AAVV - Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta

Здесь есть возможность читать онлайн «AAVV - Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta» — ознакомительный отрывок электронной книги совершенно бесплатно, а после прочтения отрывка купить полную версию. В некоторых случаях можно слушать аудио, скачать через торрент в формате fb2 и присутствует краткое содержание. Жанр: unrecognised, на испанском языке. Описание произведения, (предисловие) а так же отзывы посетителей доступны на портале библиотеки ЛибКат.

Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta: краткое содержание, описание и аннотация

Предлагаем к чтению аннотацию, описание, краткое содержание или предисловие (зависит от того, что написал сам автор книги «Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta»). Если вы не нашли необходимую информацию о книге — напишите в комментариях, мы постараемся отыскать её.

En este monográfico se da cuenta del proceso de transformación del texto manuscrito al ejemplar destinado a la imprenta, de la producción y difusión literaria impresa y del proceso que convierte el libro en un producto comercial y cultural. Se dan cita en este monográfico los principales aspectos relacionados con los cambios textuales, la técnica, composición y talleres impresores; los agentes que participan en el proceso de elaboración, difusión, financiación y venta de incunables e impresos (editores, mecenas, libreros); así como, la legislación y censura, los géneros editoriales y las bibliotecas. Sin olvidar, los proyectos y líneas de investigación sobre los primeros tiempos de la imprenta española.

Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta — читать онлайн ознакомительный отрывок

Ниже представлен текст книги, разбитый по страницам. Система сохранения места последней прочитанной страницы, позволяет с удобством читать онлайн бесплатно книгу «Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta», без необходимости каждый раз заново искать на чём Вы остановились. Поставьте закладку, и сможете в любой момент перейти на страницу, на которой закончили чтение.

Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

De hecho, tales críticas y otras similares, que cabría extraer de la larga y bien asentada tradición áurea de vejámenes de lo tipográfico, no hacen más que testimoniar la extraordinaria vitalidad de lo impreso. Para entonces, había terminado por convertirse, velis nolis , en una realidad absolutamente cotidiana, forjadora de públicos y autores nuevos y capaz de levantar un más que lucrativo mercado con la mediación de los interesados agentes de la edición, ante todo impresores y libreros.

La excelencia del oficio entero quedó solemnizada con la visita que, en 1651, el propio monarca Felipe IV realizó a las «caxas y prensa» que el maestro Diego Díaz de la Carrera había instalado en el Buen Retiro madrileño para servicio del Duque de Medina de las Torres. Que, además, el rey se detuviese a hablar con componedores y tiradores constituyó un honor tenido por hito memorable para la dignidad del arte tipográfico. 9 Poco antes, en 1648, un auto del Consejo Real de Castilla (19 de diciembre) imponía controles nuevos para la impresión de los memoriales de particulares dirigidos al soberano, testimoniando una vez más la voluntad de control monárquico, 10 y ponía en evidencia el creciente recurso a la tipografía para establecer una (nueva) comunicación política en el seno de la Monarquía. 11

En términos generales, en el siglo XVII los escritos de petición e información que los particulares o comunidades encaminaban a los monarcas estaban regulados por las pragmáticas o provisiones sobre tratamientos y cortesías de palabra o por escrito. 12 Frente a las disposiciones otorgadas por Felipe II (1586, 13 1597) 14 o Felipe III (1611), 15 que no hacían referencia expresa a la impresión de memoriales de particulares, el auto del Consejo de Castilla de diciembre de 1648 se ocupaba específicamente de su llegada a las prensas. De hecho, intentaba frenarla, dando a este respecto evidentes señales de preocupación.

A partir de entonces, la impresión de memoriales debía venir precedida de licencia del Consejo para todos aquellos textos que no fueran «simples Relaciones de Servicios de los Pretendientes». El auto señalaba la urgencia de actuar así indicando que «con pretesto de darse Memoriales a su Magestad, se inprimen sin Licencia algunos, [...] que tocan al Gobierno General, i Político, i a la Causa Pública, mezclando también la Iustificación, i Calificación de Regalías, i Derechos Reales». 16

Repárese en que, de un lado, el auto prueba el avance considerable de la tipografía como soporte de la comunicación política entre gobernantes y gobernados, puesto que revela que éstos últimos recurrían a la imprenta, y no sólo al manuscrito, para hacer conocer sus pretensiones a la Corona. Pero no sólo a ella, porque, de otro lado, la disposición del Consejo testimonia que los particulares no acudían a la imprenta únicamente para presentarle al rey sus intereses a título individual, sino que algunos de sus memoriales al rey se habían convertido en textos de alcance y valor comunitarios, que «tocan al Gobierno General, i Político, i a la Causa Pública», ganando difusión y presencia general gracias a la reproducción que hacían posible las prensas.

