Brian Loveman - Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile - 1925-1958)

Здесь есть возможность читать онлайн «Brian Loveman - Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile - 1925-1958)» — ознакомительный отрывок электронной книги совершенно бесплатно, а после прочтения отрывка купить полную версию. В некоторых случаях можно слушать аудио, скачать через торрент в формате fb2 и присутствует краткое содержание. Жанр: unrecognised, на испанском языке. Описание произведения, (предисловие) а так же отзывы посетителей доступны на портале библиотеки ЛибКат.

Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958): краткое содержание, описание и аннотация

Предлагаем к чтению аннотацию, описание, краткое содержание или предисловие (зависит от того, что написал сам автор книги «Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958)»). Если вы не нашли необходимую информацию о книге — напишите в комментариях, мы постараемся отыскать её.

La verdad judicial que resulta de los casos aquí estudiados, permite reconsiderar la historia oficial y ofrecer una visión distinta, y a veces sorprendente, sobre algunos acontecimientos críticos de la historia nacional.

Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958) — читать онлайн ознакомительный отрывок

Ниже представлен текст книги, разбитый по страницам. Система сохранения места последней прочитанной страницы, позволяет с удобством читать онлайн бесплатно книгу «Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958)», без необходимости каждый раз заново искать на чём Вы остановились. Поставьте закладку, и сможете в любой момент перейти на страницу, на которой закончили чтение.

Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

22Art. 86, Constitución de 1925. Véase «Auto Acordado de la Corte Suprema de 22 de Marzo de 1932, sobre sustanciación del recurso de inaplicabilidad de las leyes», reproducido en Mario Bernaschina González, Constitución Política y leyes complementarias , 2ª ed., Santiago: Editorial Jurídica de Chile, 1958: 591.

23Véase Lautaro Ríos Álvarez «El control correctivo de constitucionalidad de la ley», Hemiciclo. Revista de Estudios Parlamentarios , Año 2, Número 3, Segundo semestre, 2010: 113-125.

24El recurso de casación en el fondo era autorizado cuando se alegaba la aplicación errónea de la ley penal, en las condiciones estipuladas en el Código de Procedimiento Penal . Algunas enmiendas al Código de Procedimiento Penal y al Código Orgánico de Tribunales en la ley 7.836 de 1944 permitió que la Corte Suprema ampliara el uso del recurso de queja, transformándolo, en la práctica, en una forma de casación, haciéndolo la principal área de actividad de la Corte a mediados de la década de 1950. Véase Julio Faúndez, Democratización, desarrollo y legalidad. Chile, 1831-1973 , Santiago: Universidad Diego Portales, 2011: 160-63.

25Véase Andrés Bordalí Salamanca, «Organización judicial en el derecho chileno: un poder fragmentado», Revista Chilena de Derecho , 36 (2) (agosto, 2009): 215 – 244 (06/03/2013).

26Véase Hugo Frühling, «Poder Judicial y política en Chile», El Ferrocarril. Santiago N.º 7, noviembre, 1986: 3-7.

27Bernaschina González (1958): 589; «Con fondo. 13 diciembre 1946: Sanhueza-Olavarría». Revista de Derecho y Jurisprudencia , Tomo XL IV [45], sec. 1ª, 1947: 91- 92.

28Para una discusión de las doctrinas judiciales al respecto véase Clodomiro Bravo Michell y Nissim Sharim Paz, Restricciones a las libertades públicas , Santiago: Editorial Jurídica de Chile, 1958:177-196.

29Véase Enrique Silva Cimma, Derecho Administrativo chileno y comparado , 2 tomos, Santiago: Editorial Jurídica, 1968, 1969; Héctor Humeres, «Reanudación de faenas en ciertos conflictos colectivos», en Antonio Oneto, ed., Tratado general sobre reanudación de faenas , Santiago: Ediciones Revista Técnica del Trabajo y Previsión Social, 1971: 209-211.

30Por ejemplo, los Tribunales de Aduana, Tribunales del Trabajo, Tribunales de Menores, Tribunales Agrarios (con la reforma agraria de 1967) etc., no se mencionan en la Constitución sino que se creaban por ley. Desde 2005-2006, los nuevos Tribunales Laborales y los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional, de acuerdo con la ley 20.087 publicada en el Diario Oficial de fecha 3 de enero del 2006, forman parte del Poder Judicial y tienen la estructura, organización y competencia que la propia ley establece, rigiéndose en lo no previsto en ella, por las disposiciones del Código Orgánico de Tribunales y las leyes que lo complementan.

31Luis Agüero, «Sobre la improcedencia del Recurso de Queja con que se pretende invalidar las sentencias definitivas de las Cortes de Trabajo», Revista de Derecho y Jurisprudencia , 46 (1948): 50-56; Francisco Walker, Esquema del derecho del trabajo y de la seguridad social en Chile , Santiago: Editorial Jurídica, 1965: 123; Faúndez (2007): 136-37.

32Véase Lisa Hilbink, Judges beyond Politics in Democracy and Dictatorship: Lessons from Chile , New York: Cambridge University Press, 2007: 63-71; Hugo Frühling, «Law in Society: Social Transformation and the Crisis of Law in Chile, 1830-1970». Ph.D. diss. Harvard University School of Law, 1993.

