13. Consuetudines ilerdenses , edición de Pilar Loscertales, Barcelona, Facultad de Derecho, 1946, rúbrica 169; también Ana María Barrero, «Las costumbres de Lérida, Horta y Miravet», Anuario de Historia del Derecho Español , 45 (1975), pp. 485-536, así como los trabajos de Valls Taberner. Arcadi Garcia Sanz estableció concordancias entre «Las Consuetudines ilerdenses y los Furs de Valencia», Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura , 41 (1965), pp. 1-26; Vicent Garcia Edo completa en Furs , IX, pp. 153-154.
14. Arcadi Garcia señaló las concordancias romanas en sus volúmenes, que recoge Vicent Garcia Edo, Furs , IX, apéndice II, pp. 155-167; en de feudis añade de las Consuetudines feudorum . Ya Ana M.ª Barrero las había propuesto, «El derecho romano en los «Furs» de Valencia de Jaime I», Anuario de Historia del Derecho Español , 41 (1971), pp. 639-664; compara algunos con la suma provenzal Lo Codi ; también Arcadi Garcia: su influencia sería escasa. Asignatura pendiente es el Corpus iuris canonici –a partir de las notas de Pastor–, pero apenas quedan historiadores del derecho canónico...
15. Una abreviatio literal no es frecuente –Vaccaro y alguna otra– y difiere de una suma –Azo o la atribuida a Irnerio–, que resume con redacción propia.
16. Encaja mejor como réplica a los fueros de Aragón de 1247. Su extensión contrasta con los concedidos a Tàrrega en 1242, José M.ª Font Rius, Anuario de historia del derecho español , 23 (1953), pp, 429-443, en Huici-Cabanes, II, 349; o a Mallorca en 1231, 1251 y 1257, I, 150 y III, 576 y 726; también las adiciones de 1273, Colección diplomática de Jaime I el conquistador , edición de Ambrosio Huici, 3 tomos en 6 vols., II, 2ª, Valencia, 1919, 966.
17. Ya Chabás, Génesis , pp. 30-33, intentó esta línea de reconstrucción.
18. Aureum opus ,8; Liber privilegiorum , I, 8. La concesión de pastos, plazas y calles en Consuetudines ilerdenses , 2, 22, 31 –arenal– y 54. La comparación con privilegios, Manuel Dualde, Supervivencia de los primitivos privilegios orgánicos de la capital en el texto de los Fueros de Valencia , Valencia, csic, 1956, reproducido en Fori antiqui Valentiae ; Arcadi Garcia en sus volúmenes de Furs de València y López Elum, apéndice I, pp. 80-67. Salvo este último, atribuyen los fueros 1 y 2 al privilegio de 13 de enero de 1240, Aureum opus , 9; Liber privilegiorum , I, 10, que declara francos los pastos en todo el reino; pero si nos fijamos los Furs solo hablan de la ciudad y término. También concede a Teruel los pastos del reino de Valencia, Cabanes, Documentos de Jaime I relacionados , I, 51 y 54; pagan seis carneros por cada mil ovejas parideras, Aureum opus , 19; Liber privilegiorum 21.
19. Fori antiqui , III, 1, el juramento del curia, se menciona en el privilegio de 21 de mayo de 1249, Aureum Opus , 28; Liber privilegiorum , I, 30. Quizá tiene cierta analogía con el prestado por los cónsules de Lleida, 35. Roca Traver –citado en mi nota 22– exhumó otros añadidos por los jurados, no incorporados a Furs . El precepto 2 se apoya en X. 3, antes de extenderlo a todo el reino: «Una costum, una moneda de lig e de pes e de figura, una alna, un quarter, un almut, una fanecha, un kafiç, una onça, un march, una liura, una arrova, un quintar e un pes en tot lo regne e la ciutat de València siga per tot temps. Enadex lo senior rey que axí sia entés lo fur en tot lo regne de València com en la ciutat».
