Juan Gabriel Tokatlian - Drogas y prohibición

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Con una perspectiva global, Drogas y prohibición constituye el segundo volumen de un proyecto iniciado con el estudio sobre el estado de la cuestión a nivel regional; esto es, en el mundo andino. La «guerra contra las drogas» ha sido una cruzada fallida, y la vivencia sobre el tema exige una nueva reflexión. Atravesamos una coyuntura propicia para un debate posprohibicionista. Los ensayos de este libro, con criterios metodológicos e históricos compartidos, pretenden hacer un aporte a esa realidad.

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El permanganato de potasio, en tanto precursor, ha sido puesto bajo un extraordinario control (UN 1988), y muchos programas de entrenamiento se llevan a cabo para orientar a las fuerzas del orden hacia el seguimiento de la sustancia química (US Departament of State 2006). Al mismo tiempo éste tiene muchas aplicaciones industriales; como agente oxidante, desinfectante, para el tratamiento de agua, fines biomédicos y para la síntesis orgánica, incluida la síntesis de sacarina. Estos usos hacen lucrativa la regulación de su comercio.

Con escaso respeto por la soberanía, las convenciones sobre narcóticos ejercen control sobre los alcaloides. En el somnífero Papaver se han identificado aproximadamente 25 alcaloides de opio (Viswanath, D.S. 2002), los más conocidos entre ellos son la morfina (el estándar frente al cual otros opiáceos son evaluados), la tebaína, la codeína, la narcotina y la papaverina. Comparado con el opio cultivado en otras regiones, el opio indio es más rico en codeína y narcotina, y contiene alrededor de 9 a 14% de morfina, 5 a 7% de narcotina, 1,25 a 3,75% de codeína, 0,4 a 1% de papaverina y 0,2 a 0,5% de tebaína. De acuerdo con Viswanath (2002), el opio indio es más rico en codeína debido al método de corte.

En la actualidad, los países productores de opio tienen que vender su opio en bruto a los países desarrollados que están autorizados para procesar el alcaloide integral para muchas industrias. Existe una similitud notable entre el uso del opio en la medicina tradicional y el uso de opiáceos en la medicina occidental: la medicina tradicional nunca fue patentada y la materia prima estaba fácilmente disponible a todos, incluidos los poderes coloniales.

Antes y después de la Segunda Guerra Mundial, muchas sustancias se obtenían del opio y “casualmente” con la institucionalización de la paz y la caída del imperialismo llegó un movimiento para controlar el uso y el comercio del opio. El país comprador ejerció un control total sobre los precios; de acuerdo con Charles (2004) la India vendió su opio al mercado lícito internacional a una tasa muy baja, alrededor de 80 euros por kilo.

Las Convenciones como parte de las consecuencias “no pretendidas” regularon la fijación de precios de las materias primas para los compradores, no la disponibilidad de las mismas. Por muchas décadas la fuente natural de estas sustancias fue el opio cultivado y extraído en la India por el método de la goma de mascar. Sin embargo, como país productor tiene limitada incidencia en su comercialización. La India vende opio en bruto a los Estados Unidos y a cambio compra codeína de Estados Unidos para sus propias necesidades farmacéuticas. Las Convenciones no sólo le dictan a la India cómo utilizar su materia prima (opio), también trastornan su empleo en la medicina tradicional india y aseguran que la India compre codeína a los importadores de su materia prima. La India tiene la capacidad técnica para producir alcaloides y drogas semi-sintéticas, probablemente más barato. Puede ser de interés revisar las diversas aplicaciones de distintos alcaloides, su importancia como mercancía en los países desarrollados y también su función como sustitutos de las drogas de adicción.4

La medicina occidental no es la única fuente de cuidado que existe: los sistemas tradicionales de cuidado juegan un papel central. En distintas partes del mundo se ha observado el uso de los productos de las plantas psicoactivas en combinación con los productos de otras plantas para tratar diversas dolencias (Charles et al. 1999, Rubin 1975 y Charles 2006). La petición de una regulación más estricta en el ámbito de aplicación del abuso de sustancias es en sí misma un abuso. La medicina occidental tiene innumerables instancias de abuso de sustancias pero que no han llevado a sofocar la venta de las mismas, aunque el daño asociado a su uso es subestimado. Los procesos de experimentación de las drogas son un área de investigación interesante. En los Estados Unidos, la mayoría de las drogas se prueban en el terreno y lo hacen instituciones académicas e investigadores supuestamente imparciales, pero los fondos otorgados por las compañías tienen condiciones adjuntas. Los resultados de estas pruebas no se hacen públicos y los profesionales de la salud no son conscientes de todos los posibles efectos secundarios de estas drogas, pues, éstos son por lo general minimizados (Goldstein 2004).

