Bernardo Tomás Botella - El condado de Dénia en tiempos de Alfonso el Viejo

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El condado de Dénia en tiempos de Alfonso el Viejo: краткое содержание, описание и аннотация

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El señorío, como base material de la hegemonía social de la aristocracia, ha constituido uno de los temas de estudio centrales del medievalismo europeo. En el caso valenciano, dejando aparte las posesiones de las órdenes militares, los grandes estados señoriales apenas habían recibido la atención de los historiadores, en buena parte por la inexistencia o la dificultad de acceso a las fuentes. En este sentido, la contabilidad de los receptores del condado de Dénia conservada en el Archivo del Reino de Valencia ha permitido el análisis minucioso de la tipología y evolución de los ingresos que Alfonso de Aragón recibió de sus dominios a finales del siglo XIV. Este libro reconstruye, de esta manera, la organización fiscal y la estructura tributaria de las posesiones valencianas de uno de los grandes señores feudales peninsulares de la baja Edad Media.

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A efectos recaudatorios y contables, y con independencia de las cuatro demarcaciones señoriales antes referidas (los distritos de Dénia, de Gandia, de las Montañas y del término del castillo de Calp y Altea), los territorios que formaban el condado de Dénia eran administrados por dos receptores, cada uno de ellos al frente de sendas receptories. Por un lado, estaba Pere Carbonell, responsable de la receptoría que percibía les rendes, drets e esdeveniments dels cristians del comtat de Dénia e de les moreries del termes dels castells de Palma e de Calp e del loch d’Altea. Dicho en otras palabras: Pere Carbonell cobraba los derechos señoriales que recaían sobre toda la población cristiana (y en su caso hebrea) del condado, residiera donde residiera, y recibía las rentas que pagaban los musulmanes de los términos de los castillos de Palma y de Calp y Altea. Además, cuando el señor reclamaba un subsidio, Carbonell percibía las cantidades satisfechas por los musulmanes que vivían en la morería de Gandia y en los límites municipales de dicha vila y de Dénia. En resumidas cuentas, Carbonell recogía en sus cuadernos contables los ingresos procedentes del distrito de Dénia, de la villa de Gandia con su contribución general y del término del castillo de Palma, del distrito del castillo de Calp y Altea y de aquellas localidades del distrito de las Montañas que contaban con habitantes cristianos, a saber: Callosa, Tàrbena, Polop, Bellaguarda, Benidorm, Relleu, Finestrat y Guadalest. 9

Por su parte, Bernat Torres administraba les rendes e altres drets de les moreries del comtat de Dénia, es decir, los ingresos procedentes del resto de la población musulmana del condado, registrando en su contabilidad las cantidades proporcionadas por las aljamas de los valles de Gallinera y Ebo (que pertenecían a la unidad administrativa de Gandia) y por las del distrito de las Montañas, donde encontramos detallados los valles de Castell de Castells, Confrides y Guadalest (diferenciándose las alquerías que foren de la senyora reyna, de las que foren del senyor infant), las morerías de Tàrbena, Finestrat, Relleu y Callosa ab sa collita (Micleta, Algar, Xirles, la Nucia, Polop, Macet y Senta Illa), y las alquerías de l’Arc (Alarch) y Sanxet y de Maserof (Almoçorof) y Olocau.

A partir de 1385, Torres también gestionó las rentas procedentes de les terres que foren d’en Gascó, después de que Alfonso de Aragón las recomprase a Castellana Gascó, viuda de Joan Martínez de Eslava y heredera universal de su padre, Guillem Gascó, el 13 de noviembre de 1384. 10Por otro lado, sabemos que su antecesor se encargaba de las rentas de la morería de Gandia (destruida en la Guerra de Castilla y que començà a tornar en 1366), cuya recaudación era dirigida por el batle de la moreria Mateu Sarriba. En algún momento anterior a 1375, Alfonso de Aragón asignó a su esposa Violant las cantidades que anualmente se recaudasen en la morería, de manera que dicha renta pasó directamente de la competencia de Mateu Sarriba a la del tesorero de la señora (cargo que ocupó el propio Pere Carbonell entre 1375 y 1377), razón por la cual no aparece registrada en la contabilidad de Bernat Torres. 11