20. Aureum Opus , 4 y 8; Liber privilegiorum , I, 5 y 8. En relación al fuero 5, el primer privilegio de-clara no enajenable el cargo, ni él ni sus sucesores u otros lo concederán por servicio o dinero, sino elegirán un prohombre de Valencia, «d’an en an mudarem et posarem aquí en la cort en la festa de Nadal del nostre Senyor.» Ambos coinciden en el fur 6: juzgue el curia en persona, con consejo de los prohombres, en la casa que hay frente a la catedral y el palacio real, que da en uso y habitación al curia, así como para cárcel. Si le impiden graves asuntos o está fuera de la ciudad, puede delegar o encomendar a un sabio –jurista–, habitante de Valencia, que, conforme a III, 13, no tendrá salario ni pago de las partes. El privilegio 12 de Aureum Opus ; Liber , 13, que dona mezquitas y cementerios a la catedral, alude a Costum , excluye el «cimenterio in quo assignamus generale forum Valentie fieri, sicut determinatum est in Consuetudine Valentie»: «enrrere era sepultura del reys sarrahins» dice III, 6.
21. 19 de enero de 1250, Aureum opus , 35; Liber privilegiorum , I, 34. En Fori antiqui , la ceremonia como addidit : error, pues sigue literal el privilegio.
22. Privilegio de 23 de mayo de 1249, Aureum opus , 28, la terna 66 y 75; Liber privilegiorum , I, 30, 77 y 81, éste en Burns, III, 761. Roca Traver comprobó la designación regia y señorial a través de cartas pueblas y registros de cancillería, El justicia de Valencia (1238-1321) , Valencia, Ayuntamiento de Valencia, 1970, pp. 69-75, documentos 6-38; Mut Calafell hizo el inventario del archivo del justicia, Madrid, 1958; Leopoldo Piles Ros se ocupa de fechas más tardías, Estudio documental sobre el bayle general de Valencia , su autoridad y jurisdicción , Valencia, Institución Alfonso el Magnánimo, 1970.
23. Justin Guillaumot analiza la elección, «Les elections municipales dans le Midi de la France: le cas de Montpellier (XIII e-XIV esiècles)», Circé. Histoires, Cultures & Sociétés , 4 (enero 2014), < http://www.revue-circe.uvsq.fr/les-elections-municipales-dans-le-midi-de-la-france-le-cas-de-montpellier-xiiie-xive-siecles>. Huici-Cabanes, Documentos , II, 424 cónsules y bailía, IV, 1066 y 1067 juran fidelidad al nuevo heredero Jaime.
24. Consuetudines ilerdenses , rúbricas 32-36 y 39, 106; sobre el curia, numerosas. Los nobles solo en parte le están sujetos, y los sarracenos si los convoca, pues litigan ante su zalmedina. En septiembre de 1254 el infante Pedro confirma sus privilegios y costumbres, Huici-Cabanes, Documentos , III, 660, también V, 1420, 1473 y 1527. Rafael Gras y de Esteva estudió hace años La Pahería de Lérida: organización municipal de la ciudad: 1149-1707 , Lérida, 1909; Jesús Lalinde Abadía, la justicia, «El "curia" o "cort" (Una magistratura medieval mediterránea)», Anuario de estudios medievales , 4 (1967), pp. 169-300; mi estudio, «La fundación y el fuero universitario de Lérida», Hispania , 58, 2 (1998), pp. 515-536.
25. Aureum opus , 35; Liber privilegiorum , I, 34. Utiliza doctrina romanista: «Item, cum iusticie personales inmediate sint meri imperii et princeps non debeat eas nec possit ad aliquos transferre», contra los ricoshombres, caballeros y ciudadanos, prelados, clérigos o religiosos. Acerca de la justicia regia, Roca Traver, pp. 315-319.
26. Fori antiqui , III, 7; Furs de València omite heresi y sacrilegio . El procedimiento inquisitivo se creó por Inocencio III y se recogió en Decretales. El privilegio de 1250, citado en nota anterior, señala penas: homicide suspendantur , sodomitici comburantur ... Los delitos, en rúbricas 114 a la 123; la primera, las acusaciones –parientes en homicidio–, que si no llegan a probar supone pena de talión, y las denunciaciones; luego delitos, de criminis y de malefactoribus , con preceptos romanos, de Lleida y Liber iudicum ; donde no es fácil identificarlos, los tipos son abigarrados, imprecisos. Tampoco los castigados en la paz y tregua de 1275, Aureum opus , 88; Liber privilegiorum , I, 97. El fuero de legítima defensa, Fori antiqui CXX [CXIX], 7, y el 29 herético y sodomita comburantur . Una confiscación a herejes, Burns, II, 413-417.
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