Fernando Ángel Lhoeste - Propiedad intelectual

Здесь есть возможность читать онлайн «Fernando Ángel Lhoeste - Propiedad intelectual» — ознакомительный отрывок электронной книги совершенно бесплатно, а после прочтения отрывка купить полную версию. В некоторых случаях можно слушать аудио, скачать через торрент в формате fb2 и присутствует краткое содержание. Жанр: unrecognised, на испанском языке. Описание произведения, (предисловие) а так же отзывы посетителей доступны на портале библиотеки ЛибКат.

Propiedad intelectual: краткое содержание, описание и аннотация

Предлагаем к чтению аннотацию, описание, краткое содержание или предисловие (зависит от того, что написал сам автор книги «Propiedad intelectual»). Если вы не нашли необходимую информацию о книге — напишите в комментариях, мы постараемся отыскать её.

La propiedad intelectual y la protección de sus derechos se constituye en eje central del comercio internacional y en la negociación de los convenios celebrados entre países. Estudiantes, profesores y público en general encontrarán en este libro nociones básicas en el campo de los derechos de autor y derechos conexos, así como en las relativas a patentes de invención, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, sin olvidar los nombres comerciales y las enseñas. La protección de los derechos de propiedad intelectual permite a empresas y ciudadanos explotar y proteger sus invenciones, así como identificar y diferenciar sus negocios, productos y servicios en el mercado; a la vez que se garantiza la integridad de sus secretos empresariales. Además, se fortalece la competitividad empresarial al otorgarles exclusividad a los titulares.

Propiedad intelectual — читать онлайн ознакомительный отрывок

Ниже представлен текст книги, разбитый по страницам. Система сохранения места последней прочитанной страницы, позволяет с удобством читать онлайн бесплатно книгу «Propiedad intelectual», без необходимости каждый раз заново искать на чём Вы остановились. Поставьте закладку, и сможете в любой момент перейти на страницу, на которой закончили чтение.

Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Los privilegios exclusivos de cualquier clase deberían limitarse únicamente a aquellas empresas que, por la naturaleza de su objeto y por su escala necesariamente grande, estén fuera del alcance de los simples individuos y que, sobre todo, sean productoras de artículos de lujo de los que no exista necesidad absoluta. (Diderot, 1751)

La Declaración del Rey (Déclaration du Roi) sobre los privilegios en materia de comercio (1762) fue dictada para tratar de imponer cierto orden en la explotación de los privilegios con fines de lucro. Se pueden destacar como puntos principales, en primer lugar, la limitación a quince años de la validez de los privilegios otorgados en su origen “indefinidamente y sin plazo”. En lo sucesivo, la cesión del privilegio en vida del beneficiario solo podría efectuarse previa autorización y a favor de sus descendientes directos, y la transferencia a los herederos quedaba sujeta a la comprobación de su capacidad para aplicar la invención. Por último, los privilegios cuyos beneficiarios hubieran omitido ejercerlos en el plazo de un año, o los hubieran ejercido con negligencia, quedarían revocados. Además, a fin de que dichos privilegios pudieran ser conocidos por todos los interesados, debía presentarse una copia del privilegio en el tribunal en cuya jurisdicción hubiera de aplicarse; se trataba todavía de un privilegio limitado muchas veces a una zona geográfica, sin el alcance nacional de las patentes modernas. Por otra parte, solía ser un privilegio otorgado a una empresa, destinado a favorecer una innovación industrial, más que a proteger una invención.

Le correspondía a la Academia de Ciencias la responsabilidad de examinar las solicitudes de privilegios cuando se le solicitara hacerlo, pero al parecer rechazó aproximadamente la mitad. Lo que más interesaba a los diferentes órganos era la viabilidad económica, mucho más que la novedad; de este modo, la solicitud podía ser rechazada si el examinador estimaba que el procedimiento era demasiado costoso.

La Asamblea Nacional había aprobado la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, del 20 al 24 de agosto de 1789, que proclamaba como derechos naturales e imprescriptibles la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. El derecho de propiedad ya se había mencionado en los edictos de 1777, en relación con el reconocimiento de los derechos de los autores, escultores y pintores sobre sus obras.

La Asociación Francesa de Inventores solicitó a la Comisión de Agricultura y Comercio de la Asamblea Nacional que se adoptara el sistema inglés. La Comisión designó al caballero Stanislas de Boufflers, diputado de la nobleza, para que redactara un informe que fue presentado el 30 de diciembre de 1790. En este se postulaba como principio el derecho de propiedad natural del hombre sobre sus ideas. Decía el informe:

Si existe en la humanidad alguna forma auténtica de propiedad, es la propiedad de los hombres sobre sus ideas; parece por lo menos situado por encima de cualquier ataque; es personal, es independiente y es condición previa de toda transacción, y no existe ningún árbol que crezca en los campos cuya propiedad sea tan incuestionable como la propiedad que tiene el hombre sobre las ideas que se forman en su mente. (Boufflers, 1790 citado en Savignon, 1990)

Fiel a la doctrina de El contrato social de Rousseau, Boufflers dice a continuación que nada puede impedir al inventor mantener oculto su secreto, “o fijar las condiciones en que consiente divulgarlo. Es libre en sus tratos con la sociedad, del mismo modo que la sociedad es libre en sus tratos con él” (1790). Surge así un segundo principio: el de la libertad contractual, mediante el cual se concierta entre el inventor y el Estado un pacto mutuamente provechoso. A cambo de su protección, la sociedad le pide al inventor que le dé un conocimiento minucioso del objeto cuya protección solicita (lo que no significa necesariamente la publicación de la descripción) y que pague determinados derechos.

