Brian Loveman - Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile - 1958-1973)

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Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile: 1958-1973): краткое содержание, описание и аннотация

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En los conflictos y procesos judiciales analizados, se revelan las diferencias ideológicas y políticas existentes en el país, haciendo difícil asegurar la percepción de imparcialidad, de neutralidad e independencia de los tribunales.

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En defensa de los ministros, el diputado Florencio Galleguillos (PR) intervino:

En muchas oportunidades se ha debatido con energía y calor puntos de vista, y de todos los bancos han salido expresiones que revelan un pensamiento acendrado. Pero de ahí [a] llegar a afirmar que magistrados de la Excelentísima Corte Suprema, hombres de una larga y meritoria carrera, a quienes nunca se ha discutido ni en este lugar ni en ninguna otra parte el correcto ejercicio de sus funciones, que han gozado de la respetabilidad pública y que en el desempeño de sus cargos han dignificado sus funciones y enaltecido sus vidas, vengan ahora a raíz de una reclamación electoral, entre las muchas que tuvieron que decidir a quebrantar su norma de conducta, su línea imperturbable de corrección, su dignidad pública y la práctica invariable de los tribunales de justicia, es, indudablemente, una afirmación temeraria 291.

Como ocurría con casi todas las acusaciones constitucionales, los cargos contra los ministros de la Corte Suprema reflejaban las tensiones de la coyuntura política. Su desenlace se decidiría por el equilibrio de fuerzas políticas, no por argumentos jurídico-constitucionales 292. Los comités de los partidos Conservador Unido, Radical y Liberal rechazaban la acusación, mientras que los comités de los partidos Democrático Nacional, Socialista, Comunista y Demócrata Cristiano estaban a favor de acogerla. Finalmente hubo 56 votos por la afirmativa, 75 por la negativa y una abstención. La acusación fue declarada improcedente por estimarse que los acusados no eran susceptibles de ella, «puesto que no formaba parte de los Tribunales Superiores de Justicia, concepto que la Constitución confirmaba, ya que dicho tribunal estaba tratado en forma separada del referente al Poder Judicial, sumado al hecho de tener una generación, composición, jurisdicción y procedimientos distintos» 293. A pesar de no dar lugar a la acusación, los debates ilustraban la erosión del prestigio de los ministros de la Corte Suprema y del Poder Judicial entre diversos sectores políticos, por su rol dentro de un sistema político denunciado como injusto y que, según la oposición, estaba a poco tiempo de ser derribado.

Los estudiantes de Ingeniería Naval: procesos judiciales y amnistía 294

En un ambiente político caldeado se produjo un caso de «indisciplina» entre alumnos de la Escuela de Ingeniería Naval de Valparaíso. Los que, a primera vista, parecían acontecimientos de menor importancia llegarían a incitar debates en el Congreso sobre el funcionamiento de la justicia militar, la polarización política en el país, el uso de las amnistías como instrumento reiterado para «pacificar» los ánimos y las relaciones cívico-militares en una república democrática.

Por oficio reservado 6075/9 del director de la Escuela de Ingeniería Naval (EIN) Jorge Cause Anwandter, capitán de navío e ingeniero director, dirigido al comandante en jefe de la 1ª zona naval, le informaba sobre graves faltas a la disciplina cometidas por personal de la EIN. Indicaba que el teniente 2º José Concha Vidal le expresó que «circulaban rumores que algunos grupos de personal habían manifestado disconformidad con ciertos aspectos del régimen interno (…) la que pretendían dar a conocer negándose a almorzar hoy día miércoles 10». Dejó constancia que se adoctrinó a los señores oficiales de la Escuela «para que separaran al personal y le dieran a conocer los rumores existentes a fin de prevenirlos a cometer actos de graves consecuencias en circunstancias que quedaba abierto el camino a las peticiones directas (…) a la hora del rancho un grupo de 70 alumnos, cuya relación se adjunta, se manifestó definitivamente dispuesto a no almorzar aduciendo razones de salud» 295.

