DATOS
DESARROLLO
1o. Determinación del factor de actualización.
2o. Determinación de la deducción correspondiente al ejercicio de 2020.
COMENTARIOS
En este caso se puede seguir la mecánica para determinar la deducción de un bien a tasas normales que se empieza a utilizar posteriormente a su adquisición. Es de llamar la atención el periodo de actualización de la depreciación del bien adquirido en nuestro caso, pues se comienza a utilizar en agosto, que, aun no siendo un mes completo, influye negativamente en el factor de actualización, ya que si la ley hiciere referencia a meses completos para actualizar la depreciación como lo hace para efectos de deducción, el periodo de actualización sería de marzo a octubre, es decir, el mes de adquisición y el último mes de la primera mitad del periodo en el que el bien se utilizó, periodo que insistimos, si fuese de meses completos, sería septiembre a diciembre, siendo la mitad octubre. Pero al no ser así, el periodo de agosto a diciembre es de cinco meses que, al ser impar, se tiene que retroceder al anterior al que se encuentre en dicha mitad, siendo septiembre.
REFERENCIA
Artículos 31 y 35.
CASO 3
PLANTEAMIENTO
Deducción correspondiente al ejercicio irregular de 2020 de una maquinaria que se adquirió el 12 de agosto del mismo año.
•Se deprecia con base en el artículo 31.
•Se empieza a utilizar en el mismo mes de la adquisición.
•El ejercicio es julio-diciembre de 2020 (irregular).
•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.
DATOS
DESARROLLO
1o. Determinación del factor de actualización.
2o. Determinación de la deducción correspondiente al ejercicio de 2020.
COMENTARIOS
En este caso, la mecánica de cálculo observa el mismo procedimiento que en ejemplos anteriores, sin embargo, hemos querido destacar que se trata de un ejercicio irregular. Respecto al periodo de actualización de la depreciación, remitimos al lector a la parte final del comentario del caso anterior.
REFERENCIA
Artículos 31 y 35.
CASO 4
PLANTEAMIENTO
Deducción correspondiente al ejercicio de 2021, de una maquinaria que se adquirió el 2 de abril de 2020.
•Se deprecia con base en el artículo 31.
•Se empieza a utilizar el 17 de julio de 2020.
•El ejercicio es enero-diciembre de 2021.
•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio siguiente al de su utilización.
DATOS
DESARROLLO
1o. Determinación del factor de actualización.
2o. Determinación de la deducción correspondiente al ejercicio de 2021.
COMENTARIOS
Como se opta por iniciar la deducción del bien en el ejercicio siguiente al de su utilización, el factor de actualización aplicable a la depreciación comprende el periodo del mes de adquisición y hasta el último mes de la primera mitad del periodo de uso, que viene a ser el de la mitad del ejercicio.
REFERENCIA
Artículos 31 y 35.
CASO 5
PLANTEAMIENTO
Deducción correspondiente al ejercicio de 2021, de una maquinaria que se adquirió el 2 de abril de 2020.
•Se deprecia con base en el artículo 31.
•Se empieza a utilizar el 17 de marzo de 2021.
•El ejercicio es enero-diciembre de 2021.
•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.
DATOS
DESARROLLO
1o. Determinación del factor de actualización.
2o. Determinación de la deducción correspondiente al ejercicio de 2021.
COMENTARIOS
Es importante hacer notar que en este caso, al haberse iniciado la utilización del bien en el año posterior al de su fecha de adquisición, el cálculo de la actualización de la depreciación se hará entre la fecha de adquisición y el último mes de la primera mitad del periodo de uso por el ejercicio en que se efectúa la deducción.
Cabe aclarar que en este supuesto se podría haber dado el caso de empezar a deducir la inversión hasta dos ejercicios después de la fecha de adquisición, por la opción que existe de deducir las inversiones en el año en que dé comienzo la utilización o al siguiente; en este caso, la deducción se inició en el año en que dio comienzo la utilización del bien.
REFERENCIA
Artículos 31 y 35.
CASO 6
PLANTEAMIENTO
Deducción para el ejercicio de 2021 de una maquinaria que se vendió el 7 de mayo de 2021.
•Se deprecia con base en el artículo 31.
•Se adquirió el 19 de marzo de 2020.
•Se empezó a utilizar el mismo mes de su adquisición.
•El ejercicio es enero-diciembre de 2021.
•Se optó por depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.
DATOS
DESARROLLO
1o. Determinación del saldo pendiente por deducir.
2o. Determinación del factor de actualización.
3o. Determinación de la deducción por efectuar derivada de la enajenación del bien.
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