Els canvis tampoc poden ser sincrònics. Uns porten més temps, uns altres són immediats o poden ser més ràpids.
Per conèixer la situació cal escoltar,per comprendre i per canviar.
Cal escoltar i transmetre, escoltar les reivindicacions per analitzar-les, perquè hi ha molta reivindicació dins d’un model passat. Cal animar per anar més lluny, per articular processos de resolució de processos,no només de resolució de situacions.
No es tracta solament de fer millores. Cal un canvi de paradigma elaborat des de la teoria de les ciències socials i des de la teoria de la pràctica. Cal avaluar, i no s’ha fet: cap al sistema públic; cap al municipalisme;cap a la prevenció; cap al rescat de les persones; eradicant el mercantilisme i procurant la justícia social.
Cal elaborar un nou model. cal planificar una nova forma d’actuar per aconseguir objectius de progrés social i de millora de les possibilitats dels sectors i les persones més desfavorides, des de la participació i la discussió (Martínez-Martínez i Uceda-Maza, 2015).
És un procés social al que cal incorporar a les universitats, als col·legis professionals, als treballadors de les administracions i als treballadors dels recursos, els centres, els serveis i els programes, a les associacions de famílies,…
I cal demanar un gran esforç i ser conscients que no tenim una vareta màgica, sinó una màgica motivació per a canviar, tots i totes junts anem a canviar el viatge perquè podrem virar el rumb al vaixell.
6. Bibliografia
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1. Xarrada en les III Jornades Reptes i desafiaments en Serveis Socials: el futur dels Serveis Socials Valencians. Celebrades el 26 de Novembre de 2015. Complex La Petxina (València).
2. PEIS: Prestacions Econòmiques Individualitzades
1 Los Servicios Sociales en la Comunidad Valenciana
Lucía Martínez-Martínez
Francesc Xavier Uceda-Maza
1. Introducción
1.1. Proceso histórico del nacimiento de los Servicios Sociales
Como primer paso vamos a definir lo que entendemos por Servicios Sociales, y aquí coincidimos con García y Ramírez (1992) en concebirlos como un sistema público para la garantía universal de derechos sociales , dentro de las nuevas estrategias del bienestar social, y con Casado y Fantova al conceptualizarlos como:
La rama de actividades denominadas Servicios Sociales tiene como objetivo mediato el bienestar individual para el presente y para el futuro, que procura sobre todo mediante la ayuda personal polivalente, al servicio de la cual provee prestaciones individuales y otras actividades, ambas de carácter técnico (no monetarias desvinculadas), formalizadas en algún lado y producidas y dispensadas mediante diversos regímenes institucionales. (2007: 36).
Este sistema, tal y como los conocemos hoy en día, nace con la aprobación de la Constitución (1978), y la asunción de competencias en materia de «asistencia social» por las Comunidades Autónomas (art. 148.1. 20ª de la Constitución Española) 1. Se convierten así en uno de los cuatro pilares del Estado del Bienestar Social, junto con el sistema de pensiones, sanidad y educación, y son calificados como de plena competencia autonómica.
A partir de 1982 las comunidades autónomas comienzan a legislarlos como materia propia, y como indica Vilà (2012) creando 17 legislaciones diferentes, no existiendo así un marco estatal que lo defina a diferencia de los otros sistemas, descentralizados de una forma o de otra, pero siempre con una legislación básica estatal.
Posteriormente se produce la aprobación de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, que establece la obligatoriedad, por parte de los Ayuntamientos, de prestar Servicios Sociales y de promoción y reinserción social en los municipios 2de más de 20.000 habitantes, y a las Diputaciones se les asignan competencias en coordinación, asistencia y acción supramunicipal. Con la aprobación del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de 1987 se establece la verdadera estructura básica del sistema. Se fundamenta en cuatro compromisos: gestión, cofinanciación, colaboración técnica e información. Uno de sus valores fundamentales es el establecimiento de las formas de financiación del sistema, se realiza un compromiso para la sostenibilidad del mismo, y se establece que cada administración realizará una aportación del 33% para su financiación.
Pasadas más de dos décadas de desarrollo de marcado carácter autonómico, el Estado decide intervenir en los Servicios Sociales y aprueba la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, lo que provocó múltiples resultados, siendo uno de ellos que la gran mayoría de la ciudadanía y de los y las representantes políticos confundieran una parte del sistema con el todo, olvidándose de la existencia del resto de planes, programas y servicios que los conforman.
Debemos remarcar que los Servicios Sociales son el único sistema del bienestar donde la administración local ejerce amplías competencias, por tanto, es fundamental la armonización entre las Corporaciones Locales (Diputaciones y Ayuntamientos) y las Comunidades Autónomas.
Como se puede observar es un sistema complejo que precisa de gobernanza multinivel ya que: tiene dos niveles principales de desarrollo (la atención primaria y la especializada); la titularidad y competencia de los mismos puede pertenecer a tres administraciones públicas diferentes (CC.LL, CC.AA y AGE 3) y también a la iniciativa privada; y su gestión puede ser pública pero lo es mayoritariamente privada (empresas con ánimo de lucro –sociedades anónimas, sociedades limitadas,…– o sin ánimo de lucro –cooperativas, asociaciones, fundaciones,…)–, todas ellas pagadas con fondos públicos.
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