Varios autores - Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano - competencias, instrumentos de planificación y desafíos

Здесь есть возможность читать онлайн «Varios autores - Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano - competencias, instrumentos de planificación y desafíos» — ознакомительный отрывок электронной книги совершенно бесплатно, а после прочтения отрывка купить полную версию. В некоторых случаях можно слушать аудио, скачать через торрент в формате fb2 и присутствует краткое содержание. Жанр: unrecognised, на испанском языке. Описание произведения, (предисловие) а так же отзывы посетителей доступны на портале библиотеки ЛибКат.

Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos: краткое содержание, описание и аннотация

Предлагаем к чтению аннотацию, описание, краткое содержание или предисловие (зависит от того, что написал сам автор книги «Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos»). Если вы не нашли необходимую информацию о книге — напишите в комментариях, мы постараемся отыскать её.

El grupo de investigación de Derecho Administrativo de la Universidad Externado de Colombia entrega al público una obra que le permite al lector comprender las diferentes competencias e instrumentos de ordenación del territorio colombiano y, en esta labor, establecer no solo cuales son las relaciones entre los diferentes niveles territoriales sino además identificar las contradicciones que se derivan de la superposición de decisiones que confluyen sobre el suelo como objeto de intervención de las esferas nacionales, departamentales, regionales, locales y sectoriales.
Es este galimatías jurídico se enmarca la planificación de la ciudad, la cual, en el ejercicio de la autonomía reconocida por la Constitución a los municipios, se somete a directrices territoriales de diversas autoridades, pero, al mismo tiempo, establece aquellas particularidades que le dan identidad. Así las cosas, la planificación se convierte en un instrumento que permite que en lo municipios se definan los difusos límites que existen entre lo urbano y lo rural: se potencie una construcción participativa del territorio, se reconozca la existencia de fórmulas colaborativas entre instancias públicas y privadas, se refuercen actuaciones encaminadas a la mayor generación de espacio público de protección de valores, medio ambientales, de mejor prestación de servicios públicos, etc. En definitiva, una concepción del urbanismo identificado con todas estas aristas y en que se tenga como norte la mejora de la calidad de vida de las poblaciones y las generaciones de mayores condiciones de igualdad material.

Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos — читать онлайн ознакомительный отрывок

Ниже представлен текст книги, разбитый по страницам. Система сохранения места последней прочитанной страницы, позволяет с удобством читать онлайн бесплатно книгу «Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos», без необходимости каждый раз заново искать на чём Вы остановились. Поставьте закладку, и сможете в любой момент перейти на страницу, на которой закончили чтение.

Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Una vez dilucidados los contornos de la ordenación y la planificación del territorio es necesario abordar la manera en que estas competencias han sido plasmadas por el ordenamiento jurídico y las problemáticas que se desprenden de su ejercicio.

Para tal efecto, primero se analizarán las disposiciones constitucionales que les atribuyen a los departamentos estas competencias, y luego se examinará la manera en que estas son desarrolladas por el legislador.

Los artículos 287, 288, 298, 300 [22]y 305 CP exaltan el régimen departamental de competencias y el rol que tienen los gobernadores y las asambleas departamentales en el cumplimiento de estas. De la lectura sistemática de esas disposiciones se derivan tres consideraciones: en primer lugar, que los departamentos, al igual que otras entidades territoriales, gozan de autonomía territorial 23, razón por la cual su campo de acción se encuentra determinado por el espacio geográfico que está a su cargo; en segundo lugar, que los departamentos cuentan con un sistema complejo de competencias en materia de planeación económica, social y territorial, a tal punto que el constituyente les otorga potestades normativas a las asambleas departamentales, para que por medio de ordenanzas adopten las decisiones de planificación respectivas; y en tercer lugar, que el nivel intermedio tiene un valor estratégico para la consolidación de objetivos con un enfoque supramunicipal.

Es importante resaltar que el constituyente previó la reserva legal 24para algunos temas relacionados con los departamentos, entre ellos, su creación como entidad territorial, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para los diputados y la posibilidad de convertirse en una región 25.

De esta manera, el Congreso de la República cumple un papel indispensable en la estructuración de las competencias de los departamentos y de todos los asuntos relacionados con el ejercicio de estas. Sin embargo, se debe aclarar que no toda asignación específica de competencias debe hacerse a partir de una ley orgánica, porque no puede ampliarse el alcance de este tipo de restricciones de manera desmedida o injustificada 26.

En consecuencia, sobre algunos asuntos se tiene claridad respecto del carácter de norma orgánica, por ejemplo, en cuanto al proceso de formación de las entidades territoriales y a la asignación de competencia normativas a estas. Sin embargo, no sobre todas las materias existe la misma claridad, por lo que es necesario acudir a un criterio restrictivo y no amplificador de la reserva de ley orgánica.

Con base en las señaladas potestades normativas se expidió la Ley 1454 de 2011, Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT), que estableció de manera diferenciada las competencias a cargo de los distintos niveles de la Administración. No obstante, su falta de coherencia y los múltiples vacíos normativos en temas de coordinación, planificación territorial, conformación de entidades territoriales, entre otros, han generado escenarios de incertidumbre jurídica. Por esto, algunos doctrinantes califican de manera negativa ese cuerpo normativo 27.

