En materia de redistribución del ingreso, si bien la participación de los trabajadores fue creciente, continuó en este período por debajo de los valores de 2001. Si se considera la redistribución funcional de los ingresos –que enfoca el análisis en el ingreso generado por los distintos factores de la producción, es decir fuerza de trabajo por un lado y capital por el otro– el aumento del PBI, de los salarios y de los niveles de ocupación no se tradujo en una mayor participación de los asalariados en el ingreso desde 2003 en adelante. De hecho, ésta ha disminuido y en 2007 es un 11% inferior al 2001 (Basualdo, 2008). Respecto de la distribución personal del ingreso, que analiza cómo se distribuye el ingreso por estratos de ingresos sin reparar si se trata de asalariados o no asalariados, un informe de la CTA (2007) sobre crecimiento y distribución durante el período 2003-2007 señala que de cada 100 pesos que se generaron por el proceso de crecimiento económico, el 30% más rico se apropió de 62,5 pesos, mientras que el 37,5% restante se repartió entre el 70% de la población. Está claro que es un porcentaje insuficiente para modificar la pauta distributiva de la sociedad, máxime cuando se considera que el 40% más pobre captó apenas 12,8 pesos y el 30% de los sectores medios explican los 24,7 restantes pesos.
3. Medidas para trabajadores formales y transformaciones previsionales
A partir de 2003, en el contexto de recuperación económica que coincide con la gestión de gobierno del ex presidente Néstor Kirchner la intervención en materia social se concentró en dos líneas bien demarcadas.
La primera línea, la política de recomposición salarial y de adopción de medidas destinadas a trabajadores asalariados formales, incluyó también la revisión del régimen previsional y de asignaciones familiares (AAFF), conjuntamente con estímulos para la registración del empleo; la suspensión de los despidos sin causa justa, la derogación de la ley Banelco, la modificación de la ley de quiebras, y la limitación de las facultades del empleador, entre otras medidas adoptadas.
A través de la sanción de la ley 25.877 denominada de “Reordenamiento Laboral” en el año 2004 se dejó sin efecto una de las normas que, además del escándalo derivado del modo en que fue votada, incluía una serie de reformas regresivas desde el punto de vista del interés de los trabajadores. En abril de 2006 se sancionó la ley 26.086 que volvió a reconocer la competencia de los jueces laborales para entender en los reclamos que los trabajadores iniciaran contra empresas concursadas y quebradas que, desde 1995, estaba en manos de la justicia comercial. En abril de 2006 se sancionó la ley 26.088 mediante la cual se le restituyó al trabajador que fuera víctima de una modificación unilateral y perjudicial de sus condiciones de trabajo, la posibilidad de reclamar el mantenimiento de las condiciones pactadas. Si bien nunca estuvo permitido al empleador efectuar cambios unilaterales en las condiciones pactadas con el trabajador cuando aquéllos implicaban un perjuicio moral o material para el empleado, frente a esta situación al trabajador le quedaba una sola respuesta: considerarse despedido. La redacción actual de la ley vuelve a otorgar al trabajador dos opciones: hacer juicio reclamando la indemnización o la restitución de las condiciones alteradas. La segunda línea, caracterizada por intervenciones del “mientras tanto” (que serán abordada en el próximo capítulo), principalmente aunque no exclusivamente bajo responsabilidad del MDS consistió principalmente en el surgimiento de programas sociales (PMO y PSA) y del PJJHD en el marco del MTEYSS.
Cabe entonces retomar algunos elementos centrales de la primera línea: la política para trabajadores asalariados formales. En primer lugar, se dieron sucesivos aumentos salariales. Desde julio de 2003, cuando el salario mínimo, vital y móvil (SMVM) fue aumentado a 250 pesos luego de haber estado congelado en 200 pesos durante diez años, se produjo una mejora significativa en el cumplimiento del objetivo de establecer un piso salarial no inferior al ingreso requerido para cubrir el costo de la canasta básica total (CBT). El SMVM fue incrementándose desde julio de 2003 hasta alcanzar casi el quíntuplo (980 pesos) a partir de diciembre de 2007; es decir que mientras cubría apenas el 30% de la CBT; el SMVM pasó a cubrir el 108% de la CBT a fin del período analizado (Basualdo, 2008).
