La Convención sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 reafirma esa política y la amplía para incluir las drogas psicotrópicas. En sus artículos 5 y 7, menciona también la limitación de los usos de las drogas controladas a fines médicos o científicos. Ambas convenciones establecen cuatro listas de drogas psicoactivas controladas y algunos de sus precursores químicos (insumos), y cada lista dictamina sus propias restricciones para el consumo de drogas.
Adicionalmente, el Comentario sobre la Convención Única sobre Estupefacientes 1de 1961, que aunque no es vinculante tiene importancia para su interpretación, confirma que la restricción de la producción, los usos y el comercio de drogas controladas exclusivamente a fines médicos o científicos representó el propósito fundamental y el logro más importante del SICD:
El objetivo del sistema internacional de narcóticos es limitar exclusivamente a fines médicos y científicos el comercio y el uso de drogas controladas. Desde un comienzo este ha sido un principio básico del sistema multilateral de estupefacientes, aunque todos los tratados que lo prevén autorizan algunas excepciones. Los Convenios de 1912 y 1925 y el Protocolo de 1953 contenían disposiciones que incorporaban este principio. La ampliación gradual del alcance de su aplicación es una característica de los progresos realizados en esta rama del derecho de los tratados. Es uno de los logros más importantes de la Convención Única que puso fin a las excepciones permitidas en tratados anteriores, con sujeción únicamente a disposiciones transitorias de aplicación y duración locales limitadas. (ONU, 1973, p. 110).
Este enfoque prohíbe todos los usos no médicos de acuerdo con lo establecido por la medicina occidental y excluye la mayoría de los usos de este tipo en la medicina tradicional, así como los empleos para la relajación, recreación, creación y disfrute de la música, la seducción, el trabajo, la batalla, el culto y rituales culturales que facilitan las interacciones sociales, etc.
Esta restricción ha determinado todas las políticas del SICD y ha recibido un apoyo abrumador por parte de gobiernos de todo el mundo. Las tres convenciones internacionales de las Naciones Unidas sobre drogas, que son el núcleo del SICD, se encuentran entre los tratados más ratificados. De hecho, la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, la Convención sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1981 han sido refrendadas respectivamente por 187, 184 y 190 países y territorios que albergan más del 99,5% de la población mundial 2.
Sin embargo, las drogas psicoactivas han tenido diversos usos a lo largo de la historia, lo que ha creado una tensión entre el compromiso de los gobiernos por eliminarlos y los deseos de las personas de usar drogas para la recreación, experimentar nuevos sentimientos, comunicarse con los antepasados y con la divinidad, socializar, entre otros. Esta tensión ha sido una constante desde los orígenes del SICD; se ha transformado a lo largo del tiempo y el espacio, dependiendo de factores culturales, políticos y sociales; y ha gestado diferentes opiniones sobre la forma de tratar con los campesinos que cultivan plantas utilizadas en la producción de drogas, con los traficantes y los consumidores.
Durante la primera mitad del siglo XX, cuando el “problema mundial de las drogas” se limitó a unas pocas sustancias adictivas en algunos países, la prohibición de los usos no médicos representaba una solución simple a lo que parecía ser un problema de política sencillo. Sin embargo, los problemas que las políticas de drogas buscan resolver actualmente se han vuelto cada vez más complejos e incluyen un número cada vez mayor de sustancias psicoactivas y precursores químicos.
Así mismo, las tecnologías para producir, traficar y consumir drogas también se han vuelto más complejas y se han extendido por el mundo. Las organizaciones ilegales de producción y tráfico de drogas han tomado muchas formas, desde consumidores menores de estas sustancias hasta organizaciones internacionales cuyos miembros provienen de distintos países. Los gobiernos involucrados en cuestiones relacionadas con el tema han evolucionado y su número ha aumentado de treinta y cuatro países, cuando se formuló la primera Convención Internacional del Opio de La Haya de 1912, a más de doscientos en la actualidad.
