Sin embargo, es bueno recalcar que, sean cuales fueren los resultados de la comparación entre el Derecho latinoamericano y la Convención, no deberán ser factores primordiales al decidir si un Estado debe adherirse o no a esta. Existen, además, otros razones de orden práctico que justifican que se adopte la Convención. Concretamente en lo relativo a la ley aplicable a un contrato, el comerciante que importa o exporta mercaderías se encuentra normalmente ante la alternativa de la ley nacional conocida, de una parte, y la ley extranjera desconocida de la otra. Ante tal disyuntiva, es preferible sustituir la ley extranjera desconocida por el régimen armonizado e internacionalmente conocido de la Convención.
Finalmente, la obra trata del arbitraje y de la conciliación comercial internacional, que son instrumentos de la mayor importancia para la convivencia pacífica de los operadores internacionales.
En síntesis, es una obra trascendente para el comercio internacional, que será de utilidad para los abogados, operadores comerciales, administradores y estudiantes universitarios.
Viena, setiembre de 2003
Jernej Sekolec
Secretario de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Prólogo a la tercera edición
Cuando el profesor Aníbal Sierralta Ríos me confirió el honor de prologar la tercera edición de su obra Contratos de comercio internacional hice una detenida lectura de esta. Y comparándola con las ediciones anteriores, excelentes por supuesto, vi que el autor había realizado un gran trabajo no solo en cuanto a la actualización de la obra sino, también, incorporando tres nuevos capítulos muy significativos.
Los nuevos temas —«el contrato de transporte», «arbitraje y conciliación internacional» y «medidas de seguridad y control»— dan un panorama muy completo en esta materia. La doctrina y jurisprudencia latinoamericana tienen con esta obra un aporte sumamente valioso que, seguramente, habrá de incrementarse con la de nuevos autores.
Es en especial destacable el esfuerzo del profesor Sierralta Ríos, que se manifiesta en la calidad del tratamiento conceptual y formal del punto «el esfuerzo exportador de América Latina». Inteligentemente descrito el asunto, con sugestivas soluciones no solo en el plano estrictamente jurídico sino, también, apuntando a lo práctico, a lo concreto, esta parte de la obra de seguro va a tener gran acogida en Argentina, como con seguridad ha de tenerla en Perú y en los restantes países del continente Sudamericano.
Muy ajustada y precisa me ha parecido también la clasificación hecha por el autor de los contratos internacionales y de gran utilidad habrá de ser para los jóvenes abogados que se dediquen a esta creciente disciplina, ya que la complejidad, variedad y el constante desarrollo del comercio internacional requieren —y la obra lo hace— un instante de reflexión lúcida y de análisis profundo de una «materia viva» iluminada por la tradición jurídica y fuertemente impactada por el moderno desarrollo tecnológico.
Desde su primera edición en diciembre de 1990, Aníbal Sierralta Ríos no ha dejado de perfeccionar esta obra. Como todo autor dedicado, ha acompañado la evolución de los hechos y del Derecho, modificando, sustituyendo y ampliando este libro. Hoy aquí encontramos el fruto de esta tarea, hecha con el fervor del autor, con la sapiencia del doctrinario, y a la que él mismo ha agregado, sobre todo ello, la pasión de un auténtico docente, sabiendo que sembrar conocimiento entre los jóvenes latinoamericanos es cosechar mejor calidad de vida para nuestros pueblos en el futuro inmediato.
Buenos Aires, 15 de abril de 1998
Dr. Horacio Alcides O’Donnell
Rector
Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales
Prólogo a la primera y segunda edición
El Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica ofrece al público peruano una meritoria obra de Derecho Comercial de la que es autor el distinguido internacionalista Dr. Aníbal Sierralta Ríos. Se trata de un importante aporte a la bibliografía jurídica nacional, que ha de ser de indudable interés para el estudiante de Derecho y el abogado especialista, a la vez que para empresarios y profesionales involucrados en las múltiples facetas, técnicas y financieras, de la actividad mercantil entre las naciones.
