[…] la regla del cómputo por días hace referencia a días naturales y a días hábiles. Los días naturales deben entenderse en referencia al concepto del tiempo continuo, pues vienen a ser los denominados días calendario, que son todos los días del año, comprendiendo tanto a los hábiles como a los inhábiles. (p. 24)
Simão (2012, pp. 89-90) nos indica que el cómputo del tiempo puede ser continuo o por días útiles.
— Continuo, continuum tempus, dies contini , cuando se cuentan todos los días, sin interrupción.
— Útil, utile tempus, utile dies , cuando se calculan los días en que es posible realizar una actividad para proteger el derecho subordinado al transcurso del tiempo.
La regla del cómputo por días, de alcance general, admite excepciones, esto es, cuando la ley (norma) o el acto jurídico (autonomía de la voluntad) fijen que dicho cómputo debe realizarse por días hábiles. Así el criterio del tiempo útil tiene diferentes formas de determinación.
V. g ., se celebra un contrato de reparto de periódicos por diez días, del 1 de diciembre al 10 diciembre (se cuentan los 10 días, a pesar de que haya feriados).
Reglas para tener en cuenta
— El plazo excluye el día inicial e incluye el día del vencimiento (inciso 4, artículo 183). Esto quiere decir que se cuenta a partir del día siguiente y concluye el día pactado. El dies a quo no se computa, se computa a partir del día siguiente. Así, dies a quo non computatur in termino .
V. g ., pactamos el 1 de julio la entrega de un bien en quince días, lo que se producirá el 16 de julio.
Primer día, dies a quo (2)
Último día, dies ad quem (16)
El plazo cuyo último día sea inhábil vence el primer día hábil siguiente (inciso 5, artículo 183).
Imaginemos que en el ejemplo anterior el 16 de julio sea feriado; en este caso, el plazo vencerá el 17 de julio.
Lo establecido en el inciso 5 del artículo 183 no se aplica para la prescripción, dado que el artículo 2002 indica que esta “se produce vencido el último día del plazo”; ni para la caducidad, ya que el artículo 2007 señala que esta “se produce el último día del plazo, aunque este sea inhábil” (Vidal Ramírez, 2011, p. 26). La tabla siguiente resume estas reglas.
Tabla 3
Cómputo del plazo
Regla |
|
Base legal |
General |
El plazo excluye el día inicial e incluye el día del vencimiento. |
Inciso 4, artículo 183 |
|
El plazo cuyo último día sea inhábil vence el primer día hábil siguiente. |
Inciso 5, artículo 183 |
Especial |
La prescripción se produce vencido el último día del plazo. |
Artículo 2002 |
|
La caducidad se produce el último día del plazo, aunque este sea inhábil. |
Artículo 2007 |
Elaboración propia
4.2.2 Cómputo por meses
El inciso 2 del artículo 183 del Código establece: “El plazo señalado por meses se cumple en el mes del vencimiento y en el día de este correspondiente a la fecha del mes inicial. Si en el mes del vencimiento falta tal día, el plazo se cumple el último día de dicho mes”.
Esto quiere decir que el plazo por meses se computa de fecha a fecha ( non ex numero, sed ex nominatione dierum ), excluyendo del cómputo el día inicial; o sea, se cuenta desde el día siguiente del día inicial correspondiente al mes inicial y termina en ese mismo día del mes del vencimiento y, si en el mes del vencimiento falta ese día, el plazo se cumple en el último día de dicho mes (Torres Vásquez, 2008, p. 569). La extensión de tiempo corre desde el día inicial al día que tiene el número correspondiente. Dicha regla:
Constituye una ratificación de su sometimiento al calendario gregoriano, pues se pone en la hipótesis de la distinta cantidad de días que tienen los meses, pues los hay de 31 días, 30 días y de 28 días, alcanzando este último, que es el de febrero, 29 días cada cuatro años. Por eso, precisa que el plazo se cumple en el mes del vencimiento y en el día de este correspondiente a la fecha del mes inicial y, si en el mes del vencimiento falta tal día, el plazo se cumple el último día de dicho mes. (Vidal Ramírez, 2006, p. 25)
En esta clase de plazo se tiene en cuenta todos los días, esto es, los días naturales o calendario. Debido a ello, “se computa de fecha a fecha, es decir, desde el primer día del mes inicial y termina en ese mismo día del vencimiento. Pero si en el mes del vencimiento falta ese día, el plazo se cumple en el último día de dicho mes” (Romero Montes, 2003, p. 182).
V. g ., se celebra un contrato el 31 de diciembre por el plazo de siete meses; el plazo vence el 31 de julio (si fuera por seis meses, vencería el 30 de junio, pues este mes no tiene 31 días).
4.2.3 Cómputo por años
El inciso 3 del artículo 183 del Código dice: “El plazo señalado por años se rige por las reglas que establece el inciso 2”. Se trata de una norma remisiva en el cómputo del plazo anual a la que se le aplica las reglas de cómputo de plazo mensual.
V. g ., se celebra un contrato el 4 de agosto del 2019 por el plazo de tres años; el plazo vencerá el 4 de agosto del 2022.
4.2.4 Cómputos no regulados
Las normas del plazo consagradas en el artículo 183 no son imperativas, sino que se aplican supletoriamente; salvo disposición legal expresa, pueden pactarse plazos especiales, de acuerdo con el artículo 184. Podemos computar el plazo por las siguientes unidades:
— Horas . Menor a un día, sea por horas, quizá también por segundos. Es la llamada computatio naturalis . Se trata de un plazo legal excepcional, muy pocas veces tratado en el Código Civil 7. Es importante para hechos naturales como el nacimiento y la muerte.
— Semanal . Mayor de un día y menor de un mes. Alcanza los siete días.
— Bimensual, trimestral, semestral .
El Código Civil no ha previsto el plazo por semanas 8, pero, por el carácter supletorio de sus reglas, la autonomía de la voluntad puede tomar a la semana como unidad de cómputo (Vidal Ramírez, 2006, p. 25). En caso de que el plazo se señale por semanas, se debe considerar la semana completa de siete días; el cómputo es de días enteros.
V. g ., si se celebra un contrato de arrendamiento por tres semanas y este se inicia un domingo 7 de julio, el contrato vencerá el sábado 27 de julio.
Vemos que el plazo puede ser, entre otros, como se resume en esta tabla:
Tabla 4
Tipos de plazos
Plazos |
Años |
DecenalQuinquenalCuatrienalTrienalBienalAnual |
Meses |
SemestralTrimestralBimensualMensual |
Otros |
SemanalDialHorario |
Elaboración propia
4.3 Formas de determinar el plazo
Son dos las formas de determinar el plazo, la civil y la natural.
— Computatio civilis . En la computación civil el tiempo se establece por días, ad dies numerare , el día por entero (24 horas); no se toman en cuenta las fracciones. Es la regla.
V. g ., si pacto el 24 de septiembre del 2019 la entrega de un bien en un año, el plazo se consideraría terminado a las 12 de la noche del día 24 de septiembre del 2020.
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