A Roger Bartra e Ilán Semo les agradezco haber leído el manuscrito y hecho agudas observaciones que traté de recoger en la medida de lo posible. Varios de los temas discutidos con ellos han sido la inspiración para trabajos ulteriores que verán la luz después de la publicación de este libro.
En agosto de 2000 tuve la oportunidad de discutir varios de los temas relacionados con la reforma del Estado con los miembros de la Comisión para la Reforma del Estado, convocada por el presidente electo Vicente Fox, y con su coordinador Porfirio Muñoz Ledo.[2] Debo un reconocimiento especial a Gregorio Castillo Porras, cuya asistencia fue invaluable a la hora de organizar los Foros para la Revisión Integral de la Constitución realizados en el Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana en 2001, y a los casi 2.000 participantes que hubo en ellos, entre los que se contaban autoridades de diversas instituciones de los órdenes federal, estatal y local, así como académicos e intelectuales.[3] La impresionante cantidad de propuestas surgidas en esos foros para transformar el Estado mexicano, pero, sobre todo, la coincidencia de la abrumadora mayoría de los participantes en la pertinencia de una reforma integral de la Constitución que la actualice a las necesidades de la democracia y de los problemas actuales de la sociedad mexicana reafirmaron mi convicción de que existe una voluntad colectiva, aún difusa y hasta informe, pero ampliamente extendida de reinventarnos como país más que de reeditar artefactos que nos trajeron estabilidad y conformidad, aunque también pesadillas. Esta reinvención transitará por el imperativo de reconocer la legitimidad únicamente donde se satisfacen las condiciones de la legalidad y de una justicia constitucional en construcción, que habrá de ir cambiando las bases arbitrarias del ejercicio del poder, de la impunidad y de la emisión de la legalidad que nos obsequió el autoritarismo, predominante en la mayor parte de nuestra vida independiente. Debo a los participantes en esos foros un aprendizaje extenso y profundo de los temas constitucionales y de los problemas para aplicarlos, a los que la presente obra no puede referirse en toda su magnitud.
Dos lectores anónimos revisaron el trabajo haciendo críticas y sugiriendo cambios que fueron de utilidad en la revisión final. A ellos también va mi agradecimiento. Muchos de los aciertos que puede tener esta obra se deben indudablemente a ellos, mientras que los errores de hecho o de interpretación son de mi exclusiva responsabilidad.
Al final, pero no en último lugar, a mi esposa Claudia y a mi hija Natalia debo un insustituible aliento intelectual y afectivo, sin el cual me hubiera sido imposible llevar este trabajo a término.
En las condiciones actuales cada vez más preocupantes de México, la disyuntiva entre profundización de la democracia o involución autoritaria se presentarán más temprano que tarde. Espero que esta modesta contribución pueda ayudar a la reflexión sobre su grave trascendencia para el futuro de los mexicanos.
Subyace en este trabajo la convicción de que la democracia representativa en el mundo está en pañales; le pesan demasiado sus ropajes dieciochescos y decimonónicos. Además, su evolución sufrió en el siglo xx severos estancamientos, atrasos y regresiones debidas al comunismo y el fascismo, ambos formas del totalitarismo, y los diversos autoritarismos en los que América Latina, Asia y África llevamos la delantera (sin excluir a España, Grecia y Portugal).
La democracia representativa se encuentra en una etapa de desarrollo incipiente y tiene por delante una gama enorme de posibilidades inexploradas a las que hay que abrirse. Una forma de cerrarse es quedarse fijos en la dicotomía entre formación de mayorías frente a fidelidad de la representatividad o democracia representativa frente a democracia directa, cualquiera que sea el lado que se escoja. Es como quedarse encerrados en los mismos términos de la discusión a la que dieron origen Jean Jacques Rousseau y Alexander Hamilton.
La representación no excluye la participación o intervención, y menos si tomamos en cuenta las tecnologías de la comunicación. En el ámbito de la democracia representativa, el mundo ha avanzado sobre todo hacia sistemas que incrementan la calidad de la representación y la proporcionalidad de la misma. En ellos, la representación proporcional tiende a ser preferida y preferible a la regla de la mayoría. Buena parte de los sistemas parlamentarios son ejemplares en el asunto y tienden a coincidir, curiosamente, con situaciones de mayor igualdad y desarrollo. Existe una correlación significativa entre una mayor representación proporcional del electorado en los órganos legislativos y ejecutivos de gobierno y la solución de grandes problemas sociales como el desempleo y la distribución de la renta nacional. Se puede objetar que esta es una correlación y no una causalidad, pero antes de la objeción vale más prestar atención al asunto de fondo.
A medida que la representación política refleja más y mejor la diversidad de preferencias sociales, se produce una mayor negociación política sobre los temas de importancia para el cuerpo social. En las sociedades muy heterogéneas, aproximarse a esta situación es altamente favorable para modificar situaciones de pobreza, extrema desigualdad, exclusión, discriminación y formación de poderes particulares sin control que medran con la debilidad de la gran mayoría de los ciudadanos.
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Constitución y ciencia política. Reglas de decisión, régimen de poder y coordinación estratégica
Soberanía, representación y Constitución democrática
El dominio de estudio de las constituciones se ha ampliado de la ciencia jurídica a otras disciplinas. La preocupación por la extensión de las formas normativas compartida por la sociología, la economía, la ciencia política y la filosofía ha sido una de las causas fundamentales de esta ampliación (Voigt, 1999; Sartori, 2001; Hardin, 1999; Elster, 2000; Rawls, 1993 y 2001; Habermas, 1998). Parte de esta preocupación emerge de los cambios que han afectado los fundamentos y la organización del Estado, con la extensión geográfica (física y humana) y la profundización política de regímenes democráticos.
Ya sea bajo el lenguaje del derecho, la filosofía, la ciencia política u otras disciplinas, el trabajo especializado y el debate público reconocen en las constituciones una problemática que afecta a la sociedad contemporánea. Los cambios que modificaron la estructura del orden de la segunda posguerra mundial han afectado al sentido, la organización y la vigencia de la normatividad de las sociedades contemporáneas. Y ello impacta a las constituciones, por cuanto estas contienen valores y pactos políticos, conjuntamente con las normas a que ambos dan lugar, las cuales vertebran al Estado en fórmulas de obligación política y en un orden institucional determinado. La magnitud de los cambios requeridos reclama el ajuste de valores y normas.
La dinámica cotidiana de la soberanía y la representación no se inicia con las operaciones electivas e instituyentes definidas en la Constitución, sino con los dispositivos que ella crea para designar sus ordenamientos y para referirse a ellos con lenguajes distintos pero a la vez mutuamente implicados. Por ejemplo, las Cortes con atribuciones constitucionales son intérpretes en última instancia de la constitucionalidad de leyes y actos de gobierno, pero los «productores» de la Constitución son también aquellos grupos colegiados que tienen facultades para emitir o reformar constituciones (asambleas constituyentes) o reformarlas (poderes constituyentes o constituyentes «permanentes», cuando los hay), etc. Con la excepción de las situaciones de ruptura constitucional en las que se formulan nuevas constituciones, los sistemas democráticos tienden a estipular, dentro de las constituciones, mecanismos para su transformación. Estos definen quiénes, bajo qué circunstancias, con qué límites y mediante qué procedimientos pueden modificar o sustituir las constituciones.
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