El numeral 2 del artículo 29 LOOT consagra en cabeza de los departamentos diversas competencias, entre ellas la de establecer directrices y orientaciones sobre la organización del territorio, especialmente en áreas de conurbación, con el fin de fijar los escenarios de uso y ocupación del espacio, según sus condiciones ambientales, económicas y culturales. Asimismo, señala que el nivel intermedio debe integrar y orientar la proyección espacial de los planes sectoriales departamentales, de los municipios y de las entidades territoriales indígenas.

En desarrollo de esas competencias, los departamentos se encuentran facultados para articular sus políticas, directrices y estratégicas de ordenamiento físico-territorial con los planes, programas, proyectos y actuaciones sobre el territorio, mediante la adopción de planes de ordenamiento parciales o totales.

La LOOT, de manera expresa, contempla que no solo los municipios tienen la potestad para organizar sus territorios a través de instrumentos de planificación territorial, pues estimula la creación de estas herramientas bajo una visión articulada. Estos mecanismos de planificación carecen de un marco normativo procedimental y sustancial que les permita a los departamentos materializar efectivamente dichas atribuciones.

Para algunos, esta competencia es novedosa, pero en realidad tiene como antecedente el artículo 7.º de la Ley 338 de 1997, que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional en la sentencia C-795 de 2000 por haber desconocido la reserva de ley orgánica del artículo 288 CP. En esa providencia se consideró que no era jurídicamente admisible que a través de una ley ordinaria se distribuyeran las competencias de los entes territoriales en materia de ordenación y desarrollo territorial, dada la magnitud de estas funciones en la dinámica de la vida de una población. Es importante precisar que en esta decisión no se estudió de fondo la constitucionalidad de los POD.

Este antecedente jurisprudencial tiene relevancia constitucional en la actualidad, porque el numeral 2 del artículo 29 LOOT replicó, casi de forma idéntica, el artículo 7.º de la Ley 338 de 1997 y fue demandado ante la Corte Constitucional 28. Al respecto, los demandantes indicaron que la competencia de los departamentos para establecer directrices y orientaciones sobre el uso y la ocupación del espacio transgredía el numeral 7 del artículo 313 CP debido al desplazamiento de la competencia exclusiva que tienen los concejos municipales para reglamentar los usos del suelo.

Adicionalmente, la Corte Constitucional integró 29a los cargos de la demanda el literal e del numeral 2 del artículo 29 LOOT, que hace alusión a la expedición de los POD, en atención a la unidad normativa existente entre ambas disposiciones.

Con base en los argumentos de inconstitucionalidad es posible sostener que las normas acusadas deben declararse constitucionales, por las siguientes razones: primero, las competencias acusadas fueron atribuidas por una ley orgánica; segundo, están respaldadas por los principios de coordinación y de autonomía territorial, que implican el respeto de las decisiones de los entes territoriales bajo un criterio de articulación; tercero, no existe un desplazamiento de la competencia que tienen los concejos municipales y distritales para reglamentar los usos del suelo, porque cada ente está facultado para ordenar y planificar el territorio a su cargo 30, y para ello el constituyente consagró los principios de coordinación, subsidiariedad y concurrencia; cuarto, el artículo 298 CP 31y el numeral 2 del artículo 300 CP consagran en cabeza de las asambleas departamentales la potestad normativa para expedir ordenanzas relacionadas con la planeación y el desarrollo económico y social dentro de su territorio; y quinto, los departamentos no pretenden interferir en la definición de la reglamentación de los suelos, sino que, por el contrario, buscan la generación de lineamientos estratégicos de desarrollo que potencien las capacidades de los entes locales, pero a partir de una visión supramunicipal 32.

Más allá de la constitucionalidad de la norma, es necesario analizar la naturaleza de los POD, su alcance y el proceso de formulación, adopción e implementación. Para adelantar este análisis, lo primero que debe advertirse es que los POD no han sido desarrollados por otras normas de rango legal 33, ni de carácter reglamentario, sino a través del Acuerdo 10 de 2016, proferido por la Comisión de Ordenamiento Territorial, por medio del cual se expiden y se recomiendan los lineamientos y criterios para la reglamentación de los POD.

La doctrina ha criticado el alcance que tienen estas recomendaciones, por ser proferidas por un órgano asesor que carece de competencias regulatorias y por definir temas que tienen reserva de ley, argumentos que hacen inviable que la Comisión de Ordenamiento Territorial determine el régimen jurídico de los POD 34.

Читать дальше
Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Похожие книги на «Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos»

Представляем Вашему вниманию похожие книги на «Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos» списком для выбора. Мы отобрали схожую по названию и смыслу литературу в надежде предоставить читателям больше вариантов отыскать новые, интересные, ещё непрочитанные произведения.


Отзывы о книге «Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos»

Обсуждение, отзывы о книге «Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos» и просто собственные мнения читателей. Оставьте ваши комментарии, напишите, что Вы думаете о произведении, его смысле или главных героях. Укажите что конкретно понравилось, а что нет, и почему Вы так считаете.

x