Carlos M. Beristain - Metodologías de investigación, búsqueda y atención a las víctimas

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Metodologías de investigación, búsqueda y atención a las víctimas: краткое содержание, описание и аннотация

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Esta obra recoge la experiencia del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (giei), nombrado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (cidh) para realizar una asistencia técnica en la investigación, búsqueda de los desaparecidos y la atención a las víctimas en el caso de la desaparición forzada de 43 estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa (Guerrero, México) el 26 y 27 de septiembre de 2014. Un caso que convulsionó a México y al mundo.

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”7. La relación con el nuevo equipo de la PGR y las demás instituciones se formalizará mediante minutas de las reuniones con el GIEI, estableciendo los acuerdos y la forma de seguimiento de los mismos tanto por parte de la PGR como de las instancias implicadas en la búsqueda y en la atención a las víctimas.

”8. El Grupo proporcionará a la PGR un documento de trabajo para llevar a cabo la investigación y búsqueda, así como ha proporcionado un documento de criterios sobre atención a las víctimas.

”9. Los pasos a dar en la atención a las víctimas se llevarán a cabo de acuerdo con el GIEI y los representantes de las víctimas, estableciendo las medidas de valoración del daño, el avance progresivo en las medidas de atención en salud, apoyo social, así como el derecho a la reparación y a la información que asiste a los familiares, incluyendo el reconocimiento, el derecho a la verdad y el acompañamiento en la búsqueda de justicia.

”10. El Estado se compromete a mantener la confidencialidad de la información sobre nuevos resultados de la investigación hasta transmitir la información a los familiares, previamente a cualquier comunicación pública, así como a tener un mecanismo de comunicación periódico y directo con las familias”.

Uno de los primeros desafíos fue diseñar una metodología de trabajo en cuatro áreas diferentes aunque interrelacionadas y complementarias. La experiencia de los miembros se puso en función de la construcción de esta metodología y los perfiles profesionales fueron determinantes para dividir las funciones y las actividades que tenía que adelantar el Grupo.

El Grupo necesitaba conocer de manera más inmediata y detallada los hechos de la desaparición de los 43 normalistas, comprender las dimensiones de la desaparición forzada en México y de la situación general de derechos humanos y entender la dinámica de violencia de México y en particular en el estado de Guerrero. Debido a que el nombramiento de los expertos y expertas se terminó a primeros de enero de 2015, cuando habían pasado cuatro meses de los hechos, había urgencia de estar cuanto antes en México para tener contacto directo con los familiares, los representantes del Estado y de las víctimas, con los funcionarios que conocían de la investigación y con el mismo expediente que adelantaba la PGR. Por tal motivo, se decidió priorizar la presencia en México para garantizar una inmersión real. Aunque el acuerdo de creación del GIEI es de 12 de noviembre de 2014 y la primera reunión de los cinco miembros con el relator para México de la CIDH fue en su sede en Washington el 11 de febrero de 2015, solo hasta el 2 de marzo de 2015 se estuvo en México. El GIEI llegó tarde pero a tiempo.

Buenas prácticas en el caso mexicano

La puesta en marcha del GIEI supuso un hito en los mecanismos de protección de derechos humanos y una buena práctica para las autoridades mexicanas, al contar con una auditoría y una asistencia técnica para la investigación, la búsqueda y la atención a las víctimas. Esto constituye una experiencia positiva que puede ser utilizada por mecanismos internacionales, como el sistema interamericano o el sistema universal de las Naciones Unidas, para coadyuvar en investigaciones complejas.

Algunas buenas prácticas incluyen: a) tener acceso a copia digital del expediente para trabajar de forma más efectiva, b) el reconocer que el grupo pueda llevar a cabo su política de relación con los medios de comunicación, previa comunicación al Estado como fue práctica del GIEI, c) contar con interlocutores de alto nivel bien definidos, tanto para las cuestiones jurídicas, como políticas y la atención a las víctimas, d) asegurar los recursos para el desarrollo del mandato del grupo según se haya establecido, sin depender de nuevos acuerdos, e) contar con el compromiso del grupo en ayudar al Estado a restablecer puentes de confianza y relacionamiento con las víctimas desde unas bases de reconocimiento y respeto.