Recientemente, el crecimiento exponencial de la educación, la información y el acceso a medios de comunicación ha incidido en la globalización de muchos mercados ilegales de drogas. Los actores actuales en esos mercados son extraordinariamente variados e incluyen productores de drogas, traficantes y consumidores, además de especialistas financieros, abogados, transportistas y expertos en alta tecnología que proporcionan una multitud de servicios a esta industria. También son actores los policías y demás personal encargado de hacer cumplir la ley, médicos y expertos en salud pública, etc., quienes sirven a los gobiernos y al SICD.
2. Los desafíos al Sistema Internacional de Control de Drogas
A pesar del fuerte apoyo político generalizado en la mayoría de los países, las políticas implementadas para limitar el uso de drogas a fines médicos o científicos han recibido críticas y enfrentado desafíos crecientes en los últimos años. Estos han provenido de gobiernos y organizaciones de la sociedad civil que argumentan que algunas políticas a favor de permitir usos no médicos regulados y controlados de drogas, a pesar de que aumentan los costos sociales de la adicción, disminuyen considerablemente los costos sociales generados por el narcotráfico.
En consecuencia, algunos países y regiones han promovido políticas de reducción de daños como el intercambio de agujas y jeringas, así como el establecimiento de salas de inyección, donde se les garantiza a los usuarios de drogas inyectables que tanto el equipo como los medicamentos utilizados son higiénicos y no letales, y se respetan sus derechos humanos. Fue así como, a principios de la década de 1980, una epidemia de hepatitis B seguida de la crisis del VIH/SIDA indujo a algunos países europeos a iniciar programas de control del intercambio de agujas y jeringas, seguidos por el establecimiento de salas de inyección. Allí, no solo proporcionaron agujas limpias y jeringas a las personas que se inyectaban drogas, también probaron medicamentos para prevenir la ocurrencia de sobredosis mortales e intoxicaciones 3.
A esto, se ha sumado también la ocurrencia de algunos acontecimientos importantes que han puesto en tela de juicio las políticas del SICD. En la década de 1970, tras el auge del consumo de marihuana en los años 60 como símbolo e instrumento de protesta social en los países occidentales desarrollados, Países Bajos fue pionero en el proceso de “domesticación” de la marihuana mediante la aceptación de algunos usos no médicos para minimizar los costos sociales del consumo de drogas. Así pues, desde 1976, este país ha permitido la venta de pequeñas cantidades de marihuana en los designados coffee shops. Esta medida se justificó como un intento por separar los mercados de la marihuana y los de las drogas “duras” y reducir los riesgos de mayores daños entre los usuarios de marihuana.
Otros países como Bolivia han argumentado que los usos tradicionales de la hoja de coca deben permitirse puesto que son parte integral de los derechos humanos de las comunidades tradicionales y de su cultura. Estas políticas han sido justificadas al amparo de razones de bienestar social, pero rechazadas por los órganos de control de drogas de las Naciones Unidas debido a que incumplen las convenciones en la materia. Sin embargo, tras la elección de Evo Morales como presidente de Bolivia en 2006, el gobierno inició un movimiento para modificar las convenciones sobre drogas con el fin de permitir los usos tradicionales de la coca. Así, en 2009, propuso una enmienda a la Convención de 1961 que permitiera la masticación de coca sin alterar otros controles sobre las plantaciones y la producción de cocaína. Esta solicitud se hizo de acuerdo con el proceso de enmienda de la Convención Única (artículo 47) y fue justificada por la nueva constitución del país que declaró la hoja de coca como patrimonio cultural del país. Sin embargo, la enmienda fue rechazada por el ECOSOC y Bolivia denunció la Convención. Luego, siguiendo el procedimiento establecido, el país solicitó de nuevo el acceso a esta con reservas y volvió a adherirla el 10 de febrero de 2013 4.
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