Trilce Valdivia - Derechos de la vida privada

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El presente libro es un estudio introductorio pero exhaustivo, que busca ser una guía para conocer los derechos fundamentales vinculados a la vida privada.
Para ello, ofrece una visión panorámica de estos derechos, abordando con detalle las principales concepciones existentes respecto a la distinción entre lo privado y lo público. Luego, prosigue con un análisis del derecho a la intimidad, a la vida privada, a la individualidad, al honor, a la buena reputación, a la autodeterminación informativa y al secreto e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados.
Con lo anterior, se constituye en un texto no solo dirigido para abogados y personas familiarizadas con la disciplina jurídica, sino que se vuelve un instrumento de suma utilidad para cualquier persona interesada en conocer mejor los derechos de la vida privada, y saber mejor cómo ejercerlos.
TRILCE VALDIVIA AGUILAR es Master en Derecho Internacional con mención en Derechos Humanos, conferido con honores por la Universidad de Northwestern (Chicago, Illinois, EE.UU.). Obtuvo el título profesional de abogada con la máxima calificación en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica San Pablo (Arequipa, Perú). Se ha desempeñado como visitante profesional en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (San José, Costa Rica) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Washington DC, Estados Unidos de América). Autora del libro Orientación sexual y Discriminación en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (Fondo Editorial UCSP, Arequipa, 2016) y coautora de la Guía para funcionarios de Migraciones sobre el trato diferenciado a niños, niñas y adolescentes (Fondo Editoprial UCSP, Arequipa, 2021). Además, ha publicado diversos artículos de su especialidad en revistas indexadas como International Journal of Law, Religion and State, Anuario Mexicano de Derecho Internacional, Derecho PUCP, Díkaion, Prudentia Iuris, entre otras. Actualmente, es profesora a tiempo completo en el Departamento de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Católica San Pablo donde dicta los cursos de Derecho Constitucional, Derecho Comparado y Derechos Humanos, y coordina la Clínica Jurídica.

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1. LA DIVISIÓN ENTRE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO

A decir de Bobbio (1996, pp. 11-12), la clásica división entre “lo público” y “lo privado” se trataría de una “gran dicotomía”, toda vez que ampara la posibilidad de una serie de distinciones conceptuales desde diversas perspectivas, lo que aleja a dichos conceptos de la claridad y más bien nos pone en riesgo de incurrir en la equivocidad. Precisamente, en esto último radicaría el hecho de que en muchos momentos se recurra a esta división para expresar categorías sociales bastante distintas en realidad. Así, en algunas ocasiones, referirse a lo privado equivale a hablar sobre el mundo íntimo de la persona, sobre la familia o sobre los actores de la economía de mercado; mientras que aludir a lo público se relaciona muchas veces con aspectos como “el rol del Estado” o con ámbitos como el de la “sociedad civil” (Weintraub, 1997, p. 2).

Por ejemplo, Rabotnikof (2008, pp. 38-29) distingue hasta tres sentidos básicos en los cuales suele concebirse la dicotomía público-privado. El primero entiende a lo público como aquello que es de utilidad común a todos, es decir, lo que concierne a la comunidad política y a la autoridad por ella instituida; mientras que lo privado haría referencia a la utilidad individual. El segundo sentido comprende a lo público como aquello que resulta visible o manifiesto —de allí, precisamente, la noción de “publicidad”—, y a lo privado más bien como lo secreto u oculto. El tercero entiende a lo público como aquello que está abierto a todos y a su disposición, mientras que lo privado sería lo cerrado, o lo que no se encuentra disponible para todos.

A fin de abordar esta compleja cuestión, en este trabajo partiremos de dos premisas: la primera, que esta “gran dicotomía” resulta ser parte esencial de la vida de toda comunidad política; la segunda, que los contornos de dicha división han ido delineándose de manera muy distinta a lo largo de la historia.

Partiendo de la tesis de la natural sociabilidad humana, podemos afirmar sin temor a equivocarnos que la formación de una comunidad política constituida en torno a un fin o bien común es realmente una necesidad humana ineludible. En dicha comunidad, como afirma Freund (1968, p. 364), “la vida humana quedará dividida en dos partes: por una parte en la vida pública, porque el hombre pertenece inevitablemente a una unidad política, y por otra, en vida privada, porque mantiene con sus semejantes relaciones de reciprocidad y asociación”.

En esa línea de ideas, aquello que una comunidad política decide que debe ser compartido entre todos sus integrantes ingresará en el espacio normalmente reconocido como de lo público; mientras que aquello de lo que la comunidad se ha privado, y es compartido apenas entre unos pocos, constituirá el espacio de lo privado (Cruz Prados, 2009, p. 99). En la esfera pública se va formando un mundo común que trasciende la historia y que, por sus propias características, normalmente interesa a todos. Se entiende por ello a la esfera pública como la esfera de lo visible, donde un mismo objeto de interés puede ser observado o comprendido desde diversas perspectivas.

