Esta es la forma en la que debe determinarse la base del IVA en operaciones de ventas a plazos o de arrendamiento financiero; cabe señalar que el impuesto deberá pagarse en el momento en el que efectivamente se cobren las contraprestaciones pactadas y sobre el monto de cada una de ellas.
REFERENCIA
Art. 12.
CASO 11
PLANTEAMIENTO
Determinación de la base sobre la que se calculará el IVA por la enajenación de un edificio destinado, parcialmente, al uso comercial.
DATOS
FORMULAS
1o. Para determinar el porciento de la enajenación que está sujeto al pago del IVA.
2o. Para determinar la base del impuesto.
SUSTITUCION
1o. Determinación del porciento de la enajenación que está sujeto al pago del IVA.
2o. Determinación de la base del impuesto.
COMENTARIOS
En las enajenaciones de construcciones adheridas al suelo que estén parcialmente sujetas al pago del impuesto, la proporción del total de la operación que se encuentra gravada por la LIVA, debe determinarse en función del porciento que representen los metros del inmueble que se utilizan para fines distintos del habitacional con respecto al total de metros construidos.
En operaciones consignadas en escritura pública, el notario, corredor o juez, son las personas encargadas de realizar el cálculo y entero del IVA generado, excepto cuando se trate de operaciones de dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria a favor de instituciones de crédito en las que se efectúe la retención prevista en el artículo 1o.-A de la LIVA.
REFERENCIA
Arts. 1o., 9o., fracción II, 12 y 33.
CASO 12
PLANTEAMIENTO
Determinación del IVA trasladado por la enajenación de un bien en México.
•El monto total de la operación fue efectivamente cobrado.
DATOS
FORMULA
1o. Para determinar el IVA trasladado.
SUSTITUCION
1o. Determinación del IVA trasladado.
COMENTARIOS
Una vez que se ha determinado la base del impuesto, todo lo que se debe hacer para determinar el IVA trasladado es multiplicar ésta por la tasa a la que se encuentra sujeta la operación.
REFERENCIA
Arts. 1o., 11 y 12.
CASO 13
PLANTEAMIENTO
Determinación del IVA trasladado por la enajenación de un bien en México cuando, en la fecha en que se celebra la operación, el total del precio pactado no se puede determinar.
•No se ha cobrado efectivamente ninguna cantidad por esta operación.
DATOS
DESARROLLO
En este tipo de operaciones no se puede determinar el impuesto correspondiente.
COMENTARIOS
Cuando por las características de la operación, el precio del bien no pueda determinarse al momento en el que ésta se realice, el impuesto correspondiente se determinará hasta la fecha en que el precio pueda ser determinado y se efectúe el pago del mismo.
REFERENCIA
Arts. 1o., 11 y 12.
CASO 14
PLANTEAMIENTO
Determinación del IVA trasladado por la enajenación de un bien en México cuando, en la fecha en que se celebra la operación, sólo una parte del total del precio pactado del bien se puede determinar.
•Unicamente se cobraron efectivamente las contraprestaciones que se pudieron determinar.
DATOS
FORMULA
1o. Para determinar el IVA trasladado correspondiente a la parte del precio del bien que se pudo determinar.
SUSTITUCION
1o. Determinación del IVA trasladado correspondiente a la parte del precio del bien que se pudo determinar.
COMENTARIOS
Cuando por las características de la operación sólo pueda determinarse parcialmente el precio del bien, únicamente se determinará el IVA correspondiente a dicha parte en el momento en que ésta sea efectivamente cobrada.
El impuesto correspondiente a la parte desconocida del valor del bien, se determinará hasta la fecha en la que su valor pueda ser determinado y se realice el cobro del mismo.
REFERENCIA
Arts. 1o., 11 y 12.
CASO 15
PLANTEAMIENTO
Determinación del IVA trasladado por la enajenación de un bien en México, en la fecha en que finalmente se pudo determinar el total del precio pactado por el mismo, cuando con anterioridad sólo había sido posible calcular parcialmente su valor.
•Se cobró efectivamente la parte que estaba pendiente de determinar.
DATOS
FORMULAS
1o. Para determinar el monto de la base por el que no se ha trasladado el IVA.
2o. Para determinar el IVA trasladado, correspondiente a la parte del precio del bien que no se había podido determinar.
SUSTITUCION
1o. Determinación del monto de la base por el que no se ha trasladado el IVA.
2o. Determinación del IVA trasladado, correspondiente a la parte del precio del bien que no se había podido determinar.
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