José Pérez Chávez - Manual de casos prácticos de ISR 2020

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Manual de casos prácticos de ISR 2020: краткое содержание, описание и аннотация

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Entre los tributos más importantes del sistema fiscal mexicano se encuentra el impuesto sobre la renta (ISR), el cual, por lo general, grava la renta (utilidades) de las personas físicas y morales.
Por está razón hemos elaborado la presente obra denominada Manual de casos prácticos de ISR. Su principal objetivo es presentar a los lectores un extenso análisis de las disposiciones fiscales relacionadas con dicho gravamen mediante el marco teórico de cada tema y la exposición de diversos casos prácticos.
Esta obra va dirigida a quienes se encargan del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales, a los contadores que se dedican a dar asesoría fiscal, a los maestros de impuestos, estudiantes y, en general, a cualquier persona que se interese en la materia fiscal.

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•Las prestaciones laborales exentas del ISR para los trabajadores no disminuyeron en el ejercicio de 2020 en relación con el ejercicio de 2019.

DATOS

Del ejercicio 2020:

Del ejercicio 2019 Otros DESARROLLO 1o D - фото 124

Del ejercicio 2019:

Otros DESARROLLO 1o Determinación del factor de no deducibilidad en el ISR - фото 125

Otros:

DESARROLLO 1o Determinación del factor de no deducibilidad en el ISR por las - фото 126

DESARROLLO

1o. Determinación del factor de no deducibilidad en el ISR, por las prestaciones exentas del impuesto.

a) Determinación del cociente 1, correspondiente al ejercicio de 2020.

b Determinación del cociente 2 correspondiente al ejercicio de 2019 c - фото 127

b) Determinación del cociente 2, correspondiente al ejercicio de 2019.

c Comparación entre el cociente 1 correspondiente al ejercicio de 2020 y el - фото 128

c) Comparación entre el cociente 1, correspondiente al ejercicio de 2020, y el cociente 2, relativo al ejercicio de 2019.

Cociente 1, correspondiente al ejercicio de 2020 Mayor o menor que Cociente 2, correspondiente al ejercicio de 2019
0.3368 > 0.3071

Nota: Debido a que el cociente 1, correspondiente al ejercicio de 2020 (0.3368), es mayor que el cociente 2, relativo al ejercicio de 2019 (0.3071), se entiende que no hubo una disminución de las prestaciones otorgadas por el contribuyente a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos del ISR para dichos trabajadores; por tanto, el factor de no deducibilidad aplicable a estos ingresos será de 0.47.

2o. Determinación de las cantidades deducibles en el ISR por el pago de prestaciones laborales exentas de este impuesto para los trabajadores, correspondientes al ejercicio de 2020.

a) Determinación de las cantidades no deducibles en el ISR por el pago de prestaciones laborales exentas de este impuesto para los trabajadores, correspondientes al ejercicio de 2020.

b Determinación de las cantidades deducibles en el ISR por el pago de - фото 129

b) Determinación de las cantidades deducibles en el ISR por el pago de prestaciones laborales exentas de este impuesto para los trabajadores, correspondientes al ejercicio de 2020.

COMENTARIOS La LISR estipula que no serán deducibles los pagos que a su vez - фото 130

COMENTARIOS

La LISR estipula que no serán deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para los trabajadores, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos. Este factor será de 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio inmediato anterior.

Al efecto, para determinar si en el ejercicio disminuyeron las prestaciones otorgadas a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para estos, respecto de las otorgadas en el ejercicio inmediato anterior, se estará al procedimiento referido en la regla que se cita en la referencia, el cual se mostró en este caso práctico.

En este sentido, el factor de no deducibilidad que se determinó fue de 0.47; por tanto, la deducción del pago de prestaciones laborales exentas de ISR para los trabajadores fue de 53%.

Cabe observar que para conocer los cocientes que se determinaron en este caso práctico se considerarán, entre otras, las siguientes erogaciones:

1. Sueldos y salarios.

2. Rayas y jornales.

3. Gratificaciones y aguinaldo.

4. Indemnizaciones.

5. Prima de vacaciones.

6. Prima dominical.

7. Premios por puntualidad o asistencia.

8. Seguro de vida.

9. Reembolso de gastos médicos, dentales y hospitalarios.

10. Previsión social.

11. Seguro de gastos médicos.

12. Fondo y cajas de ahorro.

13. Vales para despensa, restaurante, gasolina y para ropa.

14. Ayuda de transporte.

15. Cuotas sindicales pagadas por el patrón.

16. Fondo de pensiones, aportaciones del patrón.

17. Prima de antigüedad (aportaciones).

18. Gastos por fiesta de fin de año y otros.

19. Subsidios por incapacidad.

20. Becas para trabajadores y/o sus hijos.

21. Ayuda de renta, artículos escolares y dotación de anteojos.

22. Ayuda a los trabajadores para gastos de funeral.

23. Intereses subsidiados en créditos al personal.

24. Horas extra.

25. Jubilaciones, pensiones y haberes de retiro.

26. Contribuciones a cargo del trabajador pagadas por el patrón.

Conforme a la regla que se indica en la referencia, se infiere que aplica para comparar el ejercicio de 2020 contra el ejercicio de 2019.

REFERENCIA

Artículo 28, fracción XXX de la LISR y regla 3.3.1.29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019.

CASO 2

PLANTEAMIENTO

Determinación de las cantidades deducibles en el ISR del ejercicio de 2020 por el pago de prestaciones laborales exentas de este impuesto para los trabajadores.

•Las prestaciones laborales exentas de ISR para los trabajadores disminuyeron en el ejercicio de 2020 en relación con el ejercicio de 2019.

DATOS

Del ejercicio de 2020:

Del ejercicio de 2019 Otros DESARROLLO 1o - фото 131

Del ejercicio de 2019:

Otros DESARROLLO 1o Determinación del factor de no deducibilidad en el ISR - фото 132

Otros:

DESARROLLO 1o Determinación del factor de no deducibilidad en el ISR por las - фото 133

DESARROLLO

1o. Determinación del factor de no deducibilidad en el ISR, por las prestaciones exentas del impuesto.

a) Determinación del cociente 1, correspondiente al ejercicio de 2020.

b Determinación del cociente 2 correspondiente al ejercicio de 2019 - фото 134

b) Determinación del cociente 2, correspondiente al ejercicio de 2019.

cComparación entre el cociente 1 correspondiente al ejercicio de 2020 y el - фото 135

c)Comparación entre el cociente 1, correspondiente al ejercicio de 2020, y el cociente 2, relativo al ejercicio de 2019.

Cociente 1, correspondiente al ejercicio de 2020 Mayor o menor que Cociente 2, correspondiente al ejercicio de 2019
0.3626 < 0.3854

Nota: Debido a que el cociente 1, correspondiente al ejercicio de 2020 (0.3626), es menor que el cociente 2, relativo al ejercicio de 2019 (0.3854), se entiende que hubo una disminución de las prestaciones otorgadas por el contribuyente a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos del ISR para dichos trabajadores; por tanto, el factor de no deducibilidad aplicable a estos ingresos será de 0.53.

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