El poder de representación para litigar
El poder de representación para litigar
José Francisco Escudero Moratalla
Letrado de la Administración de Justicia. Secretario Coordinador Provincial
Vanesa Morejón Villanueva
Letrada de la Administración de Justicia. Directora de Servicio Común General Procesal
Mercè Ferrer Adroher
Gestora Procesal de la Administración de Justicia
Daniel Corchete Figueras
Gestor Procesal de la Administración de Justicia
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© AFERRE EDITOR S.L. 2021
© Autores 2021
Diseño de cubierta: Clara Batllori
Primera edición febrero 2021
ISBN: 978-84-122686-4-5 (papel)
ISBN: 978-84-122686-5-2 (digital)
Depósito Legal: B 570-2021
Edita: AFERRE EDITOR S.L.
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08015 Barcelona
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Índice
Prólogo
Capítulo I. Poder, concepto y clases
Capítulo II. Poder general
Capítulo III. Poder especial
Capítulo IV. Aceptación del poder
Capítulo V. Aportación del poder y sustitución
Capítulo VI. El Procurador ante los órganos Judiciales (Leyes 37/2011 y 42/2015)
Capítulo VII. Evolución histórica reciente y situación actual. Especial referencia al poder apud acta ante LAJ
1. Evolución histórica reciente
2. Situación actual
Capítulo VIII. Tipos de apoderamiento
1. Poder notarial (documento público)
1.1. Validación del poder electrónico notarial
2. Poder apud acta otorgado presencialmente ante LAJ (formato papel y documento público)
3. Apoderamiento judicial en archivo judicial electrónico-REAJ (documento público)
3.1. Objeto
3.2. Funciones
3.3. Información mínima
3.4. Tipos de apoderamientos apud acta
3.5. Validez temporal
3.6. Tipos de acceso al archivo electrónico de apoderamientos judiciales (REAJ)
3.7. Forma de acceso a REAJ
3.8. Destinatarios
3.9. Complementariedad de sistemas
3.10. Apoderamientos apud acta en juzgados de familia
3.11. Apoderamientos apud acta en el mes de agosto
3.12. Apoderamientos apud acta en primera y segunda instancia
3.13. Posibles mejoras de la aplicación
Capítulo IX. Especial referencia a la designa telemática de Procurador (o Abogado o Graduado Social) con autorización del cliente (documento privado)
1. Introducción
2. Designa telématica de procurador
3. Consulta al Ministerio de Justicia
4. Validación
4.1. Apoderamiento presencial REAJ (en dependencias judiciales)
4.2. Apoderamiento telemático REAJ (fuera de las dependencias judiciales)
4.3. Forma de validación
4.4. No validación y subsanación
5. Complementariedad
6. Duración
7. Posibles objecciones
8. Extensión de esta posiblidad procesal a otros colectivos profesionales
9. Ventajas
10. Justificación
11. Formulario
Capítulo X. Especial referencia a la designa de oficio
1. Contenido
1.1. Contenido propio de la designa de oficio
1.2. Validez
1.3. Tipos de poder
1.4. Evolución
1.5. Conclusión
2. Validez de la designa de oficio como documento acreditativo de la representación procesal
2.1. Introducción
2.2. Modos de acreditar la representación
2.3. Designaciones de oficio por el colegio de procuradores o abogados
2.4. ¿Es la designa de oficio del abogado una forma válida de otorgar la representación?
2.5. Nuevo escenario legal
Capítulo XI. Subsanación de apoderamientos
1. Presencia o falta de poder
2. Consecuencias
Capítulo XII. Artículo 36.1 LAJG. Destino de la cantidad sobrante
Capítulo XIII. Cuenta de depósitos y consignaciones. Ingresos. Mandamientos de pago. Transferencias y otras actuaciones
1. Introducción
2. Altas, bajas, autorizaciones y accesos a la cuenta de consignaciones
3. Ingresos
4. Cuentas de consignaciones en decanatos, y relación con las oficinas gestoras
5. Pagos
6. Particularidades como consecuencia del covid-19
7. Nota informativa en relación con los poderes suficientes de procuradores y demás profesionales de la justicia para el cobro de mandamientos de pago a nombre de su cliente o poderdante en las cuentas de depósitos y consignaciones judiciales
Capítulo XIV. Preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Capítulo XV. Epílogo
Capítulo XVI. Conclusiones
Prólogo
“Todo lo que puedas imaginar es real”
(Pablo Picasso)
La realidad humana social cada vez es más difusa y poliédrica. Como consecuencia, el mundo jurídico y su regulación, genera condiciones de trabajo cada vez más exigentes con el conjunto de prestaciones que se han de ejercitar para dar un servicio público de calidad y acorde con los tiempos que nos toca vivir. Hoy, todo es más complejo con multitud de programas, estadísticas, registros y variables parametrizadas. A la vez, la velocidad del desarrollo tecnológico y la cada vez más rápida obsolescencia de programas, aplicaciones y conocimientos nos obligan a mantener una actitud de readaptación constante dentro de un entorno profesional y personal cambiante. Todo ello implica un desarrollo de habilidades que determinan una especialización de la Administración de Justicia que no se presenta en otro tipo de parcelas de la administración.
Por ello, trabajar en el ámbito jurídico implica hoy día, toda una serie de conocimientos sustantivos, pero además, el dominio de toda una serie de técnicas para proyectar ese conocimiento dentro del proceso. La expresión más palpable es el desarrollo del expediente electrónico dentro del organigrama de la “no ya tan Nueva” Oficina Judicial que obliga a todos los operadores jurídicos a nuevas formas de trabajo y de relación: una labor en equipo donde todos somos importantes, necesarios y complementarios.
Cuando la automatización era mecánica, el ser humano podía seguir los pasos de la máquina, podía observar los procesos a tiempo real. La digitalización, ha introducido el misterio en los procesos. Ahora debemos confiar, tener fe en lo que está ocurriendo, y en este sentido, perdemos la potestad inmediata de evaluadores o controladores directos de los procesos que se están llevando a cabo.
Y el nuevo modelo de “no ya tan Nueva” Oficina Judicial tiene como uno de sus hitos convertir las nuevas tecnologías en una herramienta principal de trabajo y comunicación. Así, el sistema informático permite la itineración del expediente judicial para que en la tramitación de los procedimientos intervengan tanto las unidades procesales de apoyo directo como los diversos servicios comunes que constituyen la oficina judicial. Este sistema informático es el instrumento que facilita la homogeneización de tareas y actividades de la nueva oficina judicial, que proporciona los indicadores de gestión y permite las conexiones telemáticas con otras administraciones, con profesionales y ciudadanos. A semejanza de un cubo de Rubik, donde el desajuste en una de las caras provoca una disfunción en las otras, la ineficiencia, la impericia se ha de combatir porque supone un gasto innecesario de tiempo, dinero y medios materiales escasos.
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