Para evitar los «graves inconvenientes» que resultarían de ello, el Consejo ordenaba que:

[...] aora, i de aquí adelante, ninguna Persona, ni Comunidad, tocando en todo, o en parte los dichos Memoriales en lo referido, los dé a Inprimir, ni los Inpressores los inpriman, sin que primero preceda Mandato, i Licencia espressa del Señor Iuez Superintendente, que tiene a su cargo la Comissión de los Libros, e Inpressiones. 17

El propio auto no tarda en identificar a Lorenzo Ramírez de Prado como el consejero de Castilla entonces encargado de la superintendencia de libros e impresiones. Al corresponderle a él dicha comisión, desde entonces pasaría a ocuparse de manera privativa de la concesión de las licencias de impresión para esos memoriales que se dirigían al monarca, pero en los que en realidad se trataban asuntos relativos, nada menos, que al gobierno general y político, la causa pública, la justificación y calificación de regalías y de derechos reales. En efecto, D. Lorenzo empezó a actuar en el sentido indicado por el auto del Consejo Real y, así, concedió algunas licencias para escritos o papeles a los que se vino a atribuir dicha naturaleza.

Por ejemplo, es Lorenzo Ramírez de Prado quien concede la licencia para el «papel» Alma de la gloria de España , el epitalamio en prosa sobre el matrimonio de Felipe IV y de Mariana de Austria que José de Pellicer de Tovar publicó en 1650. 18 La obra se abre con unos paratextos absolutamente inusuales en el panorama castellano de las aprobaciones, 19 pues el Alma lleva impresa unacensura realizada por fray José Laínez en la que se señala que ha sido hecha a instancia de Ramírez de Prado. 20

Como se sabe, en las aprobaciones del ordinario o vicariato se identificaba por su nombre a la dignidad eclesiástica de quien provenía el encargo de proceder a la censura de tal o cual obra. Por su parte, los censores se refieren únicamente al Consejo o a Vuestra Alteza, conforme a las pragmáticas de las cortesías, en el caso de las aprobaciones reales. Sin embargo, además de que Laínez expone que ha sido Ramírez de Prado quien le ha encargado que apruebe el «papel» de Pellicer, al frente del Alma de la gloria de España se publican tanto el mandamiento de remisión que había originado dicha censura como la definitiva licencia concedida por el consejero.

El texto de la que expresamente se encabeza como «Remissión del S. D. Lorenzo Ramírez de Prado, Cavallero del Orden de Sant-Iago del Consejo Supremo de Castilla» era muy sucinto:

El Señor Obispo de Solsona, Don Fray Ioseph Laýnez, del Consejo de su Magestad, Se Sirua de ver Este Papel ; Y con la Atención devida al Assunto ; y a la Persona que le Celebra, dé su Parecer . 21

Por su parte, la rotulada «Licencia del S. Don Lorenzo Ramírez de Prado» era sumaria y concluyente:

Esto se Imprima; y con la Aprobación del Señor Obispo; por Calificar la Obra, y el Sujeto, Dignamente, a sus Excelentes Partes, y Letras, Rubricada . 22

Poco después, D. Lorenzo se ocupa de la llegada a las prensas de otro papel, las Advertencias, o preceptos del torear de Pedro Jacinto de Cárdenas que Gregorio de Tapia y Salcedo llevó a la imprenta en 1651. En este caso, se publica una «Suma de la aprobación» que explica que:

Por Comisión del señor D. Lorenzo Ramírez Prado, censuró este papel D. Diego de Oribe y Manrique, Caballero del Orden de Santiago, y Caballerizo de la Reina nuestra Señora. 23

Y al año siguiente, el Memorial inmaculista del jesuita José Guarnizo, impreso en Madrid en 1652 incluye esta «Licencia»:

Imprímase, con que también en parte se cumple con lo que tanto desea el piadosíssimo zelo, y la entrañable deuoción del Rey nuestro señor a este santo Misterio, y la Protección de su Magestad solicita, sin perdonar medio para que se consiga. El Lic. D. Lorenço Ramírez de Prado. 24

Era, por tanto, el consejero como juez privativo el que concedía licencia para la impresión de estos papeles y memoriales. Sin que, por otra parte, se requiriera para ellos aprobación del ordinario, podrían llegar a las prensas por una sola vez, ya que Ramírez de Prado otorga sólo una suerte de imprimatur , pero nunca privilegio. Además, estos pequeños impresos no parecen sometidos a tasa puesto que no deberían haber sido editados para ser vendidos, sino para su mera distribución impresa.

Frente a la idea, antaño extendida, de que era el número de pliegos el elemen to que siempre marcaba la hipotética frontera entre la necesidad de pedir o no licencia de impresión, parece demostrado que la intencionalidad venal era el criterio que permitía distinguir entre los textos para los que se tenía o no que pedir licencia. De esta forma, aquella parte de los llamados géneros menores no estancada en virtud de privilegios, al estilo de las cartillas o el nuevo rezado, no habría quedado exenta de la exigencia de solicitar licencia al Consejo porque, como sucedía con relaciones, coplas o almanaques, estaban pensados para ser vendidos como mercancía. 25

Читать дальше
Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Похожие книги на «Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta»

Представляем Вашему вниманию похожие книги на «Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta» списком для выбора. Мы отобрали схожую по названию и смыслу литературу в надежде предоставить читателям больше вариантов отыскать новые, интересные, ещё непрочитанные произведения.


Отзывы о книге «Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta»

Обсуждение, отзывы о книге «Texto, edición y público lector en los albores de la imprenta» и просто собственные мнения читателей. Оставьте ваши комментарии, напишите, что Вы думаете о произведении, его смысле или главных героях. Укажите что конкретно понравилось, а что нет, и почему Вы так считаете.

x