Autorretrato de un idioma

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A menudo escuchamos, por boca de escritores, gramáticos y cargos públicos, entusiastas loas a la lengua española: su grandeza, su hermosura, su elegancia. Ante estos calificativos cabe preguntarse: ¿Atienden a motivos meramente lingüísticos o más bien laten en ellos implicaciones étnicas, culturales y políticas? Autorretrato de un idioma presenta una serie de textos fundamentales en los que distintos estamentos han abordado algunas cuestiones relacionadas con el español: desde su expansión vinculada al imperio hasta las recientes polémicas del lenguaje inclusivo. A continuación, distintas voces representativas de las distintas variedades de nuestra lengua, analizan dichos fragmentos y los ponen en contexto para revelar sus implicaciones últimas, y así reconocer la lengua como un territorio ideológico en disputa.

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Carlos III nombró a Francisco Antonio Lorenzana y Buitrón (n. León, España 1744 y m. Roma, Italia 1804) arzobispo de la diócesis de México (1766-1772). Respaldado por una amplia experiencia en el gobierno diocesano en España, estuvo a cargo de reorganizar la administración y las finanzas de la Iglesia novohispana. Durante su estancia en la Nueva España, Lorenzana no solo protegió los derechos y atribuciones que poseían los monarcas en el orden eclesiástico sino, además, por su adhesión a la tendencia regalista de la época, favoreció el aumento del poder real absoluto. Actuó al lado del visitador real José de Gálvez (1720-1787) y del virrey Francisco de Croix (1699-1786) en la expulsión de los jesuitas (1767), continuó con la secularización de parroquias, iniciada por Rubio y Salinas, y puso en marcha profundos cambios administrativos en la diócesis de México. Componente sustantivo de su programa reformista fueron las estrategias diseñadas para hacer efectiva la generalización del castellano.

Las actividades que realizó Lorenzana durante los seis años de estadía en la Nueva España dan muestras claras de su experiencia y expectativas como eclesiástico, jurista, administrador e historiador, inspirado en un ambiente racionalista e ilustrado. Sus habilidades e intereses se materializaron en este corto período de tiempo con una amplia producción: la elaboración del Plan de División Territorial de las Parroquias (1767) y el Padrón de Comulgantes (1768), resultado de la consulta de los archivos eclesiásticos en España y en la diócesis de México, así como de las observaciones y entrevistas que realizó durante la Visita pastoral; la realización de una nueva edición de las constituciones de los tres primeros Concilios Mexicanos (1555-1565-1585), obras publicadas en 1769 y 1770; la composición de Historia de la Nueva España (1770) y los preparativos para la celebración del IV Concilio Mexicano. De manera paralela a estas labores, se dio a la tarea de redactar y difundir numerosas disposiciones disciplinares y doctrinales con la finalidad de depurar las actividades pastorales de la clerecía. La reunión y publicación de este último conjunto de disposiciones conformaron el volumen Cartas Pastorales y Edictos (1770).

Desde los inicios de su prelacía en México, Lorenzana manifestó su desconfianza hacia los «clérigos ordenados a título de idioma». La mayoría de estos párrocos eran mestizos e indígenas, pertenecían al bajo clero, se desempeñaban como vicarios (ayudantes) de los curas titulares de las parroquias; muchos de ellos carecían de empleo fijo y además era común que sirvieran de intérpretes. En su primera Carta Pastoral (1766), el arzobispo se refirió «a los padres lengua», señalando que muchos de ellos no tenían «suficiencia y literatura» ni tampoco trabajo estable: «los vemos mendigar». En las Reglas para que los naturales de estos reinos sean felices en lo espiritual y temporal (1768) les solicitó que difundieran este texto entre sus feligreses, «si fuese necesario en Idioma, y si no acostumbrarles el Castellano», al ser labor suya persuadir a los indios para que asistieran a las escuelas y explicarles cuáles eran las ventajas de hablar y escribir en castellano (erradicar su ignorancia, cuidar sus bienes, ampliar la compra y venta, participar en el gobierno de sus pueblos y comunicarse directamente con sus superiores). En las notas que acompañan la nueva edición de los Concilios Mexicanos I y II , el arzobispo dejó asentado que los «clérigos lengua» eran «enemigos del bien de los naturales, de su felicidad y racionalidad» y así también «perturbadores del gobierno eclesiástico». Su falta de disciplina era ostensible al no encauzar a los feligreses al aprendizaje de la lengua castellana.

