Por último, en 1642 se retoma ante la Real Audiencia una cuestión ya abordada en la concordia de 1623, el pago del quinto de la hoja. En ese momento, se había pactado un aumento en el tributo de las tierras del quinto, que pasaba de 12 a 16 sueldos por carga. Diecinueve años después, los habitantes de Alaquàs denunciaban que el marqués pretendía cobrarlo ahora por sarria y no por carga. Efectivamente, el síndico de Alaquàs exponía que era costumbre inmemorial pagar el quint de la fulla al señor en dinero y a razón de 16 sueldos por carga, de 10 arrobas cada una. La aspiración del marqués de cobrarlo ahora a 16 sueldos por sarria los perjudicaba, puesto que, al ser una medida menor, habrían de pagar esta cantidad un mayor número de veces. 172 La causa quedó también en suspenso, pero fue resuelta finalmente mediante una concordia en 1645, firmada por don Melchor Figuerola como tutor del siguiente marqués, don Baltasar. En esta se acordaba finalmente que los habitantes de Alaquàs debían pagar el quinto de la hoja por sarrias y no por cargas, 173 cediendo pues a las pretensiones señoriales. Esta concordia fue aprobada por la Real Audiencia y publicada el 4 de mayo de 1646. 174
• Las últimas voluntades y la institución del vínculo
A lo largo de la Edad Moderna, la nobleza buscó, por medio de las alianzas matrimoniales, conservar su poder y acrecentar su patrimonio. Asimismo, y desde épocas muy tempranas ya en los siglos xv y xvi, trató de afianzarlo mediante la institución de vínculos, en especial aquellas familias poseedoras de señoríos. 175 En este trabajo hemos ido viendo cómo los vínculos a los que accedieron los Pardo de la Casta fueron instituidos en la primera mitad del siglo xvi y les llegaron por la herencia de sus cónyuges, gracias a oportunos enlaces matrimoniales con otros linajes, y ayudados, en algunas ocasiones, por el azar biológico. Sin embargo, don Juan se convirtió en el primer Pardo de la Casta que creó un vínculo para su linaje. Este fue constituido en su testamento y entró en vigor, como solía ser habitual, tras su fallecimiento.
En sus últimas voluntades, otorgadas el 22 de diciembre de 1643, ante el notario Pedro Juan Ferrer, nombró albaceas a su cuñado, don Melchor Figuerola, señor de Náquera, casado con su hermana doña María Pardo de la Casta, y a Constantino Cernesio, señor de la baronía de Parcent, con voto y parecer de su segunda mujer, doña Elfa Rocamora, marquesa de la Casta.
En primer lugar, dejó 620 libras para su sepultura, en el monasterio de Nuestra Señora del Olivar de Alaquàs, y para misas. Legó a su hija Luisa 8.000 libras para su matrimonio y a sus hijas María Manuela e Inés la cantidad necesaria para entrar en religión y 60 libras de renta anual mientras vivieran. A su hijo Félix le dejó 300 libras de renta anual, de las que no podría disfrutar hasta tener cumplidos los veinte años y mientras no poseyera herencia en la que hubiera sucedido por vínculo o de otro modo. Don Juan tenía también cuatro hijos ilegítimos a los que incluyó en su testamento. Todos ellos entraron en religión y recibieron los siguientes legados: a Ana la cantidad precisa para profesar como religiosa y 40 libras de renta anual de por vida, y a los frailes Pedro, José y Nuño, 5 sueldos a cada uno de parte y legítima.
