Brenda Salas Pasuy - La moda y la propiedad intelectual

Здесь есть возможность читать онлайн «Brenda Salas Pasuy - La moda y la propiedad intelectual» — ознакомительный отрывок электронной книги совершенно бесплатно, а после прочтения отрывка купить полную версию. В некоторых случаях можно слушать аудио, скачать через торрент в формате fb2 и присутствует краткое содержание. Жанр: unrecognised, на испанском языке. Описание произведения, (предисловие) а так же отзывы посетителей доступны на портале библиотеки ЛибКат.

La moda y la propiedad intelectual: краткое содержание, описание и аннотация

Предлагаем к чтению аннотацию, описание, краткое содержание или предисловие (зависит от того, что написал сам автор книги «La moda y la propiedad intelectual»). Если вы не нашли необходимую информацию о книге — напишите в комментариях, мы постараемся отыскать её.

El diseño y la producción de una pieza de moda involucra el talento y la destreza del diseñador. Aspectos como la definición de la materia prima, la finalidad y el producto al que se incorpora el dibujo o modelo de moda, son elementos que el diseñador debe considerar para realizar una creación de moda.
Es así que el proceso intelectual, inmerso en la elaboración de sus creaciones, merece ser protegido por el régimen jurídico. A la luz de la propiedad intelectual, muchos derechos permiten protegerla; entre ellos se destacan las marcas, el derecho de autor y los dibujos o modelos industriales.
En Colombia, el legislador optó por el régimen de los diseños industriales para protegerla. El estudio conjunto de la industria de la moda a la luz de esta disciplina es de importancia considerable por cuanto su definición brindará al diseñador seguridad jurídica respecto del objeto de protección y del alcance del derecho.
No obstante, el dinamismo que caracteriza a la moda revela que la legislación actual es inadecuada. Por esto la obra presenta las dificultades existentes y las soluciones que otros regímenes jurídicos ofrecen, con el fin de protegerla adecuadamente.

La moda y la propiedad intelectual — читать онлайн ознакомительный отрывок

Ниже представлен текст книги, разбитый по страницам. Система сохранения места последней прочитанной страницы, позволяет с удобством читать онлайн бесплатно книгу «La moda y la propiedad intelectual», без необходимости каждый раз заново искать на чём Вы остановились. Поставьте закладку, и сможете в любой момент перейти на страницу, на которой закончили чтение.

Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Para los diseñadores, crear un vestido con textiles electrónicos implicó reconcebir la moda y reinterpretarla en un sistema de materias activas, teniendo la capacidad de cambiar el color, la forma o la textura 200.

En esas situaciones, lo estético y lo funcional no pueden disociarse. De ese hecho, el cúmulo de protección entre el diseño industrial y el modelo de utilidad se convierte en un instrumento de protección útil para esas creaciones. Ello se debe al hecho de que la nueva creación de moda emana de formas existentes, materializada en vestidos atractivos para el consumidor, con la particularidad de que además de ser estéticamente atractivos, tienen una finalidad técnica que no puede disociarse.

Ahora, desde el punto de vista jurídico, es claro que los diseños industriales están destinados a ser incoporados a “objetos útiles, a saber, los productos que tengan fines útiles y funcionales”, cuyo objetivo no es puramente estético como en las obras de bellas artes, pero, por el hecho de que la concepción o el design esté incorporado en un producto útil que traduce su verdadero objetivo, lo vuelve más atractivo, sin olvidar que debe satisfacer las funciones para las que se concibió” 201. Justamente, esa finalidad permite reconocer el estético industrial que permite identificar que existen formas en las que lo útil y lo estético no pueden diferenciarse 202.

Esa reflexión conduce a señalar que no puede afirmarse de manera absoluta que un design de moda sea “exclusivamente” dictado por consideraciones de orden técnico o estético. En la Comunidad Andina, los criterios emitidos por la jurisprudencia del TAJ y la SIC son difícilmente aplicables para ese tipo de creaciones; en consecuencia, el cúmulo de protección debería otorgarse.

A manera de ilustración, se identificó que en la base de datos de la SIC existía un registro de diseño industrial que fue presentado para un “camuflaje militar” 203. Ese estampado tiene la particularidad de que, una vez impreso en el uniforme, divide el campo de camuflaje con la ayuda de líneas que forman espacios poligonales, permitiendo a los miembros del ejército esconderse en el paisaje. De ese hecho, el ejército de Colombia presentó solicitud de registro de una patente de invención para esa disposición de colores que, aunque ornamental y estética, permite cumplir otra función: la funcionalidad visual 204.

Otro ejemplo que se orienta en el mismo sentido es la concesión de una patente de modelo de utilidad a las botas contra la acción térmica y destructora de dispositivos explosivos artesanales 205. El ejército colombiano desarrolló también un calzado con mejores características anatómicas y antifúngicas que pueden ser protegidos cumulativamente por la patente y el diseño industrial 206.

Ahora bien, en el marco de la legislación andina, notablemente en Colombia, no existe jurisprudencia que involucre la moda; sin embargo, en otros campos, puede decirse que esa coexistencia es posible. En ese orden, las creaciones intelectuales que se presentan como el futuro de la moda representan también un desafío para el derecho de los diseños industriales y de las patentes, en las que las soluciones propuestas por la jurisprudencia andina parecen no ofrecer una respuesta.

