PRAGMÁTICA DEL CONTROL SOBRE
EL DERECHO A LA HUELGA
Análisis de la regulación legal y administrativa
PRAGMÁTICA DEL CONTROL SOBRE EL DERECHO A LA HUELGA.
Análisis de la regulación legal y administrativa
Renato Sarzo Tamayo
Primera edición, marzo 2021
© 2021: Renato Sarzo Tamayo
© 2021: Palestra Editores S.A.C.
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Diagramación y Digitalización:
Gabriela Zabarburú Gamarra
Hecho el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú N.º 2021-03432
ISBN Digital: 978-612-325-175-8
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A María del Carmen.
A Víctor y Flor.
Contenido
GGLOSORIA Glosario AAT: Autoridad Administrativa de Trabajo CASC: Comisión de Apoyo al Servicio Civil CGTP: Confederación General de Trabajadores del Perú CNTPE: Consejo Nacional de Trabajo y Promoción Del Empleo (CNTPE) FNTMMSP: Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú INEI: Instituto Nacional de Estadísticas e Informática LPAG: Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General LSC: Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil MTPE: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo OIT: Organización Internacional de Trabajo PBI: Producto Bruto Interno RLRCT: Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-92-TR. SUTEP: Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Perú SUNAFIL: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral TUO DE LA LRCT: Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2003-TR TUO DE LA LPAG: Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS TUPA: Texto Único de Procedimientos