Se realizó una investigación sumaria administrativa entre el 10 y el 23 de mayo de 1961, la que fue «ordenada instruir por la comandancia en jefe de la primera zona naval, en averiguación del movimiento indisciplinario acaecido el miércoles 10 de mayo de 1961, que consistió en que el personal de alumnos de la escuela de ingeniería naval se negó a almorzar en la fecha indicada». Fue designado fiscal el capitán de navío Sergio Vattier Bañados y secretario, el capitán de corbeta (auditor) Aldo Montagna Barguetto.

En virtud de la investigación sumaria fueron arrestados 43 marineros de la 1ª brigada, cuyo listado fue firmado por el capitán de corbeta Fernando Villanueva Moreno; y 31 marineros de la 2ª brigada, el listado firmado por el capitán de corbeta Fernando Cevallos Jones. Fueron procesados 23 296.

El abogado socialista Emilio Contardo asumió la defensa de los marinos detenidos 297. El historiador Jorge Magasich señaló que la situación se originó cuando 74 marinos se negaron a concurrir al rancho y fueron arrestados por destacamentos de infantes de marina. A ese movimiento se plegaron los estudiantes de ingeniería naval 298. Negarse a almorzar era calificado por los reglamentos como indisciplina. De acuerdo con las informaciones de prensa hubo centenares de detenidos 299.

Magasich indica que «el cabo Mariano Ramírez se había enterado que todas las escuelas del sector Las Salinas (Ingeniería, Telecomunicaciones y Artillería) habían formado una coordinación para protestar “porque las comidas eran muy malas”, pero finalmente sólo los de Ingeniería se plegaron al bandejazo» 300. El abogado Contardo relató que los estudiantes de la Escuela de Ingeniería Naval se negaron a consumir alimento y que un oficial lo consideró insubordinación, los hizo salir, los hizo formar y dio la orden de volver a las aulas pero nadie obedeció: «Entonces era insubordinación, era motín. Destruía la esencia de la disciplina de ellos. Y decidieron procesar a todo este personal por el delito de sedición o motín que figura como uno de los delitos más graves en el Código de Justicia Militar» 301.

De acuerdo con la ley de seguridad interior del Estado no se podía procesar por sedición o motín sin requerimiento del Presidente de la República, del ministro del Interior o del intendente respectivo. Ante la falta de esa orden, la Corte Marcial acogió el recurso de amparo presentado por el abogado y, dado este procedimiento, él pudo entrevistarse con los detenidos. Allí descubrió que habían sido torturados 302.

Seis diputados por Valparaíso pertenecientes a cinco partidos políticos se entrevistaron con el intendente de Valparaíso, vicealmirante Cubillos Rivera. Además recibieron a un grupo de jóvenes licenciados de la Escuela de Ingeniería Naval. Sobre esa conversación, el diputado Volodia Teitelboim informó a la Cámara que:

En primer término, se quejaron por la suspensión de permisos especiales, incluso en ciertos casos calificados. También lo hicieron con respecto a la mala preparación del rancho en circunstancias de que, según sus declaraciones, la ración de la Armada es de primera calidad. Además, reclamaron por el trato incorrecto de los señores oficiales Humberto Sciacaluga y Fernando Ceballos, que no corresponden a los de un oficial para con sus subalternos, habiendo demostrado, según su versión, absoluto desconocimiento del artículo 91 de la ordenanza de la Armada, que dice que no se deben usar palabras inconvenientes o ultrajantes, ni modales incorrectos o hirientes 303.

Los estudiantes reclamaron por los frecuentes castigos y por el rigor desmedido al aplicar sanciones. En vista de esta situación, «el personal, en forma absolutamente espontánea, se negó en un día determinado a almorzar, razón por la cual fueron licenciados alrededor de ciento cincuenta muchachos. (…) al visitar el día lunes la Sección de Detenidos de Valparaíso, tuve la desagradable sorpresa de encontrar entre ellos a uno de los muchachos que había venido a la Cámara» 304. Señaló más adelante Teitelboim que la Corte Marcial acogió, respecto de los primeros procesados, la apelación de la encargatoria de reo, rechazando la idea de sedición y motín y sustituyéndola por «incumplimiento de deberse militares». El intendente de Valparaíso, vicealmirante Cubillos Rivera, presentó el requerimiento por infracciones a la ley de seguridad interior del Estado. Así se agravaron bruscamente las cosas y se produjeron detenciones por parte de la Justicia ordinaria 305.

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