El esquema de protección cumulativo, sin embargo, se presenta como una solución alternativa para esos casos particulares en los que no es posible disociar los elementos técnicos de los estéticos, y donde no se puede privilegiar el modelo de utilidad en detrimento de los diseños industriales.

En suma, para beneficiarse de la protección del diseño industrial, las creaciones de moda deben satisfacer unas condiciones de fondo: la novedad y el aporte arbitrario del diseñador. De un lado, la novedad evita que la creación o la pieza de moda se encuentre en el estado del arte y presente diferencias secundarias con las creaciones ya existentes. De otro lado, el aporte arbitrario hace que la creación intelectual sea estéticamente atractiva sin ser funcional.

Esa reflexión tiene como objetivo prever regímenes autónomos de protección: diseños industriales y modelos de utilidad. Los desarrollos en el sector de la moda, no obstante, generan interrogantes y problemas para definir la autonomía de los regímenes. Será el juez de fondo que estudiará cada caso y determinará el regimen de protección a otorgar.

Ahora bien, para que una creación de moda sea protegida, deberá no solamente cumplir las condiciones de fondo expuestas, sino también unas condiciones de forma como a continuación se analiza ( Capítulo II).

CAPÍTULO 2 CONDICIONES DE FORMA

La protección al diseño industrial surge a partir de la concesión del registro que otorga la Superintendencia de Industria y Comercio 207. El registro desempeña un rol fundamental, pues es constitutivo de derechos 208. Su obtención permitirá que el titular pueda ejercer todas las prerrogativas que surgen del mismo 209.

Para acceder al registro, existe un procedimiento único, de manera que todos aquellos sujetos que pretendan beneficiarse de la protección deberán seguir los pasos previstos en la decisión andina.

En Colombia, el registro presenta un interés fundamental, pues condiciona el acceso a la protección 210. En efecto, antes de presentar la solicitud ante la SIC, el diseñador deberá tener en cuenta los requisitos de fondo explicados en el capítulo anterior, y adicionalmente deberá cumplir una serie de formalidades previstas por el legislador andino.

Asimismo, el registro “crea en beneficio del solicitante una presunción simple de propiedad” 211; precisamente, el artículo 126 de la Decisión andina 486 establece que, cumplidos los requisitos exigidos por la norma, se concederá el registro del diseño industrial a quien lo haya solicitado. En el evento de un registro fraudulento, es decir, que un tercero no autorizado o que sin ser el autor obtuvo el registro desconociendo al verdadero propietario 212, la legislación andina establece que este último pueda ejercer una acción reivindicatoria para que el derecho sea transferido durante el trámite de concesión o después de concedido el derecho al verdadero propietario 213.

El registro también crea una presunción simple de novedad 214; así pues, en el evento de que el diseño no sea novedoso, puede solicitarse la nulidad del acto administrativo que lo concede ante la jurisdicción contenciosa administrativa 215.

Finalmente, es un instrumento eficaz de protección para aquellos países que no prevén en su legislación interna la teoría de la Unidad de Arte 216, en virtud de la cual el dibujo o modelo puede beneficiarse de la doble protección del derecho de autor y del diseño industrial.

La concesión del registro supone, entonces, que el solicitante ha cumplido una serie de exigencias que involucran el estudio de cada caso por parte de la SIC. Para ello, el diseñador de moda que quiere solicitar la protección deberá haber verificado que su solicitud corresponda al objeto de protección descrito por el legislador andino. En ese orden, los diseñadores de moda podrán acceder a las bases de datos local y de las diferentes oficinas de propiedad industrial para determinar si la solicitud reúne las condiciones de fondo 217, esto es, la novedad y el aporte arbitrario. En resumen, el registro es la conditio sine qua non para obtener el derecho 218.

Para los diseñadores de moda, el registro brinda seguridad jurídica a sus creaciones. Es la prueba por excelencia que proporciona certitud de la fecha de creación del dibujo o modelo de moda. Tendrán un término de protección correspondiente a 10 años para explotar de manera directa o indirecta el diseño industrial.

Su concesión implica un control sobre las condiciones de forma y de fondo que exige el legislador andino para beneficiarse de la protección por parte de la Superintendencia. Así, el examen se surtirá en dos tiempos: inicialmente, la SIC efectuará un examen de forma ( Sección 1), y procederá posteriormente a realizar un examen de fondo 219( Sección 2).

Читать дальше
Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Похожие книги на «La moda y la propiedad intelectual»

Представляем Вашему вниманию похожие книги на «La moda y la propiedad intelectual» списком для выбора. Мы отобрали схожую по названию и смыслу литературу в надежде предоставить читателям больше вариантов отыскать новые, интересные, ещё непрочитанные произведения.


Отзывы о книге «La moda y la propiedad intelectual»

Обсуждение, отзывы о книге «La moda y la propiedad intelectual» и просто собственные мнения читателей. Оставьте ваши комментарии, напишите, что Вы думаете о произведении, его смысле или главных героях. Укажите что конкретно понравилось, а что нет, и почему Вы так считаете.

x