1 ...8 9 10 12 13 14 ...20 Sin embargo, la claridad de este enfoque económico empezó a diluirse con la entrada en escena de los expertos en educación aplicados al espíritu emprendedor, cuyo primer resultado fue el trabajo en paralelo que la misma Comisión Europea había encomendado al grupo europeo de expertos del proyecto Best sobre Educación y formación en el espíritu empresarial (European Commission, 2002b: 10, 16). En este informe, se advierte que “el espíritu empresarial no se debe considerar únicamente un medio de crear una nueva empresa, sino una actitud que siempre puede ser de utilidad en la vida cotidiana y en todas las actividades profesionales”. El texto añade expresamente la unanimidad del grupo sobre la necesidad de reflejar dos elementos del espíritu empresarial: los que no están centrados directamente en la creación de nuevas empresas, y aquellos otros dirigidos a la creación de una empresa. Aunque el programa de trabajo “Educación y formación 2010” mantuvo el enfoque en la creación y el desarrollo de empresas como propósito final del espíritu emprendedor, la difusión de la interpretación transversal de la competencia en emprendimiento había prendido y pronto se convirtió en norma, siempre con el argumento de la necesidad de extender el espíritu emprendedor a todos los ámbitos sociales y económicos.
2.2. Concepto de competencia emprendedora
El primer plan sistemático de la Unión Europea para la educación en el espíritu emprendedor, perfilado en el informe de evaluación de resultados en la aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa (European Commission, 2005f), fue el momento de presentar la necesidad de definir y promover el espíritu emprendedor como una actitud transversal valiosa en todos los niveles de responsabilidad, ante el insuficiente avance de la Unión Europea en emprendimiento con los programas previos. La carta introduce aquí un matiz: “el espíritu empresarial debe entenderse en su sentido más amplio: no sólo como un medio para crear nuevas empresas, sino también como una mentalidad”.
Por tanto, invocar el concepto de espíritu empresarial significa referirse a dos tipos de capacidades con distinto grado de especificidad (European Commission/EACEA/Eurydice, 2016: 22; González, 2006: 420; European Commission, 2004c):
a) Las capacidades más específicasson las vinculadas al desarrollo profesional como empresario o promotor de una nueva empresa sea cual sea su dimensión. El emprendimiento aplicado al desarrollo de una nueva empresa tiene un alcance concreto que refiere los conocimientos y comportamientos exigibles para llevar a buen puerto nuevas ideas productivas, centrándose pues su contenido en capacidades económicas, empresariales, directivas y financieras. Podríamos llamar a estas capacidades de talento emprendedor.
b) Las capacidades más genéricasson las destrezas útiles para las personas en cualquier contexto social, incluyendo el emprendimiento empresarial. Esta segunda acepción de espíritu emprendedor es mucho más amplia y transversal que la primera, pues es de aplicación en cualquier ámbito social y económico; por ello, enfatiza sobre todo el perfil de personalidad del emprendedor que late tras sus actitudes y ciertas habilidades que pueden ser practicadas y perfeccionadas en cualquier dominio, desde los negocios a la sociedad, la cultura o la política (Wickham, 2006). Esta amplia noción de sentido de la iniciativa y espíritu empresarial la separa con nitidez de la alfabetización económica, empresarial, directiva y financiera, a las que se reservarían las aptitudes enfocadas a la creación y desarrollo de nuevos negocios. Podríamos denominar a estas capacidades genéricas como capacidades de talante emprendedor.
La acotación más amplia o genérica del concepto de espíritu emprendedor es un anticipo de los resultados que derivaron del Proyecto Tuning – Sintonizar las estructuras educativas de Europa (González & Wagenaar, 2003) impulsado tras la Declaración de Bolonia. Su objetivo más interesante a los efectos de este trabajo era determinar las directrices para establecer las competencias genéricas y específicas que reflejan la maestría en una serie de campos disciplinares. Del proyecto nacieron 30 competencias genéricas, una de las cuales es la competencia “iniciativa y espíritu emprendedor”.
Paradójicamente, este fue el momento en que se intensificaba, con la Comunicación COM (2006) 33 de la Comisión Europea (European Commission, 2006a) sobre la educación de una mente emprendedora, la importancia del dinamismo empresarial para afrontar con éxito los desafíos de la competitividad y del crecimiento. Los dos programas marco europeos de fomento de la competitividad implementados desde entonces han seguido insistiendo en la importancia del espíritu emprendedor aplicado al acto de creación empresarial. El Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) (European Parliament & European Council, 2006c) siguió la directriz de considerar la iniciativa empresarial como una prioridad transversal fundamental para apoyar la competitividad y la capacidad innovadora dentro de la Unión Europea. El énfasis se colocó en este punto en la promoción de la iniciativa empresarial para dar lugar a la creación de pymes, desde las empresas “gacela” de alta tecnología hasta las microempresas y empresas familiares. El Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecía el Programa para la Competitividad de las Empresas y para las Pequeñas y Medianas Empresas (2014-2020) (European Parliament & European Council, 2011) siguió el mismo camino.
Sin embargo, la posición político-técnica que la Comisión Europea (European Commission/EACEA/Eurydice, 2006: 24, EACEA/Eurydice, 2012) ha manifestado desde 2006 se ha ido decantando por defender un concepto genérico de espíritu emprendedor en el cual no participan los conocimientos específicos sobre el emprendimiento empresarial o el intra-emprendimiento, ni las competencias concretas en gestión empresarial que deben acompañar al acto creativo primigenio para transformar la nueva idea de negocio en una organización con potencial de crecimiento y creación de valor.
La Comunicación COM (2006) 33 de la Comisión Europea (European Commission, 2006a) fue la antesala de la Recomendación 2006/962/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 (European Parliament & European Council, 2006b: 17), marcadora de la Agenda de Oslo que constituye la primera gran apuesta de esta institución por la educación emprendedora. Este último documento define la competencia en sentido de la iniciativa y espíritu emprendedor como una competencia clave genérica transversal que deberían dominar todos los alumnos. Esta ha sido la definición comúnmente aceptada desde entonces a nivel comunitario de espíritu emprendedor:
Por sentido de la iniciativa y espíritu emprendedor se entiende la habilidad de la persona para transformar las ideas en actos. Está relacionado con la creatividad, la innovación y la asunción de riesgos, así como con la habilidad para planificar y gestionar proyectos con el fin de alcanzar objetivos. En esta competencia se apoyan todas las personas, no solo en la vida cotidiana, en casa y en la sociedad, sino también en el lugar de trabajo, al ser conscientes del contexto en el que se desarrolla su trabajo y ser capaces de aprovechar las oportunidades
Esta competencia genérica se separa de los conocimientos sobre el funcionamiento general de la economía y sobre las formas en que los empresarios y las empresas afrontan las oportunidades y los desafíos,
[La competencia en iniciativa y espíritu emprendedor] es el cimiento de otras capacidades y conocimientos más específicos que precisan las personas que establecen o contribuyen a una actividad social o comercial. Ello debe incluir una concienciación sobre los valores éticos y promover la buena gobernanza
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