En esta orientación, Dios es el otro nombre del padre (idealizado) y de la ley, la cual demanda, como el deber humano por excelencia, respeto por la propia vida y cuidado de los demás; de ahí que tanto uno como la otra sean instrumentos simbólicos de paz y armonía entre los pueblos. Aunque Cicerón sospechaba, lo mismo que Lacan, y a diferencia de muchos políticos en la actualidad, que la armonía social y la paz existen tanto como la salud mental y la armonía o la relación sexual.23 Según Freud, a raíz de la agresividad constitutiva del hombre, la sociedad se ve sometida a un inevitable peligro de disolución. Por ello, pensamos con Lacan que, cuando el Nombre del Padre se desvanece, la identidad de las sociedades se desploma, ya que tal nombre es el significante fundamental: la instancia decisoria, de ordenamiento y de regulación de la vida sociocultural. Sin jerarquías parece ser que no podemos orientarnos en el mundo, por ello es necesario simbolizar lo real: he aquí la importancia de la función del padre.
Lo anterior coincide, si es lícito decirlo así, con todo lo que se ha dicho en literatura, lingüística, filosofía y derecho de Marco Tulio Cicerón como padre del discurso y la oratoria, que se hacía sentir, a diferencia de su padre. En este sentido, Cicerón pensaba: “Así como un constructor debe tener un plano para poder construir bien, así el pueblo debe tener una Constitución para que le guíe. Pero hemos abandonado nuestros planos y nuestros mapas tan laboriosamente confeccionados por nuestros padres” (Caldwell, 2011, p. 439). A diferencia de aquel padre, el actual es casi un afónico para quien los recursos de la palabra y el discurso parece que no existieran. Es lo que también se conoce como el declive de la función paterna, función que se asemeja, en las predilecciones políticas de Cicerón, con un dios olímpico (como dice Homero), con un rey fuerte o con la monarquía como sistema de gobierno preferido por él.24 Sin embargo, en otro lugar dice: “Cuando sólo un hombre gobierna un Estado, ese Estado va abocado a su ruina” (citado en Cura, 2004, p. 49).
Entonces, en la perspectiva de Cicerón, se podría decir que cada sujeto, grupo y comunidad tendría que desear y construir como él, con su obra sobre los deberes, dedicada a su hijo, a sus coetáneos y a nosotros, su propio código práctico de conducta moral, con el fin de restablecer lo que es realmente bueno para el sujeto y para la especie humana, y procurar reducir de paso el caos que la sociedad de consumo ha creado, ya que en tales circunstancias muchos son los que abusan de la confusión entre lo simbólico y la realidad, tanto en la familia y los negocios, como en la contratación estatal y en la práctica judicial,25 fundamentada esta última, para ser claro, en el derecho constitucional. A propósito de este, es preciso decir que Cicerón, en su obra Sobre la república,26 crea las bases teóricas y prácticas para el mismo, obra que se ensambla con la de Los deberes y genera una atmósfera propicia que permite pensar a Marco Tulio Cicerón no solo como el principal orador de Roma, sino también como uno de los precursores de la defensa de los derechos humanos. Esta idea aletea, a mí manera de ver, en toda la obra del abogado, político, orador, filósofo y avezado escritor romano. Así, se puede decir que, mientras Cicerón tuvo como propósito esencial “salvar la República romana”, como parte de los derechos naturales (o fundamentales) que proclamaba, nosotros en Colombia tenemos el deber de procurar “salvar la justicia”, en el marco de la cris is institucional de la Corte Constitucional, como parte primordial de tales derechos. En realidad, las cosas no han cambiado mucho desde la época de Cicerón.