El virrey F. de Croix colaboró con Lorenzana, al solicitarle que cumpliera a cabalidad con las instrucciones que había dado la cédula real de 1754, tres lustros antes, a las autoridades eclesiásticas. Esta cédula presentaba de manera selectiva y sucinta distintas disposiciones registradas en Las Leyes de Indias (1680), destacando, por una parte, la desconfianza y las dificultades habidas por el empleo de las lenguas indígenas en las labores pastorales (gran número de lenguas, insuficiencia de las cátedras instituidas y dudosa calidad de las traducciones de los textos catequéticos) y, por otra, la persistente petición hecha a los ministros eclesiásticos para que contribuyeran a la enseñanza del castellano. Los medios recomendados para tal efecto eran: emplear maestros o sacristanes para «los indios que voluntariamente la quieran aprender», o bien «curas y doctrineros, [que] usando de los medios más suaves, dispongan y encaminen que a todos los indios sea enseñada la lengua española, y en ella la doctrina cristiana».

La respuesta de Lorenzana fue la Pastoral V, titulada «Para que los indios aprendan castellano». En ella formuló un mandato lingüístico disciplinario: que todos los párrocos, vicarios y clérigos, incluidos los «padres lengua» usaran el castellano en toda interacción con los indios (la explicación de la doctrina cristiana y en el trato común) a fin de que lo aprendieran y se «[soltaran] a hablarle aun en aquellas cosas de comercio, trato económico, y de plaza, que ellos llaman tianguistlatolli ». Para garantizar la ejecución de este mandato, el arzobispo demandó el cumplimiento del voto de la Santa Obediencia, bajo pena de castigo. A esta orden sumó el exhorto destinado a la feligresía hispanohablante, especialmente a jueces y dueños de las haciendas, para que emplearan el castellano en el trato ordinario con los indios a fin de que contribuyeran con «esta obra de caridad para la Nación y el servicio de Dios». La Pastoral V contiene, además, propuestas de tipo administrativo para reducir el número y movilidad de «padres lengua»: la primera, que estos fuesen empleados exclusivamente en las parroquias que daban servicios pastorales a pueblos de indios que desconocían el castellano; la segunda, crear un nuevo ordenamiento de clérigos «a título de administración», los cuales tendrían adscripción fija. La tercera medida quedaba en manos de los arzobispados, cuyos examinadores debían elegir, entre los numerosos aspirantes, a aquellos con mayores méritos académicos y morales. A ellos correspondía el beneficio económico recibido por las vicarías. Con estas medidas se potenciaba la regulación lingüística de la corona vigente en ese momento: la colaboración de los eclesiásticos en la enseñanza del castellano. El contrapeso de esta preceptiva consistía en el carácter potestativo del aprendizaje de esta lengua: «[a los indios] que voluntariamente la quieran aprender» y «usando los medios más suaves».

Lorenzana justificó sus disposiciones y propuestas en el extenso preámbulo introductorio de la Pastoral. Los argumentos que presentó ponen de manifiesto su postura regalista, así como su interpretación unidireccional y eurocentrista de la historia de los pueblos y de las lenguas. Con base en estas convicciones, y dando muestra de su vasta erudición, el arzobispo puso de relieve que, a mayor extensión y arraigo del castellano en la nación, sería mejor el gobierno de las dos potestades (el Soberano y la Iglesia). También prosperarían las relaciones entre los vasallos (familiaridad, sociedad, hermandad, policía, trato doméstico, comercio y olvido de las enemistades con los conquistados y de las divisiones de unos con otros). Recurrió a autoridades, antiguas y recientes, para destacar que la coexistencia de diferentes lenguas ocasionaba graves daños para el gobierno temporal y espiritual. Esto lo expresaban Las Sagradas Escrituras con el ejemplo la Torre de Babel y Platón en la República . Conocedores del Nuevo Mundo hacían reparos semejantes. Tal era el caso de Juan de Solórzano y Pereira (1575-1655), oidor de la Audiencia de Lima y fiscal del Consejo de Indias, colaborador en la factura de las Leyes de indias y autor de Política Indiana (1647). Este experimentado jurista había puesto sobre aviso a los funcionarios españoles al afirmar que: «entre gente de idioma extraño se traman las sediciones» y «se acalora la misma diversidad de costumbres con la memoria de sus antiguos señores, traje, libertad y otros vicios y su aversión a los que mandan».

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