Fuentes y concepto de educación en Derechos Humanos
Es muy importante destacar que la educación en DH supone unas obligaciones internacionales que en algunos casos están expresamente señaladas en algunos instrumentos internacionales de DH y por lo tanto suponen una responsabilidad internacional de los Estados.
En el consenso internacional plasmado el 10 de diciembre de 1948 en la Declaración universal de los Derechos Humanos , las naciones del mundo, recogiendo lecciones del pensamiento y de luchas históricas de la humanidad, reconocieron las normas básicas de la convivencia pacífica, justa y solidaria entre las personas (los DH), y los principios de aquella forma de organización social que mejor podía garantizarlos (la democracia). Definieron sus acuerdos como el ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, e instaron a alcanzarlo mediante la enseñanza y la educación ( Declaración universal de los Derechos Humanos , Preámbulo y Art. 26.2).
El consenso rotundo de la Declaración universal da origen al concepto de “educación en derechos humanos”, reiterado y profundizado durante los años posteriores en numerosos instrumentos de DH, en declaraciones y resoluciones de organismos internacionales y regionales, en conferencias mundiales especializadas y en encuentros de líderes políticos y educativos del mundo.
En el hemisferio americano, las bases de la educación en DH están expuestas con claridad en el “Protocolo adicional a la convención americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales o Protocolo de San Salvador” (1988):
[...] la educación deberá orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad y deberá fortalecer el respeto por los derechos humanos, el pluralismo ideológico, las libertades fundamentales, la justicia y la paz [...] la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad democrática y pluralista, lograr una subsistencia digna, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos raciales, étnicos o religiosos y promover las actividades a favor del mantenimiento de la paz.
Apoyado en esta plataforma filosófica, legal y de voluntad política declarada por los Estados, el IIDH entiende que:
[...] educar en derechos humanos significa que todas las personas —independientemente de su sexo, edad, ocupación, origen nacional o étnico y condiciones económicas, sociales o culturales— tengan la posibilidad real de recibir educación sistemática, amplia y de buena calidad que les permita:
• comprender sus derechos humanos y sus respectivas responsabilidades;
• respetar y proteger los derechos humanos de otras personas;
• entender la interrelación entre derechos humanos, Estado de Derecho y gobierno democrático, y
• ejercitar en su interacción diaria valores, actitudes y conductas coherentes con los derechos humanos y los principios democráticos (Rodino, 2006, p.4).
La educación en DH es en sí misma un derecho, que hace parte del contenido del derecho a la educación, y es condición necesaria para el ejercicio activo de todos los DH. Esta formulación hace explícita otra convicción que guía la función educativa del IIDH: educar en DH supone, al mismo tiempo, educar en democracia, porque ambos conceptos están indisolublemente unidos. La doctrina y la experiencia histórica muestran que solo en un Estado de derecho democrático es posible que se reconozcan los derechos humanos; así como solo puede calificarse a una sociedad de auténticamente democrática cuando en ella se respetan tales derechos. Y esto no se refiere únicamente a su vigencia jurídica, sino a su realización efectiva en la cotidianidad, por cuanto para el IIDH la democracia es mucho más que una doctrina de acción política y un régimen de organización del Estado; es además un modo y una cultura de vida:
Es un sistema de relaciones humanas fundado en una legalidad aceptada por todos, dentro de la que se resuelven los conflictos y a la vez se expresan aquellos valores que sustentan los derechos humanos: la igualdad, la equidad, la solidaridad y la justicia, la libertad, la tolerancia a la diversidad y el respeto mutuo. (Rodino, 2003, p.2)
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