Brian Loveman - Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile - 1958-1973)

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Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile: 1958-1973): краткое содержание, описание и аннотация

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En los conflictos y procesos judiciales analizados, se revelan las diferencias ideológicas y políticas existentes en el país, haciendo difícil asegurar la percepción de imparcialidad, de neutralidad e independencia de los tribunales.

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Las Cortes de Apelaciones de la República, dentro de los diez primeros días hábiles de cada año, elegirían uno de sus miembros para integrar el Tribunal Especial de Expropiaciones Agrarias. En tanto, las sociedades agrícolas a que se refiere este artículo eran las siguientes: Asociación de Agricultores de la provincia de Tarapacá, Sociedad Agrícola del Norte, Sociedad Agrícola e Industrial de Valparaíso, Sociedad Nacional de Agricultura, Asociación Agrícola Central, Sociedad Agrícola de Ñuble, Sociedad Agrícola del Sur, Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco, Sociedad Agrícola y Ganadera de Valdivia y Asociación de Ganaderos de Magallanes. No se consideró la representación de los obreros agrícolas, de los sindicatos agrícolas, ni de las cooperativas agrícolas . Es decir, los Tribunales de Expropiaciones Agrarias se constituían con miras a proteger el derecho de propiedad agraria contra potenciales abusos del Gobierno y sus agentes. Los Tribunales Especiales de Expropiaciones Agrarias entrarían en funciones en la fecha que señalara el Presidente de la República mediante decreto supremo y estarían sometidos a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones respectiva . Sus resoluciones se adoptarían por mayoría de votos y sus acuerdos se regirían por lo dispuesto en los artículos 81 a 86 del Código Orgánico de Tribunales. En su artículo 30 se determinaban las normas a que debía sujetarse la reclamación, sea que ella se refiriera al monto de la indemnización o al procedimiento mismo de la expropiación.

En contra de la sentencia definitiva de la Corte de Apelaciones procedería el recurso de casación. Los recursos tendrían preferencia para su vista y fallo. En efecto, tanto en definir lo que se interpretara como una propiedad abandonada y mal explotada, como en resistir el proceso de expropiación y establecer el valor de la propiedad, el Poder Judicial y los nuevos Tribunales Especiales de Expropiaciones Agrarias potencialmente constituían un baluarte contra una reforma agraria rápida y masiva. A través de un veto en el proceso legislativo, el Ejecutivo había excluido a representantes de la Federación Campesina e Indígena en el Consejo de la Corporación de la Reforma Agraria (lo hubo para «colonos»), así como también en los tribunales especiales, donde hubo representantes de las sociedades agrícolas patronales 582. Como se ha dicho, entre noviembre de 1962 y septiembre de 1964 no se usaría el instrumento de expropiación no voluntaria, sino que se harían transferencias de tierras fiscales a la CORA (por ejemplo, propiedades de la CORFO) para su entrega a beneficiarios particulares, incluso algunos beneficiarios mapuche, y se comprarían algunas propiedades directamente a sus dueños pagando precios acordados y ventajosos 583.

La ley de reforma agraria 15.020 y la reforma constitucional que afectaba el derecho de propiedad serían hitos cruciales para el Poder Judicial en su rol dentro del sistema político nacional. El Poder Judicial se instalaba como un freno potencial y una defensa contra un proceso de reforma agraria «exagerada» e «indiscriminada», asimismo como blanco de las críticas de las fuerzas revolucionarias y social-cristianas. El proceso de reforma agraria, iniciado por el gobierno de Jorge Alessandri, abrió, sin proponérselo, el dique que había sostenido la democracia autoritaria chilena.

444 Senado . 53ª Sesión (especial: de 11 a 13). 17 de enero de 1962: 2502.

445 Cámara de Diputados . 49ª Sesión (ordinaria: de 16.15 a 19.40). 28 de agosto de 1962: 4251.

446 Cámara de Diputados . 3ª Sesión(ordinaria: de 16.15 a 19.40). 23 de octubre de 1963: 357.

447Conferencia Episcopal de Chile, La Iglesia y el problema del campesinado chileno , Santiago: Universidad Católica de Chile, 1962; «El deber social y político en la hora presente», Mensaj e, 114 (nov. de 1962): 577 y ss.; «Reformas revolucionarias en América Latina», Mensaje (octubre de 1963) (12, 123): 481-484; Partido Demócrata Cristiano, Dice la Democracia Cristiana a los Partidos Socialista y Comunista, Santiago: Editorial del Pacífico, 1963; Tomas Moulian, «La Democracia Cristiana en su fase ascendente 1957-1964», en FLACSO-Chile, Serie de Documentos de Trabajo, 288, 1986.

