Para cerrar este apartado, podemos esbozar un resumen, diciendo que, según Duns Escoto, todo compuesto orgánico está formado por diversas entidades parciales, cada una de diferente especie según su forma substancial, unificadas con cierto orden que motiva la educción de una forma superior. En esta escala jerárquica de formas, la más perfecta en los seres vivos es el alma, la cual perfecciona directamente a la materia, formando con ella un todo substancial, por la relación de potencia y acto que hay entre ellas. La materia así entendida conlleva la existencia de muchas formas, de las cuales algunas son necesarias para las operaciones del cuerpo y del alma. Si la forma corporeitatis tiene una entidad propia, se comportaría como potencia subjetiva respecto del alma, ya que todo ser humano es un compuesto sustancial. Por lo demás y viendo el tema en prospectiva, pensamos que la versión del pluriformismo substancial, propuesta por Escoto, podría ser incluso hoy un instrumento conceptual de interés para pensar algunos problemas tales como la estructura de las complejidades, donde se pone en juego la relación parte componente-totalidad.91
3. Algunas precisiones de Escoto sobre los accidentes
Aunque en un primer momento podría parecer que el estudio de los accidentes no posee demasiada relevancia en sí mismo, una mirada atenta permite descubrir la importancia que tiene, no solo para poder describir aquellos cambios que sufre una substancia corpórea sin perder su identidad, sino también para determinar qué conocimiento podemos tener de ella a partir de la experiencia, cómo puede darse la intensidad o remisión en algunas de sus características, y resolver algunos aspectos relacionados con la causalidad de los entes físicos, entre otras cuestiones. También es cierto que, en líneas generales, los pensadores escolásticos se vieron en la necesidad de poner en diálogo la doctrina del Estagirita con los principios de la fe cristiana, particularmente con el dogma eucarístico que, interpretado en línea aristotélica o, al menos, en perspectiva aristotélica, conduce a una revisión de la naturaleza de los accidentes, así como también de su relación con la substancia. En el caso de Duns Escoto, se puede observar un intento de explicar su posición acerca de los accidentes en el marco de una filosofía en la que sea posible el milagro de la transubstanciación.92
Comencemos por la clasificación que hace el Doctor Sutil de las formas accidentales. Para ello debemos tener en cuenta que se da como un hecho la existencia de accidentes sin un sujeto, como acontece en el sacramento eucarístico y queda salvaguardado por varios artículos condenados en 1277. Por ello, en una primera instancia divide los nueve géneros según formas accidentales absolutas y relativas, “si todos los accidentes fuesen relativos, ninguno existiría ni podría existir sin un sujeto, porque a los accidentes relativos (…) les es imposible e incompatible existir sin un sujeto, ya que es incompatible que una relación exista pero no lo haga entre extremos, como [sus] términos. (…) La naturaleza (ratio) de los [accidentes] absolutos es ‘ser formalmente en relación a sí (ad se)’. Luego, si el accidente absoluto se tomara como esencialmente relativo, ya no sería en relación a sí (ad se) sino en relación a otro (ad aliud), y de esta manera sería tanto absoluto como no absoluto.”93 La característica que distingue a estos dos grupos es la posibilidad de existir como algo completo con independencia de otro, esse ad se, de la cual gozan los accidentes absolutos, a diferencia de los relativos que solo pueden existir como algo que pone en conexión una cosa con otra, esse ad aliud, de tal manera que si ellas no existen, tampoco lo hará el accidente. Al primer grupo corresponden los géneros de cantidad y cualidad94, mientras que en el segundo conjunto se agrupa los restantes, que son subdivididos, a su vez, en accidentes intrínsecamente relativos y extrínsecamente relativos.
Antes de describir las formas accidentales relativas, nos parece oportuno introducir algunas precisiones terminológicas formuladas por Escoto para comprender correctamente qué debemos entender cuando hablamos aquí de accidentes, puesto que “este término ‘accidente’ puede tomarse según su ‘significado per se’ o por aquello que es denominado por ese ‘significado per se’.”95 Para el Doctor Sutil, el término ‘accidente’ entendido per se significa una relación de inherencia en un fundamento, por ejemplo, que el calor es un accidente quiere decir que es algo relativo a un sujeto. Por otro lado, cuando nombramos la palabra ‘accidente’ podemos estar denominando aquellos géneros del ente que se diferencian de la substancia, porque puede encontrarse en estos una relación de inherencia hacia ella, siguiendo con el ejemplo, el calor es denominado una cualidad por otorgarle un modo específico a la substancia, y así decimos que la cualidad es un accidente.
Volvemos ahora con la subdivisión de los accidentes relativos. Duns Escoto diferencia96 la categoría ‘relación’ de aquellas otras que también son relativas, es decir, lugar, tiempo, posición, situación, acción, pasión. Solo las primeras componen las llamadas formas accidentales intrínsecamente relativas, mientras que el segundo grupo se dicen formas extrínsecamente relativas. Si bien desarrollaremos más adelante97 en detalle la doctrina de las relaciones, nos bastará aquí mencionar sus diferencias: las intrínsecas se caracterizan por originarse necesariamente desde la misma naturaleza del sujeto, en la medida en que haya algo hacia el cual él se corresponde cuantitativa o cualitativamente; por otro lado, las extrínsecas son aquellas que no surgen necesariamente una vez puestos los extremos, su existencia es contingente porque puede ser impedida a causa de diferentes factores, según analizaremos oportunamente.
Ahora bien, la caracterización que hace Escoto sobre los accidentes absolutos conlleva afirmar que la inherencia no es esencial al accidente, es decir, no podemos definirlo simplemente como ‘aquello que existe en otro’, porque los reduciríamos a ser solo propiedades relativas. En efecto, la inherencia es una especie de relación y en cuanto tal no posee una identidad absoluta con el accidente que, por lo tanto, es separable de ella. Además, en los diferentes lugares donde trata esta cuestión ofrece una distinción fundamental entre inherencia actual y aptitudinal, “una es la unión actual de un accidente existente con un sujeto existente, como un cierto acto con una potencia. La otra es una dependencia u orden esencial del accidente hacia la substancia de acuerdo a las naturalezas de cada uno.” 98 La inherencia actual indica la realidad ontológica de un accidente que se encuentra, de hecho, en relación con una substancia, formando con ella un ens per accidens, y la inherencia aptitudinal refiere a la posibilidad lógica de que un accidente exista sin relación a un sujeto, al mismo tiempo que mantiene un orden de dependencia esencial hacia él, esto es, el accidente es posterior a la substancia en cuanto posee menor perfección a la de ella99. En este sentido, M. McCord Adams concluye que la división entre entes actuales per se y per accidens queda modificada por una más fundamental aún, entre aquellos entes que tienen aptitud para existir per se y aquellos que tienen aptitud para existir en otro100. Teniendo esto en cuenta, Duns Escoto es capaz de sostener que un accidente puede depender de una substancia sin inherir en ella, esto es posible porque algo que es aptitudinalmente posterior, según el orden de dependencia, puede darse junto con aquello que sea actualmente anterior, pero es imposible que lo posterior exista sin lo anterior, tomando a ambos uniformemente, es decir, considerando a ambos actualmente o según aptitud101.
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