1 ...7 8 9 11 12 13 ...20 7. Ver Paulina L. Alberto, “ Liberta por oficio: negociando los términos del trabajo no libre en Buenos Aires en el contexto de la abolición gradual, 1820-1830”, en este libro.
8. Ver las compilaciones y libros más recientes que refieren a algunas de estas relaciones: Silvia Mallo e Ignacio Telesca (eds.), “Negros de la patria”: los afrodescendientes en las luchas por la independencia en el antiguo virreinato del Río de la Plata , Buenos Aires, Paradigma Indicial, 2010; Darío Barriera, La Justicia y las formas de autoridad: organización política y justicias locales en territorios de frontera. El Río de la Plata, Córdoba, Cuyo y Tucumán, siglos XVII y XIX , Rosario, Conicet-ISHIR, 2010; Raúl O. Fradkin (comp.), El poder y la vara: estudios sobre justicia y la construcción del Estado en Buenos Aires rural, Buenos Aires, Prometeo, 2007, y La ley es tela de araña: ley, justicia y sociedad rural en Buenos Aires, 1780-1830 , Buenos Aires, Prometeo, 2009; Juan Manuel Palacio y Magdalena Candioti (comps.), Justicia, política y derechos en América Latina , Prometeo, Buenos Aires, 2007; Magdalena Candioti, Un maldito derecho: leyes, jueces y revolución en la Buenos Aires republicana, 1810-1830 , Buenos Aires, Didot, 2017; Carolina González Undurraga, Esclavos y esclavas demandando justicia: Chile, 1740-1823. Documentación judicial por carta de libertad y papel de venta , Santiago de Chile, Editorial Universitaria, 2014.
9. Remitimos a un excelente trabajo de síntesis referido a la historiografía del derecho y la esclavitud en Brasil: Brodwyn Fischer, Keila Grinberg y Hebe Mattos, “Las leyes, el silencio y las desigualdades racializadas en la historia afrobrasileña”, en Alejandro de la Fuente y George Reid Andrews (eds.), Estudios afrolatinoamericanos , pp. 170-175.
10. AGN, sala IX, Administrativos, 23 de agosto de 1804, exp. 1050, 1813. AGN, sala IX, Administrativos, 23 de agosto de 1806, exp. 1095, 1817.
11. El concepto de interseccionalidad desarrollado por el feminismo negro permite comenzar a vislumbrar los modos interpenetrados de dominación que se imponen sobre las personas negras imposibles de asir desde una perspectiva lineal. Desde esta concepción las mujeres negras se encuentran como colectivo en el fondo de la pirámide ocupacional ya que el estatus social es más bajo que el de cualquier otro grupo. Al ocupar esta posición, soportan lo más duro de la opresión sexista, racista y clasista; a diferencia de los hombres negros, “que pueden ser víctimas del racismo pero a quienes el sexismo les permite actuar como explotadores y opresores de las mujeres. Asimismo, de las mujeres blancas que pueden ser víctimas del sexismo pero el racismo les permite actuar como explotadoras y opresoras de la gente negra” (bell hooks, “Mujeres negras. Dar forma a la teoría feminista”, en AA.VV., Otras inapropiables. Feminismos desde las fronteras, Madrid, Traficantes de Sueños, 2004 [1984], pp. 33-50). Ver además Elsa Dorlin, Sexo, género y sexualidad: introducción a la teoría feminista , Buenos Aires, Nueva Visión, 2009. Para una discusión sobre la genealogía de los enfoques interseccionales y la importancia política del concepto, “enfatizando los aportes del black feminism , el feminismo de color y el feminismo latinoamericano como enfoques epistémicos descolonizadores”, ver Mara Viveros Vigoya, “La interseccionalidad: una aproximación situada a la dominación”, Debate Feminista , Nº 52, 2016, pp. 1-17.
12. Una vez más remitimos a la medulosa síntesis historiográfica que sobre estos procesos realizaron las académicas brasileñas Brodwyn Fisher, Keila Grinberg y Hebe Mattos, “Las leyes, el silencio y las desigualdades racializadas”, pp. 175-177. Ver además Keila Grinberg, “Emancipación y guerra en el Río de la Plata, 1840-1865: hacia una historia social de las relaciones internacionales”, Historia de México , vol. LXIX, Nº 2, 2019, pp. 693-742; Kim Butler, Freedoms Given, Freedoms Won: Afro-brazilians in post-abolition São Paulo and Salvador , New Brunswick, Rutgers University Press, 1998.
13. Ver un análisis en profundidad del caso de los “colonos” africanos en Alex Borucki, Abolicionismo y tráfico de esclavos en Montevideo tras la fundación republicana, 1829-1853 , Montevideo, Biblioteca Nacional, 2009, pp. 79-107.
14. AGPC, Correspondencia Oficial, t. 142, f. 69.
15. Stuart Hall, “The work of representation”, en Stuart Hall (ed.), Representation: Cultural representations and signifying practices , Londres, Open University, 2010 [1997], p. 24, subrayado en el original.
