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Editorial Mirahadas, 2021
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Impreso en España
Primera edición: octubre, 2021
ISBN: 9788418996917
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A mis padres
A Alberto
A mi hijo Miguel
Me decían que eran necesarios unos muertos
para llegar a un mundo donde no se mataría .
Albert Camus. La caída.
Abreviaturas
Introducción
PARTE I
Contexto internacional de la prohibición de la tortura y el deber de erradicación de la misma
1. Marco jurídico de la prohibición de la tortura
1.1. Sucinta exposición del contexto internacional
1.1.1. Normativa internacional
1.1.2. Normativa europea
PARTE II
Evolución en el tratamiento jurídico de la tortura
2. De instrumento legítimo a figura delictiva
2.1. Antecedentes históricos
2.2. La tortura en el Código Penal vigente
2.2.1. Las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 15/2003 de 25 de noviembre
2.2.2. La tortura en la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
PARTE III
La tortura en el ordenamiento jurídico
3. Tipos penales previsto en el Código Penal
3.1. El delito especial de tortura del artículo 174.1 CP
3.2. Delimitación del ámbito específico de aplicación del artículo 174.2 CP en relación con el artículo 533 CP
3.3. El tipo especial residual de atentado contra la integridad moral de las personas (art. 175 CP)
3.4. El tipo especial de comisión por omisión (art. 176 CP)
3.5. Reglas concursales (art. 177 CP)
PARTE IV
Conclusiones finales
Bibliografía
AA VV: Varios autores.
ACNUDH: Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
AP: Audiencia Provincial.
APT: Asociación para la Prevención de la Tortura.
AN: Audiencia Nacional.
Art.: Artículo.
ATS: Auto del Tribunal Supremo.
BOE: Boletín Oficial del Estado.
CADHP: Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
CE: Constitución Española.
CEDH: Convenio Europeo de Derechos Humanos.
CEPT: Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura.
CCT: Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
CDH: Comité de Derechos Humanos.
CGPJ: Consejo General del Poder Judicial.
Cit.: Citada.
CIDH: Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
CIPST: Convención Interamericana para la Prevención y Sanción de la Tortura.
Comisión ADHP: Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
Comité EPT: Europeo para la Prevención de la Tortura.
Coord.: Coordinador/es.
Corte ADHP: Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
Corte IDH: Corte Interamericana de Derechos Humanos.
CPT: Comité Contra la Tortura.
CPPT: Convención para la prevención y prohibición de la Tortura.
CVDT: Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
Dir.: Director/a.
DUDH: Declaración Universal de Derechos Humanos.
ECIJ: Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.
FJ.: Fundamento jurídico.
IVAK/CREI: Instituto Vasco de Criminología.
LECrim: Ley de Enjuiciamiento Criminal.
LO: Ley Orgánica.
LOFCS: Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Ob.: Obra.
ONU: Organización de las Naciones Unidas.
OSC VV: Varias organizaciones de la sociedad civil.
P.: Página.
PB ONU EFAFF: Principios Básicos de la ONU sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley.
PCP: Proyecto de Código Penal.
PFCCT: Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes.
PIDCP: Pacto Internacional de derechos Civiles, Sociales y Políticos.
Pp.: Páginas.
RD: Real Decreto.
RET: Relator Especial de Naciones Unidas para la Tortura.
RTEDH: Reglamento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
SAP: Sentencia de la Audiencia Provincial.
SCEPT: Subcomité Europeo Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes.
SCorteIDH: Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Ss.: Siguientes.
SSTHED: Sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
STC: Sentencia del Tribunal Constitucional.
STEDH: Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
STPIY: Sentencia del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia.
STJUE: Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
STS: Sentencia del Tribunal Supremo.
TC: Tribunal Constitucional.
TEDH: Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
TJUE: Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
TPIY: Tribunal Penal para la ex Yugoslavia.
TS: Tribunal Supremo.
UNAM: Universidad Nacional Autónoma de México.
UPV: Universidad del País Vasco.
Vol.: Volumen.
En el Estado de derecho la configuración del ius puniendi está indisoluble y doblemente unida a la concepción misma del hombre —y de su dignidad— y a la división y reparto de poder en que se fundamenta la relación individuo-Estado. En este sentido, su fundamento no es otro que la protección del hombre frente al uso y abuso de la fuerza por parte de sus semejantes, y evolutivamente frente a cualquier otra forma de abuso de poder, así como la promoción y garantía de los derechos y libertades que son inherentes al ser humano. Por ello, el derecho no es solo el fin sino también el medio; no es solo el mundo abstracto sino también el real; no es, en fin, solo la suma de ideas, derechos y esferas de libertad, sino también el conjunto de mecanismos, instituciones y construcciones jurídicas concretas que tienden a materializarlas.
De tal forma que, si el individuo agrupado históricamente en forma de comunidad ha cedido su poder y fuerza individual al Estado, es a fin de dar consecución a aquel originario pacto mediante el cual el hombre renunció a la defensa privada a cambio de la salvaguarda y seguridad, por parte del Estado, de los bienes jurídicos necesarios para su desarrollo. Solo en estos términos el ius Puniendi es legítimo y solo bajo estas premisas halla justificación la imposición de sanciones por parte de los poderes públicos.
Sin embargo, la historia demuestra que lejos de ser una excepción los abusos por parte del Estado han sido casi una constante desde sus mismos orígenes, cuya consecuencia principal ha generado la más apasionada de las luchas del hombre frente a los poderosos en pro de hacer valer su libertad y dignidad.
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