En manos de los operadores jurídicos está que el nuevo cuerpo normativo cumpla con sus objetivos. Que así sea.
*- Silvia Esperanza: Abogada.(UNNE)
Especialista en Derecho Procesal (UNNE)
Master en Derecho y Magistratura (Austral)
Miembro titular de la Asociación Internacional de Derecho Procesal
Miembro Titular del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal
Miembro Titular de la Asociación Argentina de Derecho Procesal
Ex Secretaria de Jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes
ExSecretaria del Comité Ejecutivo de la Asoc. arg. de Dcho Procesal (2009-2013)
Ex Presidente del Círculo de Estudios Procesales “Dr. José Virgilio Acosta”
Co Fundadora de la Federación de Ateneos de Derecho Procesal (FAEP)
1- ORDOÑEZ, Carlos - BIELLI, Gastón, El juez y la prueba electrónica, https://www.pensamientocivil.com.ar/doctrina/4493-juez-y-prueba-electronica
2- BERMÚDEZ MARTÍNEZ, Daniel, El derecho procesal civil uruguayo y las nuevas tecnologías. La prueba electrónica y digital en el Uruguay con énfasis en el documento electrónico y el correo electrónico , ED 273-815, cit. por Quadri, Hernán G. en Manifiesto Tecnoactivismo judicial
3- CHAYER, Héctor M., GOLDFED, Agustín G., VENTURA, Damián E., Una nueva categoría de instrumento jurídico: el documento digital firmado digitalmente , ED 198-949, “…el papel tiende a transformarse en un problema inmanejable”, es uno de los fundamentos que se ha tenido en cuenta al momento de regular este Capítulo.
4- CHAYER, Héctor M., GOLDFED, Agustín G., VENTURA, Damián E., ob. cit., Una nueva … p.955
5- SOMER, Marcela P., Documento electrónico , JA 2004-I, p. 1029
6- PARRA QUIJANO, Jairo, Manual de derecho probatorio , 16 ed. ampliada y actualizada, Librería Ediciones del Profesional Ltda., Bogotá 2007, p. 568, WEINGARTEN, Celia, Informatización y firma digital: historia clínica , LL 2005-A-1072., citado por QUADRI, Germán Hernán, ob. cit., Prueba electrónica… , p. 598
7- PARRA QUIJANO, Jairo, ob. cit., Manual de derecho probatorio , p. 568, FALCON, Enrique, Tratado de la prueba , t.1., Astrea, Bs.As., 2003, p. 897, cit. por QUADRI, Gabriel Hernán, oc. Cit., Prueba electrónica .., p. 598.
8- ESPERANZA, Silvia L., Las imágenes satelitales. Prueba científica en La prueba , Coord. ROJAS, Jorge, ed. Rubinzal-Culzoni, p. 437
9- MUÑOZ SABATÉ, Luis; Técnica probatoria , ed. Temis, p. 366
10- NUÑEZ LAGOS, Reconocimiento de documento privado , en Pretor, 1958, p. 725, Álvarez Suárez, Los orígenes de la contratación escrita , en Anales de la Academia Matritense del Notariado 1948, cit. por Muñoz Sabaté, ob. cit. p. 366
11- Según Chiovenda, cit. por Muñoz Sabaté, en ob. cit., el contenido de esa Ordenanza puede encontrarse ya en algunas leyes italianas anteriores, v.gr. Const. Moderna, lib. I Tit. XXI, art. 2
12- ESPERANZA, Silvia L., El testimonio de terceros en la prueba de hechos antiguos , LLLitoral 2005 (mayo), 328
13- TARUFFO, Michele, La prueba , p. 75, ed. Marcial Pons
14- GOMEZ DE ORBANEJA, E. y HERCE QUEMADA, V., Derecho Procesal Civil , Colex, Madrid, 1976, vol 1, p. 339, citado por CARBONE, Carlos, Grabaciones Escuchas telefónicas y filmaciones como medios de prueb a, Rubinzal Culzoni, p. 123ev.