Crear un código práctico de conducta que permita, sin tanta complicación legal y tanto exceso de normas, cuidar de sí, de los otros y de las cosas. En esta perspectiva, podríamos preguntarnos: ¿cuántas leyes existen en Colombia?, ¿quién conoce siquiera la mitad?, ¿qué consecuencias tiene esa proliferación de normas con respecto a la democracia, la libertad, la justicia, la institucionalidad y el respeto por los derechos humanos?27 En esta onda de pensamiento, Cicerón decía: “Debemos fomentar las buenas costumbres, sin aspirar a regir todas las cosas mediante leyes escritas” (en Cura, 2004, p. 45). Y Domingo César Cura Grassi (doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales) nos dice de Cicerón lo siguiente:
Consagró su vida en defensa de la libertad, de la República, ahondando en la corriente Estoica, cuya teoría de Derecho Natural reside en la razón que rige todo el universo, subrayando la dignidad humana y propugnando una comunidad de todos los hombres como tales, ello basado en la Libertad e Igualdad Universal, a favor de la dignidad— se insiste— que corresponde a cada individuo (2004, p. 9).
No como en la actualidad, en la que el derecho parece estar cada vez más del lado de los intereses oscuros, de las mentes corruptas y, obviamente, de la rentabilidad.
Se dice en los ámbitos de la rama judicial que la inmensa mayoría de los ciudadanos, incluyendo los abogados, no saben siquiera cuántas especies de reglas jurídicas existen en nuestra pirámide legal. Probablemente por esa razón, todos los sistemas jurídicos se basan en la mentira, según la cual “toda norma se reputa conocida”. Es posible que el exceso de normas sea un incentivo para la delincuencia y la criminalidad y que el mismo ejercicio del derecho, con esa proliferación de sentidos e interpretaciones, se haya encargado de restarle eficacia a la práctica judicial. Un poco como sucede con el padre con rasgos obsesivos, paranoicos y crueles, que por estar ‘echando cantaleta’ todo el tiempo termina destituyéndose como instancia de regulación en la familia. Un exceso de padre es tan perjudicial como un exceso de normas, pues al final todo el mundo termina por descubrir que allí se encubre la impotencia y la fragilidad humanas.28 Cuando el padre se toma por Dios-padre, como el progenitor de Franz Kafka, el de James Joyce y el de muchos otros, lo que usualmente sucede es que el hijo se siente aplastado como un gusano o convertido en un insecto y expuesto al infortunio.29 En el caso de Cicerón, parece ser que fue Helvia quien más contribuyó a moldear la actitud obsesiva, escrupulosa y ética de su primogénito.
En la actualidad, los discursos sobre los deberes humanos están más cargados de normatividades inoperantes que de expresiones lógicas contundentes por su capacidad heurística, mientras que con Cicerón se podría decir que su discurso era potente y exuberante en lo tocante a su sistema simbólico, pero moderado y reducido en cuanto a la proliferación del sentido y la interpretación de normas. En la perspectiva de Mijaíl Bajtín, se podría decir que, sin interpretación no es posible la comunicación humana. Cicerón se preguntaba: “¿Qué retiro puede haber más honroso para una ancianidad acompañada y honrada que la interpretación del derecho?” (1992, p. XXVII). En esta perspectiva, se podría conjeturar que el ejercicio jurídico de los romanos, al no estar atestado de normas insulsas, era más fluido y eficaz, porque no se enredaba en el atolladero de una significación de nunca acabar. Es por lo que un juicio relativamente simple podría concluir en un plazo corto, pero el exceso de normas y de interpretaciones que de ellas se derivan llega a complicar tanto las cosas que el proceso judicial se extiende y se sale de control. Excesos en la interpretación de la hermenéutica jurídica que terminan por fastidiar tanto, que por ello muchos sujetos, en lugar de ampararse en la Constitución30 y en la ley para resolver un conflicto, prefieren hacer uso de la fuerza y de prácticas deshonestas no contempladas en la legalidad para alcanzar sus objetivos. Desde Cicerón se piensa que en el orden de la Constitución “nadie puede ser juzgado por hechos cometidos antes de la promulgación de las leyes, cuando tales hechos no eran considerados delitos” (citado en Cura, 2004, p. 45).
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