Una parte de este grano, cuyo origen geográfico ya conocemos, procedía de los graneros públicos, e iba destinado a distribuciones gratuitas ( frumentationes ) entre un número de ciudadanos romanos, los incisi , que fue de 80.000 en tiempos de Cayo Graco, y que fue en aumento hasta llegar a los 320.000 en tiempos de Augusto, una cifra que el mismo Augusto redujo a 200.000, cuando se creó la prefectura de la annona . En el supuesto de que los incisi fuesen cabezas de familia, el número total de beneficiados indirectamente pudo llegar a las 670.000 personas, es decir, la mayoría de la población. 23Está claro que la cantidad de grano gratuito que recibían los incisi no daba para que comieran todas las familias, porque se calcula que cada ciudadano inscrito en los repartos recibía unos 36’6 litros de grano mensuales (unos 5 modios: 34 kilos), que deben equivaler a 1’12 kilos de pan diario, es decir, 3.568 kcal/día, cantidad muy superior a la que FAO estima hoy necesario para una persona adulta (entre 2.000 y 2.400 kcal/día), 24pero del todo insuficiente para alimentar a una familia. Eso quiere decir que la mayor parte de la población romana, incluso los familiares de los beneficiados con las frumentationes , tenía que recurrir a la compra en el mercado. Muchos autores piensan que la prefectura de la annona , además de distribuciones gratuitas, con el grano de origen fiscal que importaba también aseguraba otro circuito paralelo y diferente, que consistía en la venta de grano, harina o pan a precios políticos, inferiores a los del mercado, y que los destinatarios eran ciudadanos diferentes de los incisi . Se trata de una cuestión a debate, sobre la que se puede pensar que el circuito paralelo no era permanente y regular, sino que quizá sólo funcionaba en los años de crisis, cuando había que combatir las subidas de precios y proporcionar a la plebe romana inclinada a la revuelta pan a buen precio. 25
En resumen, después de Augusto, la prefectura de la annona se convirtió en la pieza fundamental del aprovisionamiento de Roma, una estructura de servicio general, presidida por un prefecto, que tenía por misión asegurar, normalmente con el concurso de mercaderes y navieros, el abastecimiento regular de productos de consumo, sobre todo de cereales, pero finalmente también de aceite, vino y carne de cerdo. De estos productos, unos procedían de la annona y eran de origen fiscal y otros de proveedores particulares. Unos eran destinados a distribuciones gratuitas y otros a la venta. Para el grano y otros productos de las distribuciones ( frumentationes ), el prefecto estaba en contacto con los administradores de los graneros públicos de las provincias, los cuales, según disposiciones de las autoridades, estaban obligados a proporcionarle el canon establecido del grano y otros productos almacenados procedentes de la recaudación fiscal o de la producción de los dominios del emperador o del fisco. En conjunto, en los años buenos, por iniciativa del gobierno (la prefectura de la annona ) y de comerciantes particulares, Roma adquiría mucho más grano del necesario para alimentar a la población (las importaciones se calculan entre 200.000 y 400.000 toneladas, suficientes para alimentar entre 1’33 y 2’33 millones de personas), pero se ha de considerar que, además de los habitantes de la ciudad, el grano tenía que alimentar a la corte, a la administración y a los soldados residentes (unos 21.000 hombres), proporcionar reservas en previsión de malas añadas, y compensar las pérdidas experimentadas en el transporte y el almacenaje. 26
El destino normal de los recursos fiscales del Imperio (el dinero y el producto del impuesto y de los dominios fiscales) no era luchar contra las crisis de subsistencia, sino pagar el conjunto de servidores públicos, es decir, los gobernantes y sus colaboradores de la administración civil, militar y religiosa. Las distribuciones gratuitas y regulares de alimentos a un elevado número de ciudadanos de Roma (y después de Constantinopla) fueron un caso excepcional, explicable sólo porque Roma era la capital del Imperio. Otra cosa eran los años de crisis con la necesidad que sentía el gobierno de paliarla para evitar conflictos sociales. Entonces es posible que hiciera más distribuciones gratuitas de lo habitual y pusiera a la venta grano del fisco a bajo precio. En este sentido, se ha de suponer que la historia de Roma, la más conocida, no es excepcional, sino que, en momentos de carestía, otras ciudades del Imperio adoptaron medidas parecidas para garantizar el abastecimiento y la contención de los precios, además de tomar iniciativas legislativas y de munificencia como las examinadas en las ciudades de la Grecia clásica.
Un edicto dictado en la primavera del año 92 o 93 por Lucio Antistius Rusticus, gobernador romano de la provincia de Capadocia-Galacia (Asia Menor), para combatir una carestía en la colonia de Antioquía de Psidia, ilustra muy bien la respuesta que, en este caso, dieron las autoridades ante el problema:
Lucio Antistius Rusticus, legado propretor del emperador César Domiciano Augusto Germánico, declara: Dado que los duunviros y los decuriones de la muy espléndida colonia de Antioquía me han comunicado por escrito que como consecuencia de un invierno muy malo el precio del cereal ha conocido un alza brutal y me han pedido que haga algo para que el pueblo tenga la posibilidad de comprar...
A la buena fortuna; que todos los que son ciudadanos o extranjeros ( coloni o simples residentes: incolae ) domiciliados en la colonia de Antioquía hagan conocer a los duunviros de la colonia de Antioquía, en el plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, la cantidad de cereal que cada uno posee y en que lugar, y la cantidad de este cereal que se reserva para la siembra y el alimento de su familia durante el año, y que ponga todo el resto a la disposición de los compradores de la colonia de Antioquía. Decido también que la venta tenga lugar hasta el primer día de las kalendas de agosto (1 de agosto). Y los que no obedezcan sepan que todo lo que habrán acaparado contraviniendo mi edicto les será confiscado; los denunciantes recibirán en recompensa un octavo (de lo confiscado).
Y, como se me asegura que antes de este invierno largo y duro el precio del cereal era en la colonia de ocho o nueve ases el modio y que sería muy injusto que del hambre de los ciudadanos se enriqueciera alguno, prohibo la venta de cereal a un precio superior a un dinero el modio. 27
La lectura e interpretación del texto no ofrece dudas: el invierno del 91-92 o del 92-93 fue muy malo, de manera que la cosecha de cereales de invierno fue deficitaria seguramente en gran parte de Asia Menor. Los precios, que ya debían subir antes de la cosecha, lo continuaron haciendo después, y fuertemente. Así, la gente que no tenía ni cultivaba tierra y había de comprar el cereal para comer padeció toda la dureza de la carestía. Alarmadas por la situación, las autoridades de la colonia de Antioquía de Psídia pidieron ayuda al gobernador de la provincia, que reaccionó con energía. Se informó de cual era el precio del cereal el año anterior y dispuso que en un plazo de treinta días todo el mundo declarara el cereal que tenía, y una vez reservado el necesario para el alimento familiar y la siembra, el resto se pusiera a la venta inmediatamente, hasta el 1 de agosto, a un precio máximo de un dinero por modio, que más o menos equivalía al doble del precio de los años normales, aumento que podemos considerar aceptable si se tiene en cuenta que en momentos de carestía el precio del cereal podía decuplicarse. 28Retengamos en la memoria estas medidas dictadas por Lucio Antistius Rusticus (por cierto, originario de Hispania) para compararlas con las adoptadas por otras autoridades en el decurso de los siglos en momentos de crisis.
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