1416. Los Jurados prometieron a Lluís Soler 2 sueldos 6 dineros por cahíz, lo que supuso un total de 722 sueldos 1 dinero por los 240 cahices 10 barchillas de cebada (36.305 kg.) importados con la barca de Joan Serç. 20
1417. Lluís Soler consiguió 3.132 sueldos de subvención al importar 1.166 cahices de trigo siciliano (175.774 kg.) desde Trapani, en las naves de Pere de Mora y de Nicolau Rovira, a razón de 3 sueldos de subvención por cahíz. 21
1418. Joan de Ripoll recibió 1.500 florines de oro (16.500 sueldos), que le eran cedidos por los Jurados para abastecer el almudín con grano procedente de Sevilla, o de otros lugares ajenos a la soberanía real de Aragón, en el plazo de tres meses. 22
1426. Galceran Martí obtuvo 1.355 sueldos por 1000 cahices de grano que traería de Berbería en los próximos nueve meses, a condición de que se garantizara un precio de venta mínimo de 8 sueldos 6 dineros por cahíz en el almudín. Más tarde, en diciembre, obtendría otros 494 sueldos por 494 cahices de cebada (74.470 kg.), a razón de un sueldo de subvención por cahíz, que había importado desde Ténès (Argelia) en la nave del genovés Antoni Pi, y desde Xàbia en la barca de Bernat Segarra. 23
Paradójicamente, lo más llamativo del fenómeno no fue la inserción en la red de abastecimiento del municipio, ni la cuantía de las subvenciones concedidas a beneplácito de los gobernantes, sino la progresiva transformación del tratamiento honorífico o protocolario que estos personajes recibían en la documentación municipal. Desde 1426, Galceran Martí dejó de ser identificado como converso y fue reconocido exclusivamente como mercader y ciudadano de Valencia; y desde 1427 comenzó a utilizar los servicios de Gabriel Ripoll, corredor d’orella , como intermediario en la obtención de las subvenciones municipales. Con toda probabilidad, este Gabriel Ripoll era hijo de Joan Ripoll, converso, mercader y ciudadano de Valencia, que había importado grano y arrendado los impuestos municipales, aunque Gabriel nunca fue calificado como converso en las fuentes municipales, pues pertenecía a la generación inmediatamente posterior, y comparece en la documentación municipal en un momento en que el epíteto había dejado de usarse. Gabriel Ripoll gestionó la subvención para 2280 cahices de grano (343.710 kg.) que Galceran Martí importaría desde Berbería en la nave del genovés Jacobo Morteu, desde Ténès (Argelia) en la nave de Goçalbo de Landeria, y desde Ona (Honein, Argelia) en la nave de Goçalbo de Landeria y Bertolí Joan. 24 Por otro lado, en 1427, Galceran Martí se asoció con Francesc Pardo, mercader mallorquín de reconocida ascendencia conversa, como él mismo, aunque tampoco se hizo mención explícita en las fuentes contables del municipio, recibiendo ambos, en aquella ocasión, 1200 sueldos como ayuda de los Jurados valencianos por los 1200 cahices de grano (180.900 kg.) importados desde Agrigento (Sicilia), en la nave de Arnau Taularí. 25
Es decir, esta mínima participación de las elites mercantiles conversas en los negocios públicos, contó con la aquiescencia e incluso con el aliento del Consell , sin favorecer ningún monopolio o dar lugar a una dedicación preferencial de sus quehaceres, sino que –a tenor del repaso completo de la contabilidad municipal– constituyó sólo un negocio más o menos ocasional, compartido con otros mercaderes en las correspondientes anualidades. Al mismo tiempo, en los registros compuestos sucesivamente, fueron desapareciendo los calificativos que recordaban sus orígenes, y dejaron de ser tildados como conversos, al tiempo que se mantenían los epítetos de mercader y de ciudadano para calificarlos, algo que favoreció su disolución dentro del colectivo que, de un modo u otro, participaba en las subvenciones municipales. Desde 1427 no se documenta ningún converso que sea reconocido como tal en las cuentas municipales, aunque esas mismas personas siguieron participando en la gestión fiscal y en el abastecimiento de grano. En la siguiente generación no quedaba rastro alguno que identificara a ese particular grupo socio-confesional.
