Varios autores - Criminología feminista

Здесь есть возможность читать онлайн «Varios autores - Criminología feminista» — ознакомительный отрывок электронной книги совершенно бесплатно, а после прочтения отрывка купить полную версию. В некоторых случаях можно слушать аудио, скачать через торрент в формате fb2 и присутствует краткое содержание. Жанр: unrecognised, на испанском языке. Описание произведения, (предисловие) а так же отзывы посетителей доступны на портале библиотеки ЛибКат.

Criminología feminista: краткое содержание, описание и аннотация

Предлагаем к чтению аннотацию, описание, краткое содержание или предисловие (зависит от того, что написал сам автор книги «Criminología feminista»). Если вы не нашли необходимую информацию о книге — напишите в комментариях, мы постараемся отыскать её.

Ocho criminólogas y abogadas chilenas se ocupan de analizar diferentes ámbitos en los que sistemáticamente se manifiestan discriminaciones, tanto cuando la mujer es víctima de un delito como cuando es victimaria u operadora del sistema de justicia

Criminología feminista — читать онлайн ознакомительный отрывок

Ниже представлен текст книги, разбитый по страницам. Система сохранения места последней прочитанной страницы, позволяет с удобством читать онлайн бесплатно книгу «Criminología feminista», без необходимости каждый раз заново искать на чём Вы остановились. Поставьте закладку, и сможете в любой момент перейти на страницу, на которой закончили чтение.

Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Teniendo en cuenta los procesos de «feminización» y «etnicidad» de la pobreza, se necesita adoptar, al mismo tiempo que las políticas universales, políticas específicas, capaces de dar visibilidad a sujetos de derecho con mayor grado de vulnerabilidad, con el objetivo del pleno ejercicio del derecho a la inclusión social. Si el padrón de violación de derechos ha sido desproporcionalmente lesivo para las mujeres, por ejemplo, adoptar políticas «neutrales» en lo referente al género significa perpetuar este padrón de desigualdad y exclusión 10.

Algunas instituciones penitenciarias han invocado repetidamente el principio de igualdad entre mujeres y varones, para no adoptar medidas específicas que mejorasen las condiciones de encarcelamiento para las mujeres. Sin embargo, la igualdad de trato a los prisioneros no significa que todos ellos deben ser tratados como si sus necesidades y requisitos básicos fuesen los mismos. Cuando no se reconocen las diferencias entre las personas, el mismo tratamiento tiene un impacto desigual en los diferentes grupos sociales 11.

Para Carlen 12, las diferencias de género en las cárceles se dan a dos niveles:

a) Nivel biológico

Las reclusas tienen diferentes necesidades biológicas a los hombres. La menstruación, el parto y las consecuencias de la menopausia requieren atención médica especializada en diferentes momentos de su vida; por lo tanto, los regímenes penitenciarios se deben organizar de tal manera que durante estos períodos las mujeres encarceladas puedan descansar, lavarse y tener una dieta especializada, además de la atención necesaria para su propia salud y la salud de los niños y niñas encarcelados con ellas. La mayoría de los regímenes penitenciarios tienen alguna disposición sobre las mujeres embarazadas, el parto y las madres lactantes. Pero existe un debate no concluido sobre si las mujeres encarceladas deben tener a sus bebés con ellas y hasta qué edad 13. Sin embargo, son en estos momentos de necesidades especiales (a nivel emocional, mental y físico) donde se han dado las situaciones de mayor vulneración: por ejemplo, se obliga a las mujeres embarazadas a realizar trabajos pesados, lo que puede provocar que aborten; se encadena a la cama a las mujeres durante el parto; las madres lactantes no reciben una dieta adecuada; se prohíbe a las madres amamantar a sus bebés como un castigo por alguna infracción menor al reglamento penitenciario; o se las amenaza con quitarles a sus bebés, se las acusa de ser «malas madres» o se niega autorización a las mujeres cuyos bebés han fallecido a asistir a sus funerales 14.

b) Nivel cultural

Aunque no se niegue que las mujeres son biológicamente diferentes a los hombres, sin embargo, los antecedentes y la socialización de ellas son significativamente diferentes a los de los hombres, debido a que las mujeres en la mayoría de las sociedades siguen siendo discriminadas en términos de bienes materiales y el poder, y cuando van a la cárcel, llevan consigo una carga más pesada de los cuidados 15.