La ironía de una percepción sesgada se puede ilustrar muy bien con el documento de Naciones Unidas sobre Desarrollo Alternativo (DA) que indica una cuestión de interés transversal: el proceso participativo de inclusión de temas asociados con la medicina tradicional se ha reducido del 17% (1998-2000) al 12% (2006-2007) (UN ESC 2007b). Sería interesante mirar hasta qué punto el uso de productos de plantas psicoactivas en los sistemas de medicina tradicional y en el proceso de atención a la salud local han sido perturbados a través del DA que restringe el cultivo ilícito de amapola.

II.1.b La experiencia india: el intento de la ONU de superar la aceptación cultural

La India es uno de los países donde las Convenciones sobre narcóticos y sustancias psicotrópicas han creado perturbaciones del uso y manejo cultural. En un acto de benevolencia las Naciones Unidas, a través de su Artículo 49 (UN 1961), otorgaron a la India un período de 25 años para cambiar asociaciones culturales que evolucionaron durante siglos. Este es el período de tiempo concedido a todos los países en relación con el uso de productos de plantas psicoactivas, en gran parte refiriéndose al opio, el cannabis y la coca. India sabía, por razones culturales, que era imprudente e ingenuo implementar la demanda antidemocrática de la Convención Única de 1961 de criminalizar todas las formas de uso de los productos de las plantas psicoactivas. Lo único que el gobierno indio pudo hacer al respecto fue llevar a cabo una campaña de recolección de firmas, un estudio entre estudiantes de pregrado sobre el uso de drogas a este fin. La presión internacional aseguró que la nueva legislación de control se impusiera sobre el segundo país más poblado del mundo, con sus habitantes totalmente ajenos al proceso (Charles et al. 1999). ¡Un ejemplo de la adhesión de las Naciones Unidas a la gobernabilidad participativa y al derecho a la identidad cultural!

Así como India tenía que implementar las prescripciones culturales de las Convenciones, otros países como Nepal, Sri Lanka y Pakistán debían ignorar los vínculos culturales con las plantas psicoactivas para múltiples propósitos incluso la obtención de fibra. Por primera vez en la India todas las plantas psicoactivas y sus productos se agruparon como drogas narcóticas. Hasta entonces las sustancias psicoactivas se diferenciaban tanto por su origen como por la potencia del producto. Por ejemplo, se sanciona el uso cultural de la bhang –una bebida hecha con las hojas tiernas de cannabis– consumida por todos dentro de un entorno cultural en determinados estados de la India. En términos de cultivo la propia planta de cannabis es ilegal: la legislación criminaliza todas las formas de gestión del uso y asegura una promoción del comercio ilegal de drogas sintéticas como la heroína, más rentable por lo menos para los bolsillos urbanos del país. En 1978 la heroína o “azúcar morena” no se consideraba una droga preocupante, pero en 1987 un nuevo estudio entre la población estudiantil indicó que la heroína/azúcar morena estaba siendo consumida por ellos. Estudios subsiguientes en 33 ciudades y 18 pueblos señalaron una lenta difusión del consumo de drogas sintéticas.

Los expertos que propagaron la criminalización como la mejor estrategia para lidiar con el abuso de sustancias y con el exterminio total de las plantas psicoactivas, no asimilaron ciertas realidades que rodean al fenómeno del uso de drogas. A continuación se presentan brevemente algunas de ellas: a) El enfoque punitivo fortalecido con la presunción de culpa sobre el acusado iba en contra de la jurisprudencia india. Hubo varias condenas a 10 años de prisión y multas, por la posesión de muy pequeñas cantidades. La realidad de la demora en la disposición de los casos significó que muchos consumidores pasaran años esperando una audiencia; alrededor de un 60% de los condenados han estado en esta situación (Anuradha 2001). Fue una mezcla de un prudente poder judicial y profesionales de las agencias encargadas de exigir la reducción de la demanda de drogas que llevó a la enmienda de esta ley draconiana en el 2001. b) La criminalización del consumo de drogas aseguró que los pobres, sin posibilidad de pagar una fianza, languidezcan en prisión por cuanto hay demoras en las audiencias de los casos. En las cárceles sus vidas son trastocadas en tanto éstas son lugares de socialización dentro del mundo criminal (Charles et al. 2002, Charles 2006) y de exposición a la homosexualidad. c) La criminalización crea marginalización, lo que conduce a la exposición a una subcultura diferente y formas de drogas más duras y modos nocivos de consumo (Charles et al. 1999). Sobre todo, las Naciones Unidas aseguran que, a veces, la Constitución Nacional, aun en la India donde se enfatiza la preservación cultural, sea dejada de lado. El Artículo 47 de la Constitución de la India se refiere al control sobre drogas y bebidas alcohólicas desde una perspectiva de salud con un énfasis general en la salud pública y la nutrición. El enfoque de la Constitución del país está más en línea con la minimización del daño que con una aproximación punitiva.

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