Con el resto de sus bienes, don Juan instituyó un vínculo nombrando heredero a su hijo primogénito, don Baltasar Pardo de la Casta, hijo también de doña María de Rocafull, su primera mujer. En el orden de sucesión, siguió el modelo habitual de agnación rigurosa, es decir, el que se basaba en los principios de legitimidad, primogenitura y masculinidad. Desconocemos los bienes que lo integraban, puesto que los señoríos que poseía ya estaban todos vinculados. Sabemos, por un documento de 1618, que su padre, don Luis Pardo de la Casta, era dueño de varios bienes inmuebles en la Ciudad de Valencia, pero no estamos en situación de afirmar que 25 años después todavía estuvieran en poder de la familia. 176
Por último, nombró administradora de todos sus bienes a su mujer, doña Elfa Rocamora, marquesa de la Casta, a la que encomendó también la educación de sus hijos. Esta administración duraría hasta que el heredero, don Baltasar, se casase o cumpliera veinte años. El testamento fue publicado el 8 de enero de 1644, tres días después de la muerte del marqués. El 10 de enero doña Elfa renunciaba a la administración de los bienes de su marido y dejaba como tutor y curador del nuevo marqués y de sus hermanos a don Melchor Figuerola. 177
Inmediatamente después de la lectura del testamento, don Melchor Figuerola realizó un detallado inventario post mórtem de los bienes muebles que se encontraban en la casa familiar y que conformaban la herencia de los hijos. La extensa relación de estos bienes nos permite conocer sus enseres y hacernos una idea del nivel de lujo que disfrutaban y de su capacidad de ostentación. Entre los casi 500 bienes inventariados en la casa familiar, situada «en la present ciutat [de València] en la parrochia de Senta Creu, en lo carrer vulgarment dit del Pare Orfens Vell», encontramos desde una carroza ricamente vestida hasta unos botones de oro. Destaca el gran número de cuadros que poseían, más de cincuenta, siendo la mayoría de tema religioso, aunque también hallamos un retrato de don Luis Pardo de la Casta. Un tipo de bienes de gran importancia eran las joyas, de las que se relacionan alrededor de cincuenta y se proporciona información, en muchos casos, sobre su peso y su valor. 178 El patrimonio mueble recogido en este inventario confirma que el nivel de vida de los Pardo de la Casta correspondía a su estatus social de nobles.
En el inventario post mórtem se registran también los objetos hallados en el castillo de la villa de Alaquàs, propiedad familiar, y de su escasez podemos deducir que no se utilizaba como vivienda habitual; apenas se listan veinte objetos, entre los que se encuentran una silla de manos o un arpa. También se mencionan algunos animales como mulas o toros. Entre la nobleza valenciana dueña de varios señoríos era frecuente poseer en cada uno de ellos una casa señorial pero solían habitar, cuando las circunstancias económicas lo permitían, en la ciudad de Valencia. 179 En Alaquàs se conserva este palacio-castillo, uno de los más imponentes de la huerta de Valencia. El edificio original data de la Edad Media, aunque su fisonomía actual se la debe a múltiples intervenciones, la autoría de las cuales ha suscitado varias hipótesis. En la segunda mitad del siglo xvi, don Gaspar de Aguilar, señor de la villa, encargó continuar las obras de la iglesia de la Asunción, situada junto al castell , de lo que se puede inferir que, posiblemente, se reformara también este. Las obras de mejora más relevantes se produjeron en esa época, pero continuaron a lo largo de todo el xvii. 180 El edificio fue declarado monumento histórico artístico nacional en 1918.
El esplendor del linaje: don Baltasar Pardo de la Casta (1633–1695)
• Infancia, tutela y enlace matrimonial
Don Baltasar fue hijo legítimo de don Juan Pardo de la Casta, marqués de la Casta y señor de las baronías de Alaquàs y Bolbaite, y de doña María de Rocafull Agüero y Ávalos, señora de Agüero. En su fe de bautismo consta que nació en la ciudad de Valencia, y que fue bautizado en la iglesia Parroquial de Santa Cruz, en 16 de noviembre de 1633, 181 por lo que deducimos que habría nacido pocos días antes. Quedó huérfano siendo aún niño, por lo que a él y a sus hermanos se les asignó como tutor y curador a don Melchor Figuerola, señor de Náquera, casado con su tía, doña María Pardo de la Casta, según la concordia de 22 de octubre de 1645. 182 Don Melchor administró sus bienes hasta 1654, cuando el joven marqués cumplió 20 años. 183
Читать дальше