LA COMPRA DE DEUDA PÚBLICA DE LA CIUDAD
La documentación de la clavería censal del municipio ‒tanto los registros de manuals d’albarans que recogen los pagos realizados, como los llibres de comptes , menos abundantes, pero capaces de cubrir algunos de los huecos en la regularidad cronológica de la serie anterior‒ permite recomponer la creciente proyección de los conversos sobre la deuda pública emitida por la ciudad de Valencia para financiar los gastos generales derivados de la actividad de gobierno (salarios de oficiales, abastecimiento frumentario, armamento de naves, donativos al monarca, etc.). El período que puede analizarse a través de ambas series documentales comprende desde 1390 hasta 1424, y pone de manifiesto la nula vinculación de los conversos de judío a la deuda censal municipal entre 1391 y 1400. Los censales comenzaron a venderse en Valencia en 1356, generalizándose pronto como importante fuente de financiación pública, pero también como coto crediticio reservado a las familias más sobresalientes del grupo ciudadano, todas las cuales encontraron en esos títulos de deuda un lugar idóneo para depositar su liquidez patrimonial y obtener una rentabilidad segura, aunque menor respecto a otros métodos vigentes de inversión financiera. De este modo, la hacienda pública les proporcionaba regularmente unas rentas estables en proporción directa a la cuantía del capital depositado. 26 De hecho, los pagos aplazados derivados de la entrega de esos capitales particulares a los titulares del gobierno ciudadano, en calidad de fiadores públicos, comportaron la detallada especificación de sus beneficiarios a la hora de hacer efectivo el rédito deducible en cada uno de los pagos convenidos, desde el momento de la venta de la renta censal de la ciudad, a cada comprador de la misma. Esta minuciosa aplicación del clavario a la hora de anotar las entregas puntuales a los titulares de las rentas, nos permite rastrear la creciente implicación de los conversos en la financiación de la hacienda valenciana, y también comprobar el proceso general de integración de los conversos en la sociedad urbana. En cada uno de los albaranes copiados y recopilados en los registros o manuales, se indicaba el nombre del perceptor, la fecha prevista para consignar el pago del rédito, la cantidad entregada, la calidad social y profesional del acreedor, y la razón por la que recibía aquella cantidad (titular, cesionario, procurador, parentesco respecto al propietario de la renta, etc.).
Desde 1400, y no antes, algunos personajes claramente identificados como conversos o neófitos comenzaron a aparecer en esos registros como cesionarios de algunos plazos de aquellos intereses anuales que ciertas familias de la nobleza recibían de la ciudad como titulares de censales. Joan Durà, Pasqual, Joan y Pere Maçana, Simó y Ramon Rafael, Joan y Martí Pardo, y Francesc Dartés, entre otros, fueron consignados como beneficiarios eventuales o parciales de cantidades aplazadas, que con toda seguridad habían adelantado a sus titulares y que, en consecuencia, recibían ahora de la clavería municipal, siempre avalados por los pertinentes documentos notariales de cesión. Esta circunstancia, absolutamente excepcional para mudéjares o hebreos desde principios del siglo XV, comenzó a difundirse rápidamente entre algunos conversos y a convertirse en regular porque, según parece, esos personajes desarrollaban ciertas actividades crediticias en torno a ciertos linajes de la nobleza necesitados de momentánea liquidez. La inicial eventualidad del fenómeno pronto adquirió condición regular: Lluís d’Abella, hijo de Saurina y del difunto Ramon d’Abella, el caballero Joan Vives de Canemars y su hijo Joan, doncel, Manuel Dieç, Galceran de Castellví, el doncel Manuel de Tous, Galvany de Villena, Agnés Sanç, la viuda Joana Rabaça o Joan de Ripoll, recurrieron a la cesión de alguno de los pagos aplazados a los que tenían derecho, según se detalla en la lista adjunta. No obstante, el estado de necesidad de algunas de estas familias de caballeros convirtió en constante el recurso a la cesión parcial o completa, esporádica o frecuente, de los réditos censales. Por ejemplo, la mencionada Saurina, viuda de Ramon d’Abella y tutora de su hijo Lluís, recurrió continuamente a capitales adelantados que le proporcionaron algunos conversos, lo que supuso la frecuente aparición de éstos ante el clavario municipal para cobrar las cantidades adeudadas a los Abella, genuinos propietarios de los títulos censales. En este caso las cesiones dejaron de tener carácter extraordinario, y distintos personajes adquirieron rango de usufructuarios habituales de las pensiones. Incluso podemos sospechar una temprana colaboración especulativa entre algunos conversos y la propia Saurina. Más que un estado de necesidad económica familiar, que exigiera a la viuda recurrir a préstamos de los conversos –con la consiguiente merma del total de la renta a percibir, una vez detraído el beneficio derivado del adelanto monetario–, podemos comprobar que Saurina disponía de suficiente liquidez para comprar un título censal nuevo en 1402 y, así, obtener otros mil sueldos de pensión anual. 27
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