33Julio Faúndez, Democratización… (2011): 160-63. (En inglés, Democratization, Development and Legality: Chile, 1831-1973 , New York: Palgrave, 2007).

34Como lo explica Alfredo Pfeiffer Richter, «[...] la Constitución Política de 1925 [...] contemplaba la existencia de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo; sin embargo, como nunca se dictó la ley correspondiente que los organizara y reglamentara, esas normas constitucionales pasaron a ser constitutivas solo de buenas intenciones. Los afectados por un conflicto de esta especie recurrían a los tribunales ordinarios y por regla general éstos se declaraban incompetentes para conocer de la materia». ( Derecho Procesal , 32 en (2/12/2011). En la práctica esta doctrina dejó sin amparo a los ciudadanos afectados por medidas administrativas por la falta de instancias concretas donde se podía litigar la legalidad y legitimidad de los actos administrativos que se consideraren «actos de autoridad». Este vacío –la ausencia de la posibilidad de revisión judicial de actos administrativos– sería convertido en un importante instrumento de gobierno y fuente de conflicto político entre 1970 y 1973.

35El sistema político chileno, desde 1927, contaba también con una institución única, la Contraloría General de la República, que se convirtió, en 1943, en un órgano constitucional, con amplia autoridad para revisar, rechazar o aprobar los decretos con fuerza de ley, decretos supremos y regulaciones emitidas por instancias del Ejecutivo; para confirmar que sus contenidos concordaran con la delegación de facultades extraordinarias por parte del Congreso al Ejecutivo. Gradualmente el alcance de la actuación de la Contraloría se expandía, configurando de hecho, un límite «extra-judicial» al Poder Ejecutivo no contemplado expresamente por los constituyentes de 1925. Sin embargo, en esta investigación no analizamos la actuación de la Contraloría, sino solo cuando influyera, en momentos de crisis, sobre la aplicación de leyes de seguridad interior del Estado y casos relacionados, y bajo regímenes de excepción.

36La responsabilidad extracontractual del Estado no es un tema prioritario de nuestra investigación, aunque tiene bastante importancia en relación a las reparaciones por violaciones a los derechos humanos. Ha sido campo de investigación, principalmente, de los expertos en Derecho Administrativo. En la práctica, las doctrinas jurídicas sobre la competencia de los tribunales para determinar la responsabilidad del Estado por daños ocasionados por sus agentes variaron desde 1925 hasta 1980. De acuerdo al profesor Hugo Rojas (comunicación a los autores), hasta 1938 los tribunales se declaran competentes y determinan la responsabilidad extracontractual del Estado, pero sin invocar las normas del Código Civil sobre indemnización de perjuicio. Entre 1938 y 1965, los tribunales distinguen entre actos de autoridad y actos de gestión (El Estado solo responde cuando el funcionario realiza actos de gestión, no de autoridad). Esta distinción fue desarrollada por la jurisprudencia francesa (aunque después fue superada). Después de 1965, los tribunales distinguen entre actos de autoridad y los que no lo son». Véase Pedro Pierry Arrau, «Las Transformaciones del derecho administrativo en el siglo XX», Revista de Derecho (Valparaíso, Chile, 2002), XXIII: 377-404 (p. 378). Sobre «el fracaso» del recurso de inaplicabilidad véase Gastón Gómez, «La jurisdicción constitucional: funcionamiento de la acción o recurso de inaplicabilidad, crónica de un fracaso» (Informe de Investigación, UDP), En: (5/06/2013); Enrique Brahm, Propiedad sin Libertad: Chile 1925-1973. Aspectos relevantes en el avance de la legislación socializadora. Santiago: Universidad de los Andes, 1999.

37Guillermo Varas Contreras, Derecho administrativo , Santiago: Editorial Nascimento, 1949: 382; Rolando Pantoja Bauzá, «La inexplicable ausencia de una justicia administrativa en Chile», Revista de Derecho / Consejo de Defensa del Estado. (Santiago, Chile). N.º 13 (agosto 2005): 27-69. (17/03/2013).

38Véase, por ejemplo, Osvaldo Illanes Benítez, presidente de la Corte Suprema, «Exposición hecha, en conformidad al artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales, con motivo de inaugurar el nuevo año judicial», Revista de Derecho (Universidad de Concepción), Año XXXVI, 143 (enero-marzo 1968): 110-31. Dijo el ministro Illanes que «el estado contemporáneo no puede quedar indemne frente a los perjuicios que puede causar a los particulares por los actos de administración», abogando por la pronta creación de dichos tribunales después de 42 años — desde la promulgación de la Constitución de 1925 (p. 113).

Читать дальше
Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Похожие книги на «Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958)»

Представляем Вашему вниманию похожие книги на «Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958)» списком для выбора. Мы отобрали схожую по названию и смыслу литературу в надежде предоставить читателям больше вариантов отыскать новые, интересные, ещё непрочитанные произведения.


Отзывы о книге «Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958)»

Обсуждение, отзывы о книге «Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958)» и просто собственные мнения читателей. Оставьте ваши комментарии, напишите, что Вы думаете о произведении, его смысле или главных героях. Укажите что конкретно понравилось, а что нет, и почему Вы так считаете.

x