Los acuerdos de refinanciación en el Texto Refundido de la Ley Concursal
Los acuerdos de refinanciación en el Texto Refundido de la Ley Concursal
Marta Cervera Martínez
Magistrada especialista en asuntos mercantiles
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© AFERRE EDITOR S.L. 2020
© Autora 2020
Diseño de cubierta: Clara Batllori
Primera edición septiembre 2020
ISBN: 978-84-122199-4-4 (papel)
ISBN: 978-84-122199-5-1 (digital)
Depósito Legal: B 13175-2020
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«Solo hay puertas abiertas para quien cree en ellas»
J.F.C.
Índice
Capítulo I. Antecedentes del derecho preconcursal en nuestro ordenamiento jurídico
1. Introducción
2. Antecedentes históricos
2.1. La “suspensión de pagos” de la Propuesta de Anteproyecto de 1995.
3. Evolución legislativa
3.1. Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica.
3.2. Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley Concursal.
3.3. Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización.
3.4. Reformas del año 2014: Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 de marzo y Ley 17/2014, de 30 de septiembre.
3.5. Reformas del año 2015: RDL 1/2015, de 27 de febrero, Ley 9/2015, de 25 de mayo y Ley 25/2015, de 28 de julio.
3.6. Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Capítulo II. Los acuerdos de refinanciación: clases y concepto
1. Clases de acuerdos de refinanciación
2. Concepto de acuerdo colectivo de refinanciación
2.1. Deudor, persona física y jurídica.
2.2. En situación de insolvencia actual o inminente.
2.3. Que no hubiera sido declarado en concurso.
2.4. Pluralidad de acreedores.
3. De la existencia de una comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores
3.1. Plazo para presentar el acuerdo y tipo de acuerdo.
3.2. Carácter reservado de las comunicaciones.
3.3. Efectos de la comunicación de inicio de negociación con los acreedores sobre los créditos.
3.4. Efectos de la comunicación de inicio de negociación con los acreedores sobre las acciones y procedimientos ejecutivos.
3.5. Efectos de la comunicación de inicio de negociación con los acreedores sobre las solicitudes de concurso necesario.
3.6. No presentación del acuerdo de refinanciación.
Capítulo III. Acuerdos colectivos de refinanciación
1. Requisitos del acuerdo colectivo de refinanciación
1.1. Requisitos materiales: Plan de viabilidad y contenido mínimo.
1.1.1. Plan de viabilidad.
1.1.2. Contenido mínimo.
1.2. Requisitos Formales: quórum mínimo, certificación de auditor e instrumento público.
1.2.1. Quórum mínimo.
1.2.2. Certificación del auditor
1.2.3. Instrumento público
2. Reglas de cómputo de la mayoría
2.1. Pasivo de acreedores subordinados.
2.2. Pactos o acuerdos sindicados.
2.3. Pasivo financiero en caso de grupo de empresas.
3. La figura del experto independiente: nombramiento y contenido del informe.
4. Eficacia del acuerdo de refinanciación
5. Norma especial para los acuerdos de grupo
Capítulo IV. Acuerdos singulares de refinanciación
1. Concepto de acuerdos singulares
2. Requisitos de los acuerdos singulares
Capítulo V. De los requisitos para la homologación
1. Concepto de acuerdo homologable
2. Requisitos de la homologación
2.1. Requisitos materiales: Plan de viabilidad y contenido mínimo
2.2. Requisitos Formales: quórum mínimo, certificación de auditor e instrumento público.
2.2.1. Quórum mínimo
2.2.2. Certificación del auditor.
2.2.3. Formalización en instrumento público.
3. Pasivo financiero y reglas de cómputo de la mayoría
3.1. Delimitación del pasivo financiero: concepto.
3.2. Pasivo excluido: créditos de derecho público, comerciales y laborales.
3.3. Pasivo computable: pasivo total o refinanciado.
3.4. Créditos no dispuestos o contingentes y pasivo excluido.
3.5. Pasivo de acreedores subordinados.
3.6. Pactos o acuerdos sindicados
3.7. Pasivo privilegiado.
3.8. Pasivo financiero en caso de grupo o subgrupo de empresas.
Capítulo VI. De la solicitud de homologación y la homologación del acuerdo
1. Competencia
2. Solicitud de homologación
2.1. Solicitud por el deudor.
2.2. Solicitud por un grupo de empresa.
2.3. Solicitud por el acreedor que lo haya suscrito.
2.4. Solicitud por los garantes no deudores.
2.5. Documentos acompañados a la solicitud.
3. Admisión a trámite
3.1. Posibilidad de subsanación.
3.2. Control de legalidad.
3.3. Paralización de ejecuciones.
4. Publicidad tras la admisión
5. Homologación del acuerdo
5.1. Homologación del acuerdo y contenido del auto.
5.2. Deniega la homologación.
5.3. Finalización de las ejecuciones.
5.4. Publicidad del auto.
6. Eficacia del auto de homologación y fuerza ejecutiva
7. Adhesión al acuerdo homologado
8. Límite de un año
Capítulo VII. Impugnación del acuerdo homologado
1. Legitimación activa
2. Motivos de impugnación: especial referencia al sacrificio desproporcionado
2.1. Falta de las mayorías exigidas.
2.2. El carácter desproporcionado del sacrificio exigido al acreedor o acreedores que impugnen la homologación.
2.2.1. Evolución doctrinal del concepto de sacrificio desproporcionado.
2.2.2. Evolución jurisprudencial del concepto de sacrificio desproporcionado.
2.2.3. Evolución legal del concepto de sacrificio desproporcionado.
3. Tramitación de la impugnación, sentencia y efectos
Capítulo VIII. Extensión de los efectos del acuerdo homologado
1. Extensión de efectos a los créditos sin garantía real efectiva
2. Extensión de efectos a los créditos con garantía real efectiva
2.1. Contenidos del acuerdo de refinanciación que se pueden imponer a los acreedores disidentes con o sin garantía real.
2.1.1. Quitas.
2.1.2. Esperas, ya sean de principal, de intereses o de cualquiera otra cantidad adeudada.
2.1.3. Conversión de los créditos en créditos participativos, en obligaciones convertibles, en créditos subordinados, en créditos con intereses capitalizables o en cualquier otro instrumento financiero con características, rango o vencimiento distintos de aquellos que tuvieran los créditos originarios.
2.1.4. Cesión de bienes o derechos a los acreedores en pago o para pago de la totalidad o parte de la deuda.
2.1.5. Conversión de los créditos en acciones o participaciones de la sociedad deudora o de otra sociedad.
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