COVID-19 y privación de libertad
Análisis jurisprudencial en un escenario de emergencia sanitaria
© Ignacio Barrientos Pardo, 2020
Registro de Propiedad Intelectual Nº 2020-A-8412
ISBN edición impresa: 978-956-17-0903-4
ISBN edición digital: 978-956-17-0910-2
Derechos Reservados
Ediciones Universitarias de Valparaíso
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Calle 12 de Febrero 21, Valparaíso
Fono: 32 227 3902 - Fax: 32 227 3937
Email: euvsa@pucv.cl
www.euv.cl
Diseño: Alejandra Salinas C.
Corrector: Aldo Espina A.
HECHO EN CHILE
A Pedro, mi padre y Yanet, mi madre, todo mi amor y gratitud
A mi hijo Lautaro, "mi compañero de la vida", por su amor, compañía y fuerza
El autor agradece a:
Viviana Castel, Cristian Sleman, Fernando Alliende, Karina Reyes, Violeta Villalobos, Mario Palma, Octavio Sufán, Boris Hrzic, Alvaro Gazón, Camila Leonicio, Hugo León y Renato González, abogadas/os de la Defensoría Penal Pública, que me facilitaron sentencias para la redacción de este libro. Gracias, asimismo, a María Antonieta Ubillo por su ayuda en la confección del índice temático. Mi gratitud especial para Luciano Cisternas, por su visión crítica y las sentencias remitidas. A Marcela Bustos, y a través de ella a los/as colegas de la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional, mis agradecimientos por proporcionarme la referencia a diversos fallos que facilitaron la conclusión de este trabajo. Sirva este libro de homenaje a todas/os las/os colegas y funcionarias/os de la Defensoría Penal Pública que han seguido prestando sus servicios durante este período tan complejo para el mundo y nuestro país. Permítanme también mi afectuosa gratitud y homenaje por el ejemplo que nuestro querido colega Claudio Fierro siempre ha sembrado entre nosotros.
TABLA DE CONTENIDO
Introducción
1. Recomendaciones internacionales y nacionales sobre el uso de la prisión en tiempos de COVID-19
2. La crisis sanitaria y su impacto en la aplicación de la privación de libertad en el sistema procesal penal chileno
3. Análisis de fallos. ¿Hay sensibilidad de los tribunales a los riesgos sanitarios en la pandemia por COVID-19?
3.1 Fallos sobre imposición y denegación de prisión preventiva o internación provisoria o sustitución de las mismas
3.1.1 Imposición, denegación o sustitución de prisión preventiva o internación provisoria, según edad o estado de salud
3.1.2 El test de proporcionalidad en la denegación, imposición y sustitución de la prisión preventiva durante la crisis sanitaria por COVID-19
3.1.3 Sustitución de prisión preventiva o internación provisoria fundada en la prognosis de pena
3.1.4 Sustitución de prisión preventiva o internación provisoria fundada en el tiempo de privación de libertad
3.1.5 Sustitución de medidas cautelares privativas de libertad fundada en deficiencias de la investigación
3.1.6 Sustitución de medidas cautelares privativas de libertad por suspensión de juicios orales en contexto COVID-19
3.1.7 Sustitución de prisión preventiva en casos de delitos de tráfico ilícito de estupefacientes
3.1.8 Sustitución de prisión preventiva en casos de delitos vinculados al “estallido social”
3.1.9 Sustitución de prisión preventiva en casos de delitos en contexto de violencia intrafamiliar
3.2 Sustitución de la medida cautelar del art. 34 de la Ley N° 18.216 en contexto de COVID-19
3.3 Sustitución de penas privativas de libertad durante la crisis sanitaria por COVID-19
Conclusiones
Bibliografía
INTRODUCCIÓN
El COVID-19 es, seguramente, la mayor pandemia que ha azotado al mundo en los últimos 100 años. La crisis originada por la propagación del virus ha impactado en todos los ámbitos de nuestra vida. Al 12 de mayo del año en curso, según los datos entregados por la Universidad Johns Hopkins el nuevo coronavirus ha cobrado la vida de más de 286.000 víctimas en el mundo y alcanza las 4.205.801 de personas infectadas, de las cuales Estados Unidos, Rusia y España concentran la mayor tasa de contagios, encabezando la lista de los países más golpeados por la pandemia1.
La propagación exponencial del COVID-19 tiene en vilo a muchos países con distintos grados de desarrollo económico. Si bien no se trata de una enfermedad necesariamente mortal, ya se ha reportado que los adultos mayores y enfermos crónicos son los que corren mayor riesgo de muerte.
Una preocupación del máximo encargado de la salud mundial son las personas que viven en centros colectivos2. Entre ellas, sin ninguna duda, las personas recluidas en las cárceles de todo el mundo se encuentran en una condición de mayor riesgo, lo que ha movido a diversas organizaciones a emitir sugerencias, recomendaciones o exhortaciones sobre las medidas que se deben implementar para enfrentar la pandemia en los centros de detención. La preocupación mundial respecto de los presos y reclusos está motivada no solo por las condiciones de habitabilidad de los centros penitenciarios, sino por la situación de vulnerabilidad derivada de la especial relación de sujeción a la autoridad penitenciaria, ya que dependen para la satisfacción de sus necesidades básicas, casi absolutamente de la actuación de agentes del Estado. Como contrapartida, esta especial sujeción genera para los Estados diversas obligaciones específicas que, por su posición de garante, les exigen ejecutar una serie de medidas con el objetivo de satisfacerlas. Así, por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido como doctrina permanente desde hace mucho tiempo que
“[…] como responsable de los establecimientos de detención, el Estado se encuentra en una posición especial de garante de los derechos de toda persona que se halle bajo su custodia. En ese mismo sentido, ante esta relación e interacción especial de sujeción, el Estado debe asumir una serie de responsabilidades particulares y tomar diversas iniciativas especiales para garantizar a las personas detenidas o retenidas las condiciones necesarias para contribuir al goce efectivo de aquellos derechos que bajo ninguna circunstancia pueden restringirse o de aquellos cuya restricción no deriva necesariamente de la privación de libertad, y que, por tanto, no pueden ser limitados, incluyendo el derecho a la vida, a la integridad personal y al debido proceso. Su falta de cumplimento puede resultar en una violación de la prohibición absoluta de aplicar tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”3.
No creo que sea necesario explayarme demasiado sobre dos factores que influyen en el análisis jurisprudencial que procuraré realizar, a saber: las carencias y falencias del sistema carcelario chileno y el uso desproporcionado de la privación de libertad como respuesta punitiva y cautelar.
Sobre el primer factor influyente existe abundante literatura (informes de entidades públicas y privadas) que provee de mucha información sobre las condiciones de habitabilidad existentes en las cárceles y sobre el acceso de los reclusos a una serie de bienes públicos, tales como el agua potable y a las prestaciones de salud4. Estas carencias y falencias del sistema carcelario chileno suponen flagrantes infracciones a los estándares de derechos humanos que se han establecido5. La crisis sanitaria ha recordado las profundas grietas de este sistema. Suscribo la afirmación que la realidad carcelaria nacional, con la excepción de algunos recintos penitenciarios, genera óptimas condiciones para la expansión interna del coronavirus6. Resulta inquietante que, después de muchos años, los principales problemas carcelarios detectados y documentados en las primeras supervisiones, tales como infraestructura carcelaria insuficiente o deficiente, sobreocupación y/o hacinamiento en diversas cárceles7, falta de acceso a agua potable e inexistentes o malas prestaciones de salud8, sean prácticamente los mismos que se detectaron en el 2019.
Читать дальше