Jorge Escalante, ex periodista de Fortín Mapocho .

39Véase Mauricio Weibel, «Las comunicaciones secretas que muestran las presiones de la DINA a la Corte Suprema», Cooperativa.cl 14 marzo, 2019.

40Matus (2016): 279.

41Citada en «Los juristas en Chile y el Golpe Militar», El Periodista , Año 2, N°42, 17 agosto, 2003.

42José Cánovas Robles, Memorias de un magistrado . Santiago: Editorial Emisión, 2 aedición, oct. 1989: 72-73.

43Álvaro Fuentealba Hernández, Dictadura y Poder Judicial en Chile: La Judicatura Laboral en el Gobierno de la Junta Militar (1973 - 1974) .Saarbrücken, Alemania :Editorial Académica Española, 2012.

44 Junta de Gobierno . Acta 330-A. 30 noviembre, 1977: 16. Cursiva de los autores.

45Véase Lisa Hilbink, Jueces y política en democracia y dictadura. Lecciones desde Chile , traducción. Felipe Millán Zapata. México: FLACSO, 2014: capítulo 4, «Legitimando el autoritarismo, 1973-1990».

46Hasta abril de 1978 se renovarían los estados de sitio y de emergencia, incluyendo toque de queda, cambiando algunas de sus condiciones y «grados» de acuerdo con lo definido en una serie de decretos leyes y en el lenguaje del Acta Constitucional N° 4 de 1976.

47Ministerio de Defensa Nacional. Decreto ley 5. «Declara que el Estado de sitio decretado por conmoción interna debe entenderse "Estado o Tiempo de Guerra". Otras Disposiciones». Cursivas de los autores.

48Un resumen conciso del funcionamiento de los consejos de guerra se encuentra en Boris Hau, La fuerza de la vida. La defensa de los derechos humanos del Departamento Jurídico del Comité Pro Paz y de la Vicaría de la Solidaridad . Tesis para obtener el grado de Licenciado de Derecho en la Universidad Alberto Hurtado, 2005: 41-46.

49 Junta de Gobierno . Acta N°17, 8 octubre, 1973: 3.

50Citado en Alejandra Matus (2016) supra : 281.

51Sobre las atribuciones de la Corte Suprema y la contienda de competencia en «tiempo de guerra» véase, Arzobispado de Santiago, Vicaría de la Solidaridad, Cuadernos Jurídicos I (agosto 1977). Se incluyen referencias a los casos en que la Corte Suprema determinó que no tenía jurisdicción para revisar las sentencias de los consejos de guerra.

52Vicaría de la Solidaridad. Jurisprudencia. Delitos contra la Seguridad del Estado . II, vol. I, Santiago: 1991: 7.

53Véase Daniel Schweitzer, «Jurisdicción de la Corte Suprema. Sus facultades conservadoras y disciplinarias frente a los Tribunales Militares», Revista de Derecho Procesal . Universidad de Chile N° 9 y 10, 1975: 12.

54«Juan Fernando Sil Riveros» . Fallos del Mes (septiembre-octubre, 1973): 180; 222-25; Ramón J. Peña, «La Corte Suprema y los Tribunales Militares», Revista Chilena de Derecho 1 (1974): 381-86.

55Recurso de queja N° 6.603, Juan Fernando Sil Riveros (o Riquelme), reclamando sentencia dictada por el Consejo de Guerra de Valparaíso, 11 octubre, 1973, que lo condenó a presidio perpetuo. «Caso Juan Sil Riveros». Fallos del Mes . (septiembre-octubre, 1973) 180: 222-25. Hilbink (2014); Ramón Peña J. «La Corte Suprema y los Tribunales Militares», Revista Chilena de Derecho 1 (1974): 381-386.

56General Gustavo Leigh Guzmán ,«Discurso pronunciado con motivo de la inauguración de las actividades académicas de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica» ,29 abril, 1974.

57Véase, por ejemplo, Ernesto Videla, general de Ejército ( r ), «Las Fuerzas Armadas durante el Régimen Militar», en Gonzalo Vial (ed.), Análisis crítico del Régimen Militar . Santiago: Universidad Finis Terrae, 1998: 148-49.

58Carta de Ismael Huerta, ministro de Relaciones Exteriores, a la CIDH, 10 enero, 1972: .

59Incluso, se llegaba a discutir la legitimidad de los juicios de Nüremberg, por violar el principio de la no retroactividad de las leyes. El ministro de Justicia, Miguel Schweitzer, comentó: «El Tribunal de Nüremberg atenta contra un principio que es fundamental: que el hecho debe estar establecido con anterioridad, el hecho del delito. En cambio, el Tribunal de Nüremberg empezó a hablar de los crímenes de guerra después de producida esta guerra y después de producidos todos los acontecimientos», Junta de Gobierno . Acta 280-A. 3 septiembre, 1976: 78.

60 Junta de Gobierno . Acta N° 7. 21 septiembre, 1973: 1.

61 Archivos secretos: documentos desclasificados de la CIA, traducción y notas, Hernán Soto y Sergio Villegas. Santiago: LOM, 1999: 44-45 (Reproduce facsímiles de documentos originales en inglés).

62Pascale Bonnefoy, Terrorismo de Estadio: Prisioneros de Guerra en un Campo de Deportes. Santiago: Ediciones Chile América-CESOC, 2005.

63 Junta de Gobierno. Acta N° 2. 13 septiembre, 1973: 1.

64 Junta de Gobierno . Acta N° 14. 3 octubre, 1973: 2.

65Roberto López, «Cardenal Silva Henríquez en el Estadio Nacional (1973): “Vengo a ver a mis hermanos en desgracia”», Cambio 21 (digital), 27 septiembre, 2007.

66Liliana Galdámez Zelada, «El deber de prevenir, juzgar y sancionar violaciones de derechos humanos: el caso chileno», Cuadernos Deusto de Derechos Humanos (Bilbao: Universidad de Deusto), Núm. 62, 2011: 20.

67Comisión Chilena de Derechos Humanos. «Investigación sobre las muertes por heridas de bala registradas entre el 11 de septiembre y 31 de diciembre de 1973» (Documento elaborado por Oscar Montealegre Iturra, Elsa Fouquet Solé y Elisa Cisternas Garralaga), Santiago: 1991. Las fuentes utilizadas fueron los registros del Instituto Médico Legal, del Registro Civil e Identificación, la inscripción de sepultaciones del Cementerio General de Santiago y el Anuario de Demografía del Instituto Nacional de Estadísticas de 1973.

68Ibíd., 7.

69El informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación sobre muertos, desaparecidos y víctimas de violencia política, conocido como Informe Rettig, fue publicado en 1991. Reconoció 3.195 víctimas entre 1973 y 1990 que murieron por motivos políticos y por actos de agentes del Estado. Véase . Véase “Nómina de casos enviados por la Comisión Verdad y Reconciliación a los Tribunales”, Suplemento, Hoy Año XIV N° 117: 4-10. marzo, 1991. La Comisión Asesora Presidencial para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura (2010-2011), creada por la ley 20.405, calificó 30 nuevos casos. Véase Informe de la Comisión Asesora Presidencial para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura . Las cifras corregidas por seis casos mal calificados en la Comisión Rettig dan un total de 3.219 casos de muertos y desaparecidos por causas políticas en el período.

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