Hilda Villanueva Lomelí - Condiciones mínimas de transferencia de tecnología y conocimiento para el beneficio global

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Condiciones mínimas de transferencia de tecnología y conocimiento para el beneficio global se deriva de un proyecto de investigación que abordó el tema de la trasferencia de tecnología y conocimiento dentro de las Instituciones de Educación Superior (IES), reto actual de dichas instituciones, como es el caso de la Universidad de Guadalajara, y que se estudia específicamente en esta obra. En ella los autores plantean el estudio de diversos mecanismos de transferencia de tecnología, condiciones normativas básicas para la transferencia de conocimiento, algunos resultados de investigación de campo y diversas propuestas que podrían ser de utilidad para otras instituciones. Este libro puede considerarse como una guía que busca responder algunas de las principales interrogantes que se presentan en el proceso de la transferencia de conocimiento y tecnología en el contexto universitario, dado que los autores plantean dos perspectivas: la primera a nivel académico y la segunda a nivel administrativo. También es una herramienta de gran utilidad para los académicos e investigadores que participan de forma activa en la generación de conocimiento.

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El modelo lineal propuesto por Siegel et al. (2004: 118-119), en la figura 2, incluye los siguientes aspectos:

1 El proceso inicia cuando el científico universitario realiza un descubrimiento.

2 El científico universitario presenta una divulgación o declaración (disclosure) de la invención a la oficina de transferencia de tecnología de la universidad.9

3 Los funcionarios de la universidad evalúan y deciden si intentarán patentar la innovación.

4 La universidad presenta la solicitud de patente nacional.

5 Una vez que se ha otorgado la patente, la oficina de transferencia de tecnología puede iniciar con la promoción para comercializar la tecnología a empresas o emprendedores.

6 La oficina de transferencia de tecnología trabaja con el científico y la empresa o el emprendedor para estructurar el acuerdo de licencia.

7 Se otorga la licencia a una empresa existente a cambio de regalías o a una startup a cambio de una participación en el capital de la empresa.

Figura 2 Cómo se transfiere tecnología de una universidad a una empresa o - фото 5

Figura 2. Cómo se transfiere tecnología de una universidad a una empresa o empresario (según la teoría)

Fuente: Siegel et al., 2004: 119.

Por otra parte, Hockaday (2017) se ha referido a un modelo de seis pasos para que las universidades realicen transferencia de tecnología, el cual se presenta en la Figura 3. Los pasos consisten en:

1 Identificar

2 Evaluar

3 Proteger

4 Anunciar para comercializar

5 Acuerdo

6 Relación

Figura 3 Modelo de seis pasos para la transferencia de tecnología Fuente - фото 6

Figura 3. Modelo de seis pasos para la transferencia de tecnología

Fuente: Hockaday (2017).

En adición a lo anterior, Lizardi y Baquero (2010: 53-55), se han referido al modelo de la Asociación Mexicana de Directivos de la Investigación Aplicada y el Desarrollo Tecnológico (ADIAT), el cual propone:

1 La generación de tecnología

2 La apropiación de la tecnología

3 El otorgamiento o transmisión de la tecnología, y

4 El uso o explotación de la tecnología

Figura 4 Elementos básicos de la transferencia de tecnología Modelo ADIAT - фото 7

Figura 4. Elementos básicos de la transferencia de tecnología (Modelo ADIAT)

Fuente: Lizardi y Baquero, 2010: 54.

Ahora bien, para efectos de la presente investigación, en el contexto específico de la UdeG, resulta necesario poner énfasis en algunas fases al interior de la institución, que son acordes a sus fines y atribuciones, y que son previas a la transferencia de tecnología.

Se considera que dichas fases son indispensables para que se promueva la investigación científica y tecnológica, así como para que la vinculación y extensión incida en el desarrollo sustentable e incluyente de la sociedad, y que la generación del conocimiento sea en beneficio de la sociedad, conforme lo señalan la misión y visión de la UdeG.