La solución era imitar a los ingleses y adoptar su sistema de patentes como lo habían hecho los norteamericanos. En efecto, la primera ley sobre patentes de los E.U. acababa de ser firmada por George Washington el 10 de abril de 1790. El informe de Boufflers se convirtió en ley y fue promulgada por Luis XVI el 7 de enero de 1791.

El preámbulo y su artículo 1° expresan que “todo descubrimiento o nueva invención de cualquier clase de industria será de propiedad de su autor” (Francia, Ley del 7 de enero de 1791). Por consiguiente, la ley le asegura su pleno y completo goce, en la forma y durante el tiempo que se especificarán a continuación.

Fue el modelo francés el que sirvió como referencia para la mayor parte de las leyes de patentes del siglo XIX. Las otras características, típicamente nacionalistas de la ley de 1791 fueron moderadas a lo largo de los años, pero sin desaparecer por completo hasta la adopción del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, en 1883.

En el siglo XIX comenzaron a crearse sociedades que agrupaban a los autores para la defensa de sus intereses. En 1777 se fundó la Société de Auteurs et Compositeurs Dramatiques (SACD), que aún existe. A esta siguió la Société de Gens de Lettres (SGDL), fundada por Víctor Hugo, Balzac, Dumas y otros, en 1838. En 1850, unos doscientos autores crearon en Francia la Société des Auteurs, Compositeurs et Éditeurs de Musique (SACEM), primera entidad de gestión colectiva de derechos de autor, en sentido moderno. Protege y gestiona derechos sobre obras musicales, y en la actualidad tiene más de cien mil socios en todo el mundo. La legislación francesa, al ofrecer un modelo que fue vastamente imitado en muchos países, desempeñó un papel importante al preparar el advenimiento de esa dimensión internacional.

Primeras regulaciones internacionales sobre propiedad intelectual

Las siguientes son las regulaciones más destacadas:

•Convenio de Berna, para la protección de las obras literarias y artísticas, septiembre 9 de 1886.

•Convenio de París, suscrito el 20 de marzo de 1883, para la protección de la propiedad industrial.

•Convención General Interamericana sobre Protección Marcaria y Comercial, suscrita en Washington en 1929.

•Convención Universal sobre Derechos de Autor, firmada en Ginebra en 1952 y revisada en París en 1971; Colombia se adhirió a este pacto mediante la Ley 48 de 1975.

•Tratado que crea la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), en 1967. Fue aprobado por Colombia en 1979.

Aparición en Hispanoamérica y en Colombia

En E.U. los derechos de autor y de patente poseen rango constitucional. La Constitución de 1787 incluye la copyright clause, norma que limita los poderes del Congreso. Este solo puede conceder derechos de copyright con ciertos fines y por tiempo limitado. El Congreso puede “promover el progreso de las ciencias y de las artes útiles” (Congreso de los Estados Unidos de América, 1787, octava sección, artículo 1º), objetivo que se consigue garantizando un derecho exclusivo sobre las obras de creación. Aquella norma destaca el interés público por encima del interés particular de los autores y ratifica el rechazo a los monopolios.

En España, la propiedad intelectual se reguló por primera vez con la Real Orden de 1762, que concedió el privilegio de impresión al autor de la obra literaria y la negaba a cualquier comunidad o empresa (este privilegio puede transmitirse a los herederos del autor). En 1810 se decreta la libertad de prensa e imprenta, y en 1813, el derecho de los autores al goce exclusivo de sus obras y a la transmisión de este derecho durante su vida y otros diez años. Estos decretos fueron derogados por Fernando VII.

Читать дальше
Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Похожие книги на «Propiedad intelectual»

Представляем Вашему вниманию похожие книги на «Propiedad intelectual» списком для выбора. Мы отобрали схожую по названию и смыслу литературу в надежде предоставить читателям больше вариантов отыскать новые, интересные, ещё непрочитанные произведения.


Отзывы о книге «Propiedad intelectual»

Обсуждение, отзывы о книге «Propiedad intelectual» и просто собственные мнения читателей. Оставьте ваши комментарии, напишите, что Вы думаете о произведении, его смысле или главных героях. Укажите что конкретно понравилось, а что нет, и почему Вы так считаете.

x