José Luis Cendejas Bueno - Francisco de Vitoria sobre justicia, dominio y economía

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Francisco de Vitoria sobre justicia, dominio y economía: краткое содержание, описание и аннотация

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Siguiendo a Santo Tomás de Aquino, Francisco de Vitoria comenta la cuestión 66 de la Secunda secundae de la Suma de Teología en un contexto doctrinal específico: el relativo a la virtud de la justicia. El hurto y la rapiña, que atentan contra ella, presuponen la legítima propiedad de algo por parte de alguien que es su dueño o dominum. Vitoria procede a revitalizar la importante cuestión del dominio con motivo de los indios recenter inventis, cuestión que ya ocupaba un lugar central en el pensamiento cristiano, si bien en otro ámbito, el relativo al significado y alcance de la pobreza evangélica. Al afirmar el dominio sobre las cosas creadas dadas por Dios al conjunto de los hombres para su utilidad, así como las razones por las que tuvieron que ser divididas, la Escolástica elabora una teoría sobre el origen de la propiedad privada de profunda influencia en el pensamiento jurídico y económico posterior.

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Del comentario de Francisco de Vitoria a la c. 78, cabe destacar su fidelidad en espíritu y en letra al análisis del maestro, pero atento al aire de los tiempos que suscita preguntas a las que Vitoria no elude responder. Como el Aquinate, Vitoria sitúa la ilicitud de la usura en la naturaleza del dinero. Este se concibe, conforme al paradigma aristotélico, como medio de cambio que permite representar convencionalmente el valor de las cosas —conforme a su común estimación cuando el precio es justo— y que resulta útil por cuanto permite comparar necesidades, por naturaleza heterogéneas, reduciéndolas a una misma dimensión medible. El dinero facilita los intercambios y permite dar cumplimiento suficiente a la necesaria igualación de las cosas intercambiadas en los tratos, tal como exige la justicia conmutativa. El uso natural del dinero radica en un determinado contexto de sociabilidad por el cual la crematística, arte adquisitivo, se subordina a los fines naturales de la vida familiar y política. Por otra parte, la propia naturaleza convencional del dinero facilita el artificio. La generación ficticia, por imposible, de dinero a partir de dinero implica que, necesariamente, alguien pierde lo que el usurero gana. En definitiva, la usura falta a la equidad natural propia de la justicia conmutativa. Su generalización compromete la continuidad de la polis. Desde la perspectiva tomista y vitoriana, el pecado usurario lo es por la contravención de un orden natural que es justo; esto es, por oponerse a lo justo natural.

Ahora bien, la práctica de pagar algo más por el dinero recibido venía generalizándose desde la expansión de la Baja Edad Media. El aumento de los flujos comerciales y la necesidad subsiguiente de medios de pago, que se acelera con el descubrimiento de América, se agudiza con la incorporación de nuevas rutas comerciales y la intensificación paralela del comercio intraeuropeo. El demandante de crédito no es ya el labriego que necesita endeudarse hasta que llegue el tiempo de cosecha o que sufre los rigores de la sequía y debe endeudarse con el riesgo consiguiente de caer en la esclavitud, sino el mercader flamenco, genovés o castellano que vive del comercio internacional y de negociar en las ferias. Si este demanda crédito, ¿por qué quien le presta el dinero que hará posible un lucro en principio lícito, ha de renunciar a participar en una ganancia asegurada?

La tensión entre las prohibiciones y la reprobación de la usura y la actividad empresarial de los mercaderes —que, si desean obtener crédito, deben satisfacer el deseo de los ahorradores de permanecer indemnes—, produce bien una abundancia de subterfugios, como los descritos por Vitoria, bien innovaciones financieras, como el contrato trino o el atranque de ferias, que retan la capacidad analítica de los escolásticos. El lucro cesante comienza a existir como posibilidad cierta y generalizada en el mundo del capitalismo naciente que describe Vitoria, y resulta muy difícil sustraerse a ganar algo más que el agradecimiento del prestatario. No es lícito cobrar un interés por el mero paso del tiempo, pero sí ponerse a salvo de un daño probable, y es evidente que la probabilidad de sufrirlo aumenta conforme pasa el tiempo. Y, aunque Vitoria no se refiere a ello, el perjuicio es cierto debido a la inflación que provocan las entradas de la plata americana, el auge del dinero bancario y el envilecimiento monetario. El lucro cesante y la probabilidad de daños crecen con el tiempo —tiempo e incertidumbre son inseparables en economía—, por ello es inevitable la apariencia de usura de los nuevos tratos financieros.