Por lo anterior, se propone un modelo de cuatro fases que incluye:

1 Identificación de problemas: se realiza a través de una adecuada vinculación con los sectores público, social y privado.

2 Desarrollo de la solución: se realiza por los académicos a través de la investigación básica, aplicada o desarrollo experimental.

3 Protección de los resultados a través de alguna de las figuras de la propiedad intelectual (propiedad industrial y derecho de autor): permite consolidar en favor de la universidad y cualquier otra persona los derechos que la/los legitimen para transferir la tecnología.

4 Transferencia de tecnología.

Figura 5 Propuesta de modelo lineal de cuatro fases para la transferencia de - фото 8

Figura 5. Propuesta de modelo lineal de cuatro fases para la transferencia de tecnología

Fuente: Elaboración propia.

Cabe aclarar que este modelo puede evolucionar en la medida en que el proceso de la transferencia de tecnología se consolide al interior de la universidad para después agregar y poner mayor énfasis en fases posteriores a la transferencia o incluso en fases intermedias a las existentes.

2.7 Estructura de la UdeG. ¿Cuáles instancias de la Red Universitaria realizan cada una de las fases del modelo propuesto?

Desde el punto de vista académico-administrativo, la UdeG ha adoptado el modelo de red. En ese sentido, el artículo 23 de la ley orgánica de esa casa de estudios (UdeG, 2006), describe la Red Universitaria de la siguiente manera:

Artículo 23. La Red Universitaria se integrará por:

1 Los Centros Universitarios;

2 El Sistema de Educación Media Superior, y

3 La Administración General de la Universidad.

Para los efectos de esta Ley, se establecen las siguientes definiciones:

1 Centro Universitario, es la entidad responsable de la administración y desarrollo de los programas académicos de nivel superior, así como de los programas educativos con carácter profesional medio terminal relativos al área del conocimiento de su competencia. Los Centros Universitarios podrán ser temáticos o regionales.

1 Centros Temáticos, los que organicen y administren sus programas académicos, con base en áreas afines del conocimiento o en campos del ejercicio profesional, y

2 Centros Regionales, los que organicen y administren sus programas académicos, en atención a necesidades regionales multidisciplinarias;

1 Los Centros Universitarios estarán integrados por Divisiones y Departamentos:

1 Las Divisiones serán las entidades académico-administrativas que agruparán un conjunto de Departamentos;

2 Los Departamentos serán las unidades académicas básicas, en donde se organicen y administren las funciones universitarias de docencia, investigación y difusión;

1 Sistema de Educación Media Superior, la entidad responsable de la integración de las funciones de docencia, investigación y difusión, así como de la administración de este nivel educativo, a través de la Dirección General de Educación Media Superior, a la que se adscribirán las escuelas preparatorias, técnicas, politécnicas y planteles que imparten programas académicos del nivel, sin perjuicio de las atribuciones que tengan los centros universitarios para ofrecer programas educativos con carácter profesional medio terminal relativos al área del conocimiento de su competencia, y

2 Administración General, el conjunto de órganos administrativos dependientes de la Rectoría General que cumplirán las funciones de coordinación, asesoría y apoyo a programas y actividades a la Red Universitaria.

Figura 6 Red Universitaria conforme al artículo 23 de la ley orgánica de la - фото 9

Figura 6. Red Universitaria conforme al artículo 23 de la ley orgánica de la UdeG

Fuente: Elaboración propia.

Del análisis de la norma institucional se realizó un marco jurídico, del que se desprende la participación de diversas instancias universitarias en las fases de la transferencia de tecnología, lo cual se esquematiza en la tabla 4.

Cabe aclarar que para la presente investigación se consideró únicamente la participación del Consejo General Universitario, la Administración General y los centros universitarios; no obstante, en un análisis posterior podría incluirse la participación del Sistema de Educación Media Superior o cualquier otra estructura que se cree en la UdeG.

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