16. Roger Chartier, “La historia cultural redefinida: prácticas, representaciones, apropiaciones”, Punto de Vista , Nº 39, 1990, p. 44.
17. Stuart Hall, “The spectacle of the «Other»”, en Stuart Hall (ed.), Representation: Cultural representations and signifying practices .
18. Ver Leonardo Javier Visaguirre, “Dos interpretaciones posibles frente a la categoría de «raza»: Quijano y Foucault”, Algarrobo- MEL , vol. 6, 2017-2018, pp. 1-12.
19. Ibídem. El autor se apoya en la paradoja de la igualdad (de las inteligencias) propuesta por Jacques Rancière en El maestro ignorante: cinco lecciones sobre la emancipación intelectual , Barcelona, Laertes, 2003.
20. Esta correlación entre rasgos morales (y en ocasiones intelectuales) y procedencia étnico-racial se nutría de disciplinas seudocientíficas como la fisiognómica, sumamente popular en el período analizado y en la base del racismo científico posterior. La fisiognómica proponía que el “hombre interior” podía ser descifrado a través de su aspecto exterior. Tal disciplina había existido desde la antigüedad, pero a fines del siglo XVIII adquirió una popularidad notable, gracias a la obra de Johann Lavater. Para un recorrido histórico sobre esta seudociencia, ver Marta Penhos, “Frente y perfil: una indagación acerca de la fotografía en las prácticas antropológicas y criminológicas en Argentina a fines del siglo XIX y principios del XX”, en AA. VV., Arte y antropología en la Argentina , Buenos Aires, Fundación Espigas-FIAAR, 2004, pp. 36-37.
21. Es interesante destacar el empleo del término “clase” como extensivo a la población afroporteña. En la época era común el empleo de la expresión “clase de color” aun en los propios periódicos afroporteños, contemporáneos (como La Raza Africana o sea El Demócrata Negro y El Proletario , ambos de 1858) o posteriores (décadas de 1870 y 1880). Para estos últimos, ver Lea Geler, Andares negros, caminos blancos .
22. Ver José Emilio Burucúa y Laura Malosetti Costa, “Una palabra equivale a mil imágenes: polisemia, grandeza y miserias de las representaciones visuales”, Concreta , Nº 0, 2012, pp. 6-13.
23. Eva Lamborghini y Lea Geler, introducción al debate “Imágenes racializadas: políticas de representación y economía visual en torno a lo «negro» en Argentina, siglos XX y XXI”, Corpus , vol. 6, Nº 2, 2016, doi.org.
Entre las aspiraciones de libertad y el derecho de propiedad: el patrocinio jurídico a los esclavos en tiempos de revolución, Buenos Aires, 1806-1821 *
Lucas Rebagliati
A fines de la época colonial, los esclavos en Buenos Aires se contaban por miles. 1Entre las múltiples estrategias de adaptación y resistencia que desplegaron africanos y afrodescendientes se encontraba la de acudir a las justicias . El propósito anhelado era conseguir la libertad o atemperar los malos tratos a los que estaban sometidos por parte de sus amos. En razón de ser concebidos como parte integrante del grupo social más amplio de pobres y miserables del Nuevo Mundo, los esclavos contaron con un privilegio a la hora de demandar a sus amos: el patrocinio jurídico gratuito ejercido por uno de los regidores del Cabildo: el defensor de pobres. Tal como han marcado estudios clásicos y recientes, el vendaval de guerra y movilización política acontecido a partir de las invasiones inglesas e intensificado con los sucesos de 1810 no dejó de alterar el orden social vigente. Los gobiernos revolucionarios, buscando legitimar su accionar, calificaron la condición colonial como una esclavitud. Asimismo, dieron comienzo a un proceso de abolición gradual con el dictado de dos medidas trascendentes: la prohibición del tráfico esclavo en 1812 y la ley de libertad de vientres al año siguiente. La coyuntura revolucionaria también posibilitó que los esclavos pudieran esgrimir nuevos argumentos en los tribunales para conseguir la libertad, y ello volvió una pesada carga la asistencia judicial que debía prestarles el ayuntamiento. Con esto, en algunos años el defensor de pobres ejerció esta tarea y en otros, el síndico procurador. Además, estos agentes de la Justicia enfrentaron otro dilema. El deseo de libertad esgrimido por los esclavos chocaba con otro principio que la revolución se preocupaba por afianzar: la propiedad. Los amos de esclavos aprovecharon esta ambivalencia del discurso revolucionario para defender sus intereses. ¿Cómo actuaron los regidores que patrocinaron a los esclavos en los tribunales ante esta disyuntiva? ¿Qué postura adoptaron ante la multiplicación de demandas de sus asistidos? ¿Cuál fue su desempeño? Estas son algunas de las preguntas que intentaremos responder en este capítulo.
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