A su contrahecha manera, el pleito de 1650 constituye también un testimonio del éxito alcanzado por determinados géneros y autores, cuyo ascenso al parnaso literario encuentra aquí una fehaciente prueba, aunque fuese para disgusto de los autores y de los propietarios de las licencias y privilegios que no se respetaban. Y, a este respecto, conviene ahora recordar que por esos mismos años Lorenzo Ramírez de Prado se ocupaba activamente de la organización del programa decorativo que la villa y corte desplegaba para la solemne entrada de Mariana de Austria en 1649. 38
Durante su recorrido jalonado por grandes arcos de arquitectura efímera, la nueva reina podría ver una representación del Monte Parnaso en el que se asentaban «nueve Estatuas de nueve Poetas ESPAÑOLES [...] Tres d´el Tiempo de los Romanos [...] Tres de la Anciana Edad nuestra [...] i Tres de la más cercana a los que oy viven». 39 En este Parnaso, sobre el que llamó la atención Eugenio Asensio, 40 se mezclaban Séneca, Lucano y Marcial con Mena, Garcilaso y Camões, para concluir con Lope de Vega, Góngora y Quevedo. 41 Como se ve, el particular Parnaso de los falsarios hispalenses compartía luminarias con el de los letrados.
Asimismo, resulta interesante comparar el cargamento requisado en 1650 a Manuel Antúnez con los expedientes de petición de licencia, en muchos casos por sólo una vez, que los costeadores de impresiones estaban presentando esos mismos años. Así, en 1649, Francisco de Robles quería que se le ampliara el privilegio para su edición de Esopo. 42 Un año después, Domingo de Palacio se interesaba la Recopilación de toda la teoría y práctica de cirugía de Alonso Romano, más conocido como Romanillo. 43 En 1651, era el mercader Juan de Valdés quien presentaba un memorial al Consejo por el que pedía licencia paravolver a editar tanto la Vida y purgatorio de San Patricio de Pérez de Montalbán como los Avisos para la muerte de Remírez de Arellano. 44 Por último, en 1653, de nuevo Palacio se interesa ahora por el Romancero del Cid de Juan de Escobar; 45 y Mateo de la Bastida, como mayordomo de la Hermandad de San Jerónimo de la corte consigue renovar el privilegio real para la impresión del oratorio de Luis de Granada. 46
Si los memoriales presentados por los interesados en las reimpresiones ante el Consejo de Castilla reflejan una parte crucial de la demanda del mercado lector, su comparación con el cargamento de Manuel Antúnez revela coincidencias que sólo cabe interpretar como elocuente ratificación de que los falsarios sabían apreciar a la perfección las tendencias del mercado al que surtían. Al fin de cuentas, también ellos —impresores y libreros— eran costeadores de ediciones, que en ocasiones recurrían a la petición de licencias y privilegios y en otras, muchas, ocasiones simplemente no lo hacían.
1.Madrid, 24 de julio de 1680. Cito por Gaspar Agustín de Lara, Obelisco fúnebre, pyrámide funesto que construía a la inmortal memoria de D. Pedro Calderón de la Barca , En Madrid, Por Eugenio Rodríguez, 1684, s.f. Esta investigación se ha realizado en el marco del proyecto «Prácticas y saberes en la cultura aristocrática del Siglo de Oro: comunicación política y formas de vida», MINECO HAR2011-27177.
2.Fernando Bouza, «Dásele licencia y privilegio». Don Quijote y la aprobación de libros en el Siglo de Oro , Madrid, Akal, 2012, pp. 92-93.
3.Javier García Martín, El juzgado de imprentas y la utilidad pública. Cuerpo y alma de una Monarquía vicarial , Bilbao, Universidad del País Vasco, 2003.
4.Joaquín de Entrambasaguas, La biblioteca de Ramírez de Prado , Madrid, Instituto Nicolás Antonio, 1943, 2 vols; y Una familia de ingenios. Los Ramírez de Prado , Madrid, CSIC, 1943; Óscar Lilao Franca, «De Córdoba a Madrid: gustos, gastos y libros en la biblioteca de Lorenzo Ramírez de Prado», en La memoria de los libros. Estudios sobre historia del escrito y de la lectura en Europa y América , eds. Pedro M. Cátedra y María Luisa López Vidriero, Salamanca, Instituto del Libro y de la Lectura, 2004, I, pp. 761-780; Nieves Pena Sueiro, «América en la librería de Lorenzo Ramírez de Prado, consejero de Indias», Revista Chilena de Literatura , 85 (2013), pp. 247-270.