Algunas dimensiones de esta diferencia cultural se manifiestan en que ellas siguen siendo las principales cuidadoras en los hogares; sus antecedentes están más marcados por la precariedad y la pobreza; tienen más probabilidad de haber sufrido abusos físicos y sexuales que los hombres antes de su encarcelamiento; se les exige diferentes comportamientos respecto a su cuerpo en relación a los hombres (las mujeres sufren más humillación al obligarles a desnudarse que a los varones); y los estereotipos de géneros les limita el acceso a diferentes actividades, como las deportivas. Cuando son liberadas de la cárcel, el estigma de la prisión permanece durante más tiempo que con los hombres, lo que hace más probable que sean más vulnerables al abuso sexual y la vuelta a las drogas, y a acabar como personas en situación de calle o con hombres violentos 16.

2.1.3. Las mujeres encarceladas son vistas como doblemente infractoras

El Derecho Penal construye una imagen de las mujeres delincuentes no sólo como infractoras de la ley, sino que también refleja las estructuras patriarcales, los estereotipos que existen respecto a los comportamientos referidos a cada género, y las distintas asunciones morales que se asignan a cada género, según Larrauri 17.

Para Juliano, la idea de que la mujer debe ser naturalmente virtuosa hace que sus infracciones se evalúen moralmente en mayor medida que las de los hombres. Esa naturaleza asignada se corresponde con lo que durante siglos se interpretó como voluntad divina, por lo que todo delito femenino tiende a verse, implícitamente, como pecado 18.

Como indica Antony, «la prisión es un espacio discriminador y opresivo, que se expresa en la abierta desigualdad del tratamiento recibido, la diferente significación que el encierro tiene para ellas, las consecuencias familiares, la forma que la administración de justicia opera frente a las conductas desviadas, la concepción que la sociedad le atribuye… ser delincuente y ser mujer constituye un estigma mayor que el de los varones» 19.

Por lo tanto, se sanciona a las mujeres doblemente, por romper con la norma legal pero también por transgredir la norma social de ser esposas obedientes y madres ejemplares.

2.2. Antecedentes normativos

El primer antecedente de las Reglas de Bangkok tenemos que buscarlo en las « Reglas mínimas de Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos » 20adoptadas en el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) de 13 de mayo de 1977. Estas Reglas son el instrumento de mayor importancia a nivel internacional sobre el tratamiento de los privados de libertad y se aprobaron para erradicar las violaciones a los derechos humanos en los lugares de reclusión.

En dichas Reglas hay pocas referencias a las mujeres: sobre la separación de hombres y mujeres en los diferentes establecimientos penitenciarios (R. 8); sobre la necesidad de crearse instalaciones específicas para mujeres embarazadas y con bebés recién nacidos en las prisiones y sobre las condiciones de los hijos e hijas que permanezcan con las madres (R. 23.1 y 2); y sobre el control y limitación del acceso de los funcionarios hombres a la sección de mujeres en los establecimientos mixtos (R.53.1, 2 y 3) 21.

Otro de los antecedentes podemos encontrarlo en « Las Reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad » (Reglas de Tokio), adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 45/110 de 14 de diciembre de 1990 y que tuvieron el objetivo de «extender el uso de respuestas basadas en la comunidad para lidiar con el delito y asegurar que la cárcel fuera el último recurso» 22.

Con las Reglas de Tokio se pretende promover medidas no privativas de libertad, incrementar la participación comunitaria y fomentar las medidas educativas para que el delincuente no vuelva a reincidir una vez que concluya su condena, ya sea brindándole asistencia (desde psicológica, social, material) y mejorando el vínculo con sus familiares. Es lo que podría ser el antecedente de la propuesta de medidas alternativas al encarcelamiento de las mujeres embarazadas o con hijos e hijas de corta edad que luego se recogería de forma explícita en las Reglas de Bangkok.

Otra normativa importante son las « Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad » (también llamadas las 100 Reglas de Brasilia), aprobadas en esta ciudad durante la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada del 4 al 6 de marzo del 2008.

Читать дальше
Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Похожие книги на «Criminología feminista»

Представляем Вашему вниманию похожие книги на «Criminología feminista» списком для выбора. Мы отобрали схожую по названию и смыслу литературу в надежде предоставить читателям больше вариантов отыскать новые, интересные, ещё непрочитанные произведения.


Отзывы о книге «Criminología feminista»

Обсуждение, отзывы о книге «Criminología feminista» и просто собственные мнения читателей. Оставьте ваши комментарии, напишите, что Вы думаете о произведении, его смысле или главных героях. Укажите что конкретно понравилось, а что нет, и почему Вы так считаете.

x