Diligencia de entrada y registro e inviolabilidad de domicilio
Análisis integral y cuestiones prácticas
Diligencia de entrada y registro
e inviolabilidad de domicilio
Análisis integral y cuestiones prácticas
Jaime Herraiz Pagès
Letrado de la Administración de Justicia
Raúl Díaz Sáez
Letrado de la Administración de Justicia
Queda prohibida la reproducción total o parcial de esta obra, cualquiera que sea su medio (mecánico, electrónico, por fotocopia, etc.) sin la autorización expresa de los titulares del copyright.
© AFERRE EDITOR S.L. 2020
© Autores 2020
Diseño de cubierta: Clara Batllori
Primera edición septiembre 2020
ISBN: 978-84-122026-2-5 (papel)
ISBN: 978-84-122026-3-2 (digital)
Depósito Legal: B 9885-2020
Edita: AFERRE EDITOR S.L.
Gran Vía de les Corts Catalanes, 510
08015 Barcelona
Telf.: (+34) 93 4548180
Email: aferreeditor@gmail.com
Impresión y encuadernación: Ulzama Digital
Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra.
Índice
Prólogo Prólogo El domicilio, la casa, el hogar, es un reducto inexpugnable sobre el que el individuo afortunado despliega su cotidianeidad. Es su referencia en el mundo, probablemente el lugar más importante de su vida, donde consume gran parte de su existencia y tiempo, donde se manifiestan los afectos y desafectos, las llegadas y las partidas, su mayor tesoro… Por eso es inviolable… Por ello, es necesario garantizar al máximo, que cualquier injerencia o intrusión que se pueda producir esté rodeada de todas las garantías a nuestro alcance para proteger la intimidad y derechos de los moradores. Desde el punto de vista legal, son tantos matices y aspectos (materiales, procesales, formales) a tener en cuenta, que practicar una diligencia de entrada y registro de forma correcta puede resultar misión imposible al poder estar viciada dicha actuación en alguno de sus extremos. Y más, en una sociedad como la actual, altamente compleja y radicular, con una delincuencia organizada, en un mundo digital lleno de información con datos líquidos y escurridizos que dificultan su regulación legal. Y esta es la virtud de esta obra: de manera sencilla, profesional y clarificadora se abordan múltiples cuestiones y se da respuesta a las mismas a la luz de la última jurisprudencia y disposiciones normativas. Es una obra eminentemente práctica dirigida no solo a operadores jurídicos (abogados, fuerzas y cuerpos de seguridad, funcionarios de la administración de justicia, etc.) sino también al mundo de la docencia, que puede llegar a convertirse en una herramienta imprescindible de aprendizaje para todos. Sus autores, son dos “grandes” Letrados de la Administración de Justicia (LAJS) con amplia experiencia y reconocida profesionalidad que demuestran una vez más la alta capacitación de este cuerpo superior jurídico al que recurrentemente se le están hurtando sus más que demostradas capacidades jurídicas. De forma altruista y generosa estos compañeros han realizado esta obra fruto del sistema de trabajo y análisis “Fórum-Debate” iniciado en su día por el propio Jaime, y que busca aclarar dudas y facilitar el trabajo del resto de compañeros y profesionales de la demarcación, por lo cual, no cabe sino acabar una vez más dando las gracias por su actitud y compromiso con la calidad del servicio público de la Administración de Justicia. En tiempos de confinamiento, a veinticuatro de abril de dos mil veinte. José Francisco Escudero Moratalla
Capítulo 1 Capítulo 1 Introducción A lo largo del transcurso de la historia, en cualquier forma de organización social, han existido instituciones, personalidades o bien espacios en los que sobrevolaba un aura de preeminencia mediante la atribución de una cualidad que garantizaba su integridad y plenitud, siendo por lo tanto libres de toda injerencia exterior. Dicha cualidad viene a configurar el núcleo esencial del concepto de inviolabilidad, pudiendo en este sentido conceptuarse como aquélla por la cual se salvaguarda un elemento material mediante la atribución de una esfera protectora que impide su subordinación a una voluntad externa o ajena y, en general, a toda actuación que suponga bien una restricción o limitación o bien, una alteración o menoscabo en su naturaleza. El Diccionario del español jurídico define con carácter general la inviolabilidad como aquella “cualidad de lo que no puede ser violado”, de manera que a partir de dicha definición puede reputarse la inviolabilidad según los parámetros que a continuación se exponen: • La inviolabilidad por sí misma no tiene una substantividad propia en tanto que se configura como una cualidad asociada o vinculada a un elemento material real y concreto sobre el que recae. • Este elemento material, por una razón jurídica, tradicional o bien de otro orden vinculante, se conforma libre de toda merma o límite que restrinja su integridad o bien lo modifique, y para ello le es conferida esta cualidad a modo de garantía. • Esta cualidad garante supone una protección dispensada para su conservación integral de manera que opera tanto en un sentido pasivo, ya que impone una actitud elusiva de agresión o intromisión por los demás, como en un sentido activo, ya que supone una infracción sancionable en caso de inobservancia o desconsideración.
. Introducción Capítulo 1 Introducción A lo largo del transcurso de la historia, en cualquier forma de organización social, han existido instituciones, personalidades o bien espacios en los que sobrevolaba un aura de preeminencia mediante la atribución de una cualidad que garantizaba su integridad y plenitud, siendo por lo tanto libres de toda injerencia exterior. Dicha cualidad viene a configurar el núcleo esencial del concepto de inviolabilidad, pudiendo en este sentido conceptuarse como aquélla por la cual se salvaguarda un elemento material mediante la atribución de una esfera protectora que impide su subordinación a una voluntad externa o ajena y, en general, a toda actuación que suponga bien una restricción o limitación o bien, una alteración o menoscabo en su naturaleza. El Diccionario del español jurídico define con carácter general la inviolabilidad como aquella “cualidad de lo que no puede ser violado”, de manera que a partir de dicha definición puede reputarse la inviolabilidad según los parámetros que a continuación se exponen: • La inviolabilidad por sí misma no tiene una substantividad propia en tanto que se configura como una cualidad asociada o vinculada a un elemento material real y concreto sobre el que recae. • Este elemento material, por una razón jurídica, tradicional o bien de otro orden vinculante, se conforma libre de toda merma o límite que restrinja su integridad o bien lo modifique, y para ello le es conferida esta cualidad a modo de garantía. • Esta cualidad garante supone una protección dispensada para su conservación integral de manera que opera tanto en un sentido pasivo, ya que impone una actitud elusiva de agresión o intromisión por los demás, como en un sentido activo, ya que supone una infracción sancionable en caso de inobservancia o desconsideración.
Capítulo 2. Inviolabilidad domiciliaria
Capítulo 3. Antecedentes constitucionales de la inviolabilidad domiciliaria
Читать дальше