Por otro lado, en la esfera de lo privado se encuentran aquellos bienes que son de acceso solo para unos pocos y que mantienen una dimensión de alguna manera secreta, en el sentido de que no es relevante que sean sometidos al escrutinio de todos. Sin embargo, especificar las máximas antes señaladas no es siempre tarea sencilla, pues la medida para diferenciar los campos propios de ambas esferas no es permanente ni universal; diríamos que resulta más bien cambiante y que queda librada a la determinación prudencial del gobierno de cada comunidad política concreta (Cruz Prados, 2009, p. 99).

Por lo antes mencionado, encontraremos que, a lo largo de la historia, estas esferas se han delimitado de maneras muy distintas. Así, Hannah Arendt (2003, p. 43) explica cómo, en la Antigüedad, en particular en el mundo griego, la distinción entre lo público y lo privado se traducía en la separación entre las esferas del oikos y la polis. La esfera privada respondía a la satisfacción de las necesidades de supervivencia del ser humano y estaba reservada a la familia, mientras que la esfera pública era el espacio de la libertad. En la esfera familiar se realizaban las actividades propias de la labor y del trabajo. En la esfera de la polis se llevaban a cabo las actividades propias de la acción y del discurso (p. 40).

La esfera privada era aquella de lo oculto o invisible; la pública, la de aquello que puede ser visto por los demás, que permanece en el tiempo y que permite trascender. Es interesante notar que, para Arendt, en la Antigua Grecia, la vida doméstica posibilitaba la “gran vida” en la polis, toda vez que la trascendencia en la vida pública se hacía posible, solo una vez que se habían satisfecho las necesidades esenciales dentro de la esfera privada. Arendt (p. 72) observa en esto último la estrecha relación existente entre el reconocimiento de la propiedad privada y la garantía de la existencia de la esfera pública.

De modo semejante, para Bobbio (1996, p. 14), en el mundo romano, lo público se asociaba con el concepto de res publica, como bien público al que el populus tenía acceso; mientras que el ámbito de la res privata estaba sujeta al poder del pater familias. De esta manera, las relaciones entre gobernantes y gobernados pertecían al ámbito de la res publica en el que se imponía la ley; mientras que las relaciones entre iguales formaban parte del ámbito de la res privata, donde operaban los acuerdos privados o contratos.

Sin embargo, como señalamos anteriormente, los espacios abarcados por las esferas pública y privada han sido cambiantes. Arendt (2003, p. 46) advierte que, durante la Edad Media, la distinción entre las esferas pública y privada perdió gran parte de su significado, pues en la sociedad feudal la esfera privada creció y todas las relaciones se modelaron bajo el patrón doméstico. Este último fenómeno constituiría la raíz de lo que describe como “el auge de lo social”, por el que muchas actividades ligadas a la supervivencia y a la satisfacción de necesidades —es decir, propias de la antigua esfera privada—, se convierten ahora en actividades públicamente relevantes. Asimismo, durante el Medioevo, el concepto de bien común se modeló sobre los intereses comunes tanto materiales como espirituales de los individuos particulares, siendo la salvación de la propia alma el principal interés común, ocasionando que la religión católica ocupara un lugar privilegiado en la esfera pública.

Para Habermas (1991, pp. 29-30), la esfera pública se identificaría, desde fines del Medioevo, con lo que denomina “publicidad representativa”, ejercida principalmente por el Monarca y la Nobleza, quienes solían exhibir su poder en las plazas, los palacios y las iglesias. Fenómenos propios de la Edad Moderna, principalmente el auge del Estado, poco a poco habrían ido perfilando el nuevo sentido de la división entre la esfera pública y la privada. Surgiría un nuevo sentido para entender “lo público”, básicamente como “lo estatal”. El denominado “auge de lo social” caminó aparejado al surgimiento del mercantilismo y la formación de los nuevos Estados nacionales. De esta forma, tomaron preeminencia aquellas actividades destinadas a la satisfacción de necesidades y a la acumulación de la riqueza. Y, si bien es cierto que el mercado surgió como un espacio libre para los intercambios individuales, este requería la protección de la autoridad política.

Por otro lado, observamos también en la entrada de la Modernidad el paso que dan desde la esfera pública hacia la privada tanto la religión como la moral. Martínez de Pisón Cavero (1996, p. 720) destaca, por ejemplo, que “el deseo de vida privada surge con la lectura en familia de la Biblia, el diálogo interno con Dios, la reclusión interior y la escritura de escritos personales, en fin, con la ética protestante —mercantil, por encima de todo, sujeta al ahorro, al cálculo, a la honestidad y a los libros mercantiles— y con las exigencias sociales y políticas de la utopía burguesa en los siglos XVII y XVIII, y materializada en el más puro sistema liberal del XIX”.

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