5.Carlos Sánchez Bravo, «[Dedicatoria] Al Señor D. Lorenzo Ramírez de Prado […]», en Luis de Granada, Dotrina christiana en la qual se enseña todo lo que el christiano deve hazer, desde el principio de su conversión hasta el fin de su perfección repartida en quatro libros , En Madrid, por Gregorio Rodríguez, a costa de Domingo de Palacios, 1650, preliminares, s.f.
6.Ángel González Palencia, El sevillano don Juan Curiel, juez de imprentas , Sevilla, Diputación Provincial, 1945; Vanesa Benito Ortega, «El Consejo de Castilla y el control de las impresiones en el siglo xviii. La documentación del Archivo Histórico Nacional», Cuadernos de Historia Moderna , 36 (2011), pp. 179-193.
7.Juan Cortés Osorio, Reparos historiales apologéticos […] propuestos de parte de los missioneros apostólicos del Imperio de la China , En Pamplona, por Tomás Baztán, s.a. [1677], f. 18 v.
8.Juan Antonio Lope de la Casa, Memorial al Rey nuestro Señor, y alegación apologética, en que se responde a otro que salió a la luz en nombre de un canónigo del Pilar. Sobre la catedralidad, antigua y primitiua de Çaragoça en la Iglesia del Saluador , En Çaragoça, Por Diego Dormer, 1659, p. 144.
9.Melchor de Cabrera, Discurso legal, histórico y político en prueba del origen, progressos, utilidad, nobleza y excelencias del arte de la imprenta , Madrid, en la oficina de Lucas Antonio de Bédmar, 1675, f. 23r.-v.
10.Fermín de los Reyes, El libro en España y América. Legislación y censura (siglos XV-XVIII) , Madrid, Arco/Libros, 2000. 2 vols.
11. Autos i acuerdos del Consejo de que se halla memoria en su Archivo desde el año mdxxxii hasta el de MDCXLVI , Madrid, por Diego Díaz de la Carrera, 1649, § cclxxvi, 19 de diciembre de 1648.
12.Faustino Gil Ayuso, Noticia bibliográfica de textos y disposiciones legales de los reinos de Castilla impresos en los siglos xvi y xvii , Madrid, Biblioteca Nacional, 1935; Antonia Heredia Herrera, Recopilación de estudios de diplomática indiana , Sevilla, Diputación, 1985.
13. Pragmática en que se da la orden y forma que se ha de tener y guardar en los tratamientos y cortesías de palabra y por escripto y en traer coroneles y ponellos en cualesquier partes y lugares , San Lorenzo de El Escorial, 8 de octubre de 1586. La pragmática fue editada en Alcalá, Amberes, Granada, Madrid, Sevilla, Zaragoza y en Portugal sin indicación de lugar de impresión.
14. Prouisam del Rey nosso senhor de como se ha de falar & escreuer [Lisboa, 15 de septiembre de 1597]. Pedro Caruso, «Sobre o estilo e modo de falar e escrever», Alfa , 37 (1993), pp. 205-216.
15. Pragmática de tratamientos, y cortesías, y se acrecientan las penas contra los transgressores de lo en ella contenido , Madrid, 2 de enero de 1611. Fue editada en Madrid, por Juan de la Cuesta, 1611.
16. Autos i acuerdos del Consejo… , ob. cit. (nota 11), § cclxxvi, 19 de diciembre de 1648.
17. Ibid .
18.José de Pellicer, Alma de la gloria de España. Eternidad, magestad, felicidad, y esperanza suya en las reales bodas. Epitalamio. D.O.C. al rey nuestro señor , En Madrid, por Gregorio Rodríguez, 1650.
19.Anne Cayuela, Le paratexte au Siècle d´Or. Prose romanesque, livres et lecteurs en Espagne au xviie siècle , Genève, Droz, 1996.
20.José Laínez, «Censura», Madrid, 2 de abril de 1650, en J. de Pellicer, Alma de la gloria de España , cit. (nota 18), s.f. La censura se conserva manuscrita en Biblioteca Nacional de España [BNE], Ms. 897, f. 109r.
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