448Joaquín Fermandois, «¿Peón o actor? Chile en la Guerra Fría (1962-1973)» , Estudios Públicos, 72 (primavera 1998): 151-171; Marcelo Casals, «Chile en la encrucijada. Anticomunismo y propaganda en la “campaña del terror” de las elecciones presidenciales de 1964», en Alfredo Riquelme y Tanya Harmer eds. Chile y la Guerra Fría Global . Santiago: RIL Editores, 2014: 89-111; Margaret Power, «The Engendering of Anticommunism and Fear in Chile’s 1964 Presidential Election» , Diplomatic History, 32 (5), 2008: 931-53.

449Para las operaciones clandestinas de EE.UU. en Chile desde las elecciones de 1964, véase Kristian Gustafson, Hostile Intent. U.S. Covert Operations in Chile 1964-1974, Washington, D.C.: Potomac Books, 2007.

450Una lista de muchos de los incidentes, con fechas, descripciones de los hechos y citas de los diarios, se encuentra en Patricia Arancibia et. al. 2003, Supra . Para las tomas urbanas véase Manuel Loyola, «Los pobladores de Santiago en su fase de incorporación a la vida política nacional, 1952-1964», Cuadernos de Ideas , 3, Universidad Católica Silva Henríquez. Cuadro 2, pp. 37-38.

451Al promulgarse la Ley 15.020 de reforma agraria en 1962 se creó un Tribunal Especial de Expropiaciones Agrarias en cada una de las ciudades asiento de Corte de Apelaciones. Véase artículo 29 de dicha ley.

452 Senado . 52ª Sesión (ordinaria: de 16 a 19). 16 de enero de 1962: 2338-39. Modifica la Ley 6.827 sobre organización y atribuciones de los Juzgados de Policía Local.

453 Senado . 64ª Sesión (ordinaria: de 16 a 19). 4 de abril de 1962: 3105-3114.

454Eduardo Novoa Monreal, «Justicia de Clase», que fue publicado originalmente en la revista Mensaje, 19 (187): 108-118, marzo-abril de 1970. .

455 Senado . 53ª Sesión (especial: de 11 a 13). 17 de enero de 1962: 2495 y ss.

456 Senado . Ibíd., 2502.

457Ibíd., 2507.

458Ibíd., 2512.

459 Senado . 54ª Sesión (ordinaria: de 16 a 19). 17 de enero de 1962: 2549-50. Ibáñez, empresario exitoso, sería fundador del Partido Nacional en 1966.

460No siempre los Juzgados de Indios desprotegían los intereses de los mapuche en el proceso de «radicación». Incluso hubo conflictos de jurisdicción con los Juzgados de Letras (antes de 1961), en que los Juzgados de Indios intentaron impedir los desalojos ordenados por los tribunales ordinarios. Un caso notable fue el de la comunidad «Pedro Melita» (Departamento de Lebu, Arauco) en 1953. El Juzgado de Indios hizo saber que «ese lanzamiento sería ilegal, por corresponder exclusivamente a este Juzgado el conocimiento de todo lo que se relaciona con los terrenos en que solicitan ser radicados los señores Melita y, además, el decreto N° 2.828 no permite estos lanzamientos sobre terrenos de indígenas como son los terrenos ocupados por los señores Melita». Véase Cámara de Diputados . 21ª Sesión (legislatura extraordinaria: de 16.15 a 20.14). 18 de noviembre de 1953: 1021-1024.

461José Bengoa, Historia del Pueblo Mapuche (siglo XIX y XX) , Santiago: Sur, 5ª ed., 1996: 377.

462 Cámara de Diputados . 51ª Sesión (ordinaria: de 16.15 a 20.05). 7 de marzo de 1962: 3562. Cursiva de los autores.

463 Cámara de Diputados . 52ª Sesión (ordinaria: 13 de marzo de 1962: 3642). Firman Santos Medel B., Fermín Fierro L., Jacobo Schaulsohn, Orlando Millas, Alberto Jerez, Jorge Aravena y Rafael L. Gumucio.

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