15- ORTIZ NAVACERRADA, S., La prueba de documentos privados en el proceso , en Cuadernos de Derecho Judicial , Madrid, 1994, p. 98 y DE LA OLIVA, A., Derecho Procesal Civil , Madrid, 1995, t. II, p. 358, cits. por SANCHIS CRESPO, La prueba por soportes informáticos , p. 26 cit. por CARBONE, ob. cit. p. 123
16- KIELMANOVICH, Jorge L., Teoría de la prueba y medios probatorios , Rubinzal Culzoni, p. 364
17- CHIOVENDA, Principios de Derecho Procesal Civil , p. 208 cit. por Kielmanovich, ob. cit. p. 364
18- LIEBMAN, E.T., Manual de Derecho Procesal Civ il, Ejea, Buenos Aires, p. 311, citado por Kielmanovich, ob. cit. p. 464
19- Discrepa en este aspecto Hernán G. Quadri que expresa: “…a nuestro modo de ver, lo que caracteriza a los instrumentos es su expresión escrita (así lo indica el art. 286 de tal cuerpo legal-se refiere al CCC-), escritura que se encuentra ausente en la hipótesis de los registros visuales, por lo que creemos que son solo documentos y no instrumentos particulares no firmados…” en Las filmaciones como prueba en el proceso civil , cita on line: AR/DOC/2658/2016
20- ALTMARK, Daniel R. D. R., Documento electrónico (la necesaria respuesta normativa) , JA 1999-11-852, cit. por SOMMER, Marcela P. , ob. cit. p.2.
21- LOVERAS DE RESK. María E., Los documentos electrónicos. Concepto y valor probatorio , en Homenaje al bicentenario 1971/1991 , t. 1 , Universidad Nacional de Córdoba, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, 1992, ed. Avocatus, Córdoba. D. 6,: cit. por PUCCETT. Doris L. en El documento electrónico , Revista Notarial del Colegio de Escribanos de la prov. de Córdoba, 1991. n. 77.
22- RIVOLTA, Mercedes, SA ZEICHEN, Gustavo , El correo electrónico. Algunas notas acerca de su valor probatorio y su acreditación en juicio, en GRANERO, Horacio (dir), LOZANO, Romina (coord.) STECKBANER, María Rosa (coord ..), E-mail, chat, mensajes de texto, Facebook y DVD, Validez probatoria en el proceso civil, comercial, penal y laboral , ed. Albrematica, Buenos Aires, 2014, cit. por QUADRI, Gabriel H., Prueba electrónica: medios en particular en Tratado de derecho Procesal electrónico , t.II, CAMPS, Carlos E., (dir.), ed. Abeledo Perrot, p. 599
23- QUADRI, Gabriel Hernán, Prueba electrónica: medios en particular , ob. cit., p. 600
24- ORDOÑEZ, Carlos -BIELLI, Gastón, ob. cit.
25- VELTANI, J. Darío – ATTA, Gustavo Ariel, Prueba informática: aspectos generales , en ob. cit., Tratado de Derecho Procesal Electrónico , p. 560
26- 1. Principio de inalterabilidad de la información. 2. Principio de aptitud técnica. 3. Principio de documentación del proceso. 4. Principio del cumplimiento de la normativa aplicable
27- VANINETTI, Hugo, Preservación y valoración de la prueba informática e identificación el IP , LL 2013.C.374
28- ORTA MARTÍNEZ, Raymond J., Las pruebas en el derecho informático en Derecho de las nuevas tecnologías , RICO CARRILLO, Mariliana (Coord.) ed. La Rocca - Bs. As. - 2007 – p. 598, citado por Quadri, ob. cit.
29- El nuevo CPCC clasifica a los procesos en: Procesos ordinario por audiencias, procesos abreviados, procesos urgentes y procesos especiales.
Prueba y nuevas tecnologías en el proceso de conocimiento del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
Por Alejandro Alberto Fiorenza (*)
Desde la dirección de la presente obra se nos encargó la realización de un trabajo en el que se pusiera de resalto la importancia que por estos días ha cobrado toda la materia relativa a la prueba electrónica.
A tal fin, trazaremos una suerte de introducción a la materia y enfocaremos nuestra atención en aquellos aspectos en los que cabe considerar que el impacto generado por las TICs en materia de prueba procesal ha sido mayor (1).
En alguna oportunidad se ha dicho que “los problemas de la prueba consisten en saber qué es la prueba; qué se prueba; quién prueba; cómo se prueba; qué valor tiene la prueba producida. En otros términos: el primero de esos temas plantea el problema del concepto de la prueba; el segundo, el objeto de la prueba; el tercero, la carga de la prueba; el cuarto, el procedimiento probatorio: el último, la valoración de la prueba” (2). Lo que haremos a continuación, entonces, no será más que analizar buena parte de esas cuestiones a la luz del derecho procesal informático; brindando al lector algunas nociones básicas en torno de lo que vendría a ser la prueba, en general, y de lo que actualmente se conoce como prueba electrónica o digital, en particular.
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