El libro Contratos de comercio internacional merece ser destacado, aparte de su valor práctico, por su relevancia y su novedad. La incursión en el tema genérico representa ya una contribución pertinente y oportuna al debate sobre la función de la industrialización, y señaladamente la de las exportaciones, en el proceso de crecimiento económico y desarrollo social de una nación. Por otro lado, en el ámbito latinoamericano no es frecuente encontrar trabajos, como el del doctor Sierralta Ríos, orientados a examinar con detenimiento el área específica de la contratación mercantil de carácter internacional. Este novedoso sesgo regional revela la familiaridad con los regímenes legales de los países del área que posee el autor, abogado de amplia experiencia profesional como consultor internacional, profesor de la prestigiosa Fundación Getulio Vargas del Brasil y experto de la Organización de Estados Americanos.
El riguroso análisis que formula el doctor Sierralta Ríos cubre primero el tema general del comercio internacional, luego las pautas supranacionales que gobiernan el intercambio, a continuación los aspectos técnicos de los contratos internacionales y, por último, la compraventa en su aplicación más allá de los mercados nacionales.
Gracias al comercio internacional, que es fruto de la división del trabajo entre las naciones, unos países exportan aquello que producen a menor costo a cambio de lo que otros a su vez están en condiciones de proveer a valores más bajos. El principio enunciado, fundamental en teoría económica, constituye uno de los factores principales en la promoción del bienestar, medido a través de aumentos en el ingreso nacional de los países participantes en el intercambio global. Las naciones que han seguido una estrategia comercial abierta hacia el exterior muestran resultados económicos favorables en relación con aquellas que han buscado la autosuficiencia sobre la base de políticas restrictivas y proteccionistas. La recompensa de las primeras, expresada en el aumento del ingreso, las exportaciones, el empleo y el ahorro, es función tanto de la mejor asignación de los recursos económicos que deriva de la competencia cuanto de oportunidades que brinda el libre flujo de bienes, servicios, capitales y tecnologías.
Sea esta la ocasión de subrayar que la protección de la producción local es generalmente nociva al crecimiento de la actividad económica de un país. En efecto, esa protección de las industrias relativamente menos eficientes, que compiten con las importaciones, desvía los recursos de capital y mano de obra de las exportaciones, que resultan así desprotegidas. Más aun, el concepto de «protección efectiva» ilustra la distorsión en la asignación de los recursos, que es más marcada según es mayor la incidencia de los insumos importados en el proceso productivo. En ese sentido, se debe buscar que haya uniformidad, o menos dispersión, en las tasas de protección nominal para todos los productos, tanto materias primas como bienes de capital, incluso para aquellos artículos que el país no produce.
Desde 1948, la actividad comercial entre las naciones encuentra sustento en el marco regulador del Acuerdo General de Comercio y Tarifas (GATT), cuyas normas afectan un 80% de ese intercambio global. En efecto, el GATT orienta la acción de unos 130 países, entre los signatarios y aquellos que de alguna forma se rigen por los postulados de esa organización. Los principios cardinales del GATT -tratamiento comercial no discriminatorio y transparencia en los esquemas de protección- han coadyuvado, sin duda, a la expansión del intercambio mundial, cuyo valor bordeaba, a finales del año pasado, los US$ 6000 billones. El total de las exportaciones e importaciones de América Latina en esa misma fecha fue del orden de US$ 200 000 millones, nivel solo ligeramente mayor al registrado en 1980. Más aun, el modesto crecimiento del comercio regional en dicho período, debido en parte a los avances del proteccionismo industrial, fue desigual principalmente en función de las políticas macroeconómicas seguidas por los países del área. En cualquier caso, dados los riesgos de un resurgimiento de barreras e impedimentos al intercambio comercial por parte de las naciones de mayor ingreso relativo, resulta crucial que las negociaciones comerciales multilaterales en curso de la denominada Ronda Uruguay, bajo los auspicios del GATT, culminen con los mejores resultados.
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