En el conjunto territorial del condado de Dénia, Alfonso de Aragón ejercía la jurisdicción sobre un total de 2.263 focs (entendiendo fuego como unidad fiscal básica, como familia nuclear), según el fogatge de 1381, del que hablaremos más adelante. Si atendemos a este documento, la unidad administrativa de Gandia fue la más poblada, con un total de 963 fuegos fiscales; de ellos, 438 correspondían a los cristianos, 42 a los judíos y 187 a los musulmanes de la vila y término de Gandia, otros 54 a los cristianos y 49 a los sarracenos del término del castillo de Palma, y 193 a los musulmanes de los valles de Gallinera y Ebo. Le seguía en número de focs el bloque territorial de las Montañas con 684, 93 de cristianos y 591 de musulmanes. La tercera unidad administrativa con más población fiscal fue la de Dénia, distribuyéndose sus 416 fuegos totales de la siguiente manera: 371 de cristianos (207 en la propia Dénia y 164 en el loch de Xàbia) y 45 de musulmanes del término de la vila. Por último, el término del castillo de Calp y Altea contaba, según la documentación, con 200 fuegos, de los que 131 eran de cristianos y 51 de musulmanes del término de Calp, y 13 correspondían a los cristianos y 5 a los sarracenos del loch de Altea. Con esos casi 2.300 fuegos, el condado de Dénia fue el más poblado de todos los territorios valencianos y aragoneses de Alfonso el Viejo; de hecho, sólo el condado de Ribagorza se le aproximaba con un total de 1.771 focs, mientras que la baronía de Arenós y los valles de Ayora y Cortes se quedaban en 788 y 520 fuegos respectivamente. Unas cifras que hacen de Alfonso de Aragón uno de los principales señores de vasallos del reino de Valencia. 12

2. LOS INGRESOS DEL SEÑOR: DISTRITOS, RECEPTORÍAS Y RENTAS

Uno de los problemas clásicos que suscita cualquier estudio sobre el señorío medieval es el de la naturaleza de los ingresos y rentas que su titular obtenía en función del poder que ejercía. En el caso valenciano, su rasgo más visible fue la fragmentación y diversidad de conceptos bajo los cuales se percibían, 13y su composición venía determinada, tal y como señalaba Antoni Furió, por el modo en que se creaba el señorío. Así, cuando éste nacía de la alienación y señorialización del patrimonio real, como en el caso que nos ocupa, los titulares adquirían los mismos dominios y derechos que tenía el rey, produciéndose una transferencia de poder entre corona y nobleza que difuminaba las diferencias entre señorío real y nobiliario, adoptando este último, tal y como veremos, muchas de las características del primero. 14

Los ingresos que recibía Alfonso de Aragón del condado de Dénia se pueden agrupar en tres grandes bloques: por un lado, las rentas ordinarias, una variada gama de derechos, exacciones y cargas que constituían la base de los recursos provenientes de su dominio patrimonial sobre las villas, alquerías y lugares del señorío; en segundo lugar, los subsidios y contribuciones especiales que eventualmente demandaba a sus vasallos como expresión económica de sus atribuciones feudales y jurisdiccionales; y, por último, los réditos derivados de los préstamos censalistas (las pensiones) que esos mismos vasallos pagaban a su señor, unas cantidades fruto de la participación de Alfonso en el mundo del crédito.

El peso de las rentas ordinarias en el conjunto de los ingresos gestionados por los receptores disminuyó de forma considerable a partir de la entrada en escena de los subsidios, a los que se sumaron después las pensiones de los censales que el señor compró a sus vasallos. Así, en el caso de la receptoría de Pere Carbonell, estas rentas pasaron de ser el ingreso principal en 1369 y los años setenta, cuando rondaban el 100% del total, a suponer entre el 55 y poco más del 65% en los años ochenta y primeros noventa. La única excepción la encontramos en 1391: al no recaudarse ningún donativo durante ese año, se produjo un aumento obvio de la importancia relativa de las rentas ordinarias, que se situaron en el 83,5%.

CUADRO 1.1

Estructura de los ingresos señoriales (en %)

RECEPTORÍA DE BERNAT TORRES 1376 1379 Rentas ordinarias y morabatí 976 - фото 3
RECEPTORÍA DE BERNAT TORRES
1376 1379
Rentas ordinarias y morabatí 97,6 83,5
Subsidios 2,3 6,4

Si reparamos en las sumas totales ingresadas por uno y otro receptor, podemos comprobar que los territorios administrados por Bernat Torres proporcionaron al señor mayores beneficios que los obtenidos por Pere Carbonell. 15El ejemplo más claro lo tenemos en 1376: aun siendo el ejercicio fiscal en que Carbonell presentó su recaudación más elevada, 52.645 s. 4 d., las cantidades que ingresó Torres en ese mismo año y en 1379 la superan en más de 17.000 y casi 10.000 s., respectivamente. La falta de documentación nos impide conocer a ciencia cierta si esa tendencia se mantuvo en las décadas siguientes; sin embargo, teniendo en cuenta que las rentas de muchas de esas morerías se gestionaban mediante arrendamientos trianuales conjuntos, que uno de esos ciclos empezaba, además, en 1379, y que en el resto de comunidades sarracenas la recaudación se basaba en las cantidades proporcionadas por los distintos establecimientos enfitéuticos, no resulta descabellado pensar que los ingresos procedentes de las localidades gestionadas por Torres estarían, al menos a principios de los ochenta, muy por encima de los casi 40.000 s. recibidos por Carbonell en esos años.

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