Asimismo, el crecimiento promedio de los salarios nominales desde la salida de la convertibilidad fue superior a la inflación, aunque la característica distintiva fue la evolución dispar entre los distintos segmentos de trabajadores. Mientras que el empleo formal privado triplicó su salario nominal promedio desde la salida de la convertibilidad; el empleo no registrado y el público no llegaron a duplicar los salarios nominales promedio y se encontraron sensiblemente por debajo del promedio general. Los ingresos de los diferentes grupos de trabajadores se recuperaron en términos nominales después de la crisis de 2001. Sin embargo, en un contexto caracterizado por una inflación sostenida y creciente, el análisis relevante se centra en el poder de compra de los ingresos (CENDA, 2007. 2). Los ingresos nominales de los trabajadores crecieron un 78% entre el tercer trimestre de 2003 y el último trimestre de 2006. Esta cifra pasa al 70% si se excluyen los ocupados a través de planes sociales, ya que debido a la caída de su participación en el empleo total, el peso relativo de este grupo de bajos ingresos se reduce en el ingreso total. En el mismo período, los precios de los bienes de consumo se incrementaron en un 30%, de manera que los ingresos crecieron, en términos reales, un 37% (30% si se excluyen los receptores de planes sociales). Este crecimiento, sin embargo, no resultó suficiente para recuperar los niveles de ingresos vigentes en octubre de 2001. Por otro lado, según un informe del Observatorio de Derecho Social de la CTA (2007: 23) durante el segundo trimestre del año, el MTEYSS homologó 229 negociaciones, divididas en 195 acuerdos salariales (85%) y 34 modificaciones de convenios colectivos de trabajo (15%). En los acuerdos con diferentes gremios se acordaron incrementos salariales que fueron entre un 14% y un 23%.
En segundo lugar, los incrementos de las asignaciones familiares para trabajadores formales (AAFF), prestaciones en dinero, de carácter no remunerativo, cuyo pago se encuentra sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones que varían según el tipo de asignación de que se trate. Las AAFF se circunscriben a asalariados formales y funcionan bajo una lógica de seguro social, quedando excluidos de su percepción aquellos sectores pertenecientes a la economía informal, cuentapropistas, autónomos o monotributistas, desempleados no receptores del seguro de desempleo (por ejemplo quienes reciben planes sociales), trabajadoras del servicio doméstico, personas privadas de libertad, migrantes, y quienes se encuentran afectados en su salud mental en una institución al efecto.
En materia de AAFF, cabe recordar que no se alteraron las modificaciones realizadas en este instrumento durante la década del 90 donde se reconocieron menos situaciones de contingencia pasibles de cobertura, al pagar dichas asignaciones según el nivel de ingresos del asalariado.[12] Esta modificación alteró la propia naturaleza del instrumento en tanto se vuelve dependiente de la propia política salarial, al tiempo que no se modificaron las deducciones por responsabilidades familiares del impuesto a las ganancias (Pautassi, 2009a).
Durante 2007 el gobierno incrementó las AAFF por hijo/a, prenatal e hijo/a discapacitado y modificó las escalas y tope salariales, lo que en promedio representa para estos conceptos un aumento del 40% (Pautassi, 2009a). Si bien resultan importantes los aumentos para la población receptora de AAFF, cabe señalar que este tipo de medidas continuo poniendo el acento en el sector asalariado formal, dejando por fuera a los sectores desempleados, informales y demás grupos que carecen de una relación laboral formal de trabajo, generando fuertes inequidades, situación que posteriormente, hacia fines de 2009 transformará la AUH. En este sentido, es importante recordar que el sistema de AAFF fue pensado para una sociedad cercana al pleno empleo y bajo la idea de protección para el trabajo asalariado formal.
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