La teoría de los títulos extrínsecos venía a responder, hasta donde era posible, a las nuevas necesidades jurídicas y analíticas que la expansión económica demandaba. A favor de atribuir valor científico al análisis escolástico de la usura está el hecho de que la metodología de la ley natural está abierta al ser de las cosas y, por ello, a una mejor comprensión de lo que son, o pueden llegar a ser, el dinero y el interés. El dinero es estéril en el arca , pero no si se invierte y fructifica. Detrás de los títulos extrínsecos son reconocibles algunas explicaciones modernas sobre el interés (así lo ve Keynes en la cita reproducida antes), y resulta también meritorio que, como consecuencia de la insistencia en su esterilidad, se haya sido consciente siempre de la necesidad de diferenciar el dinero, único bien que goza de plena liquidez —esto es, de servir de medio de cambio universal de modo inmediato—, de sus usos, que no gozan de dicha propiedad, pero que en su lugar producen un fruto.

LA NATURALEZA DEL DINERO COMO PRESUPUESTO DEL ANÁLISIS SOBRE LA USURA

Aristóteles proporciona el argumento más acabado sobre la esterilidad de dinero. Este se inserta en un contexto específico, que es el relativo a la diferencia entre economía, crematística natural y antinatural. Lo económico se refiere originalmente a las leyes (nomos) que gobiernan la casa (oikos) . En la Grecia clásica, esta incluía tanto los bienes como las personas, libres y esclavas, bajo la potestad del cabeza de familia, lo que hoy denominaríamos familia y patrimonio familiar, unidad de personas y bienes. Lo económico se refiere originalmente, por tanto, a la familia 140como agente nuclear en torno al cual se encuentran la comunidad política —polis o república—, como instancia superior, y la producción y el intercambio; esto es, la crematística como arte adquisitivo, como instancia subordinada. Conforme a la concepción aristotélica que subyace en la escolástica, la crematística natural, moralmente admisible, está subordinada al gobierno doméstico, y este al bien común de la polis, en la cual se realiza el ideal humano de convivencia.

Lo propio de la crematística es la adquisición de bienes útiles, mientras que lo propio de la economía es el uso de dichos bienes. 141Partes de la crematística son el pastoreo, la agricultura, la piratería, la pesca y la caza. 142Estas sirven a la administración de la casa, pues le procuran bienes indispensables para la vida. Los bienes así adquiridos obedecen al uso que les es natural (comer, vestir, habitar, etc.). Tales bienes constituyen la riqueza: suma de medios o instrumentos al servicio del oikos y de la polis. Este arte adquisitivo es natural y está limitado por el cumplimiento de los fines propios del oikos y la polis; esto es, vivir y vivir bien.

También es crematística el arte adquisitivo que puede carecer de límite y no estar al servicio ni del oikos ni de la polis. 143Se basa en utilizar los bienes indispensables para la vida en algo que no les es propio, como su intercambio. En el seno del oikos , el cambio es impensable, además de innecesario. Pasa a serlo cuando la comunidad se hace más extensa. Entonces el cambio de bienes útiles mediante el trueque resulta natural, pues permite la autosuficiencia. Al adquirir los intercambios mayor volumen, y por la dificultad del transporte a mayores distancias, se introduce por necesidad el uso de la moneda. Con la moneda puede pasarse del cambio indispensable y natural al comercio de compraventa. 144Monetizados los intercambios, la riqueza que el dinero simboliza (el valor facial del dinero es convencional, no natural) permite una acumulación antinatural y sin término. En cuanto medio para algún fin, no cabe imaginar una acumulación ilimitada que dé satisfacción a un fin limitado. Esta crematística no es parte de la economía, pues el fin de la administración de la casa, además de limitado —procurarse lo necesario—, no es la acumulación de riquezas.

La confusión entre economía y crematística desordenada conduce erróneamente a la afirmación de que el fin de la economía es la acumulación de riquezas sin límite. 145En definitiva, hay una crematística necesaria, subordinada a la economía, que cuida del sustento y tiene un límite; y otra, antinatural e ilimitada. Esta segunda lleva a muchos a pervertir las demás artes (p. ej., el arte militar, la medicina), transformándolas en medios de hacer dinero. Esta crematística es censurada con justicia y no es conforme a la naturaleza, pues es a expensas de otros. La usura, que en ella se basa, es, de todos los negocios, el más antinatural, pues mediante la usura ( τοκός ) el dinero resulta hijo del dinero, 146no siendo la usura el fin para el que el dinero fue creado.

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