4.Resultados y valoración general del mandato

La novedad de este mecanismo independiente de supervisión internacional se traduce en el impacto que produjo su trabajo en el caso, así como su aporte en la discusión de leyes y mecanismos de derechos humanos en México. El impulso en las actuaciones, la reorientación de las diligencias, los criterios de profesionalidad y análisis se pueden observar en las diversas acciones que el Grupo realizó durante su mandato en materia de búsqueda, investigación, atención a las víctimas y fortalecimiento de capacidades institucionales relacionadas con la desaparición. Los aportes del GIEI en relación con el caso Ayotzinapa son reconocidos por el propio Estado y por la comunidad internacional. No se puede desconocer que este mecanismo de asistencia técnica relanzó de manera seria y coherente la búsqueda de los normalistas, la investigación penal y la atención a las víctimas.

Tiempo de mandato

El plazo en el mandato de un grupo es un elemento clave. Por una parte, durante el primer mandato de seis meses, el tiempo jugó a favor del Grupo. El periodo de seis meses llevaba a tener un resultado en un corto tiempo y movilizar la energía, contactos y actividades de forma progresiva y ágil. La existencia de numerosos problemas en la investigación, el deterioro de la relación de las víctimas con el Estado y la parálisis sobre los escenarios de búsqueda conllevaban enorme trabajo, pero también fue una oportunidad para mostrar resultados en un tiempo prudencial que ayudasen a transformar la visión del caso y ofrecer nuevas líneas de investigación y acción para resolverlo.

La existencia de un mandato indeterminado desde el inicio hubiera conllevado probablemente una mayor relajación o indeterminación del tiempo en que el GIEI debía dar cuenta de su trabajo. Pero en el segundo mandato, de otros seis meses, la limitación del tiempo conspiró en contra del cumplimiento de su mandato ya que no existían respuestas oportunas de las autoridades. Por ejemplo, el Estado limitó el acceso a la información y muchas de las gestiones no se hicieron hasta los últimos quince días de mandato, cuando ya no había oportunidad de revisar esos resultados, a la vez que públicamente el Estado ofrecía la versión de que se había dado cumplimiento a las peticiones.

El GIEI considera importante que un grupo de estas características tenga un mandato limitado en el tiempo, pero también con posibilidad de renovación, como en este caso. Si bien contar con un mandato así es importante para no demorar la intervención en un caso y llevar a cabo un trabajo efectivo, sería deseable que dicho mandato pueda tener un plazo de un año, sin necesidad de un largo proceso de renovación como en este caso, con un informe intermedio que dé algunas respuestas al desarrollo del trabajo. De esta forma pueden evitarse especulaciones sobre si existen posturas favorables o detractoras para el seguimiento de la investigación, y el grupo puede contar con el tiempo necesario para llevar a cabo su trabajo y tomar decisiones de acortarlo en caso de finalizarlo antes.

Además esos aportes se extendieron y visualizaron en México, como una manera de investigar de manera profesional un caso de desaparición forzada, empoderar a las familias y a las víctimas, y contribuir a la formulación de políticas públicas en materia de derechos humanos.

Estas actividades le permitieron al GIEI, durante su año largo de trabajo en México, posicionarse como un actor relevante frente a las instituciones estatales, en particular con la Procuraduría General de la República (PGR), la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, el Senado de la República, la Cámara de Diputados, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, entre otras. También ante otros actores sociales y académicos, como fueron las organizaciones de familiares de desaparecidos, los organismos no gubernamentales de derechos humanos, las universidades, los académicos y algunos columnistas de opinión y los medios de comunicación. Ese posicionamiento trascendió el caso y se extendió a temas de desaparición forzada, derechos humanos, sistema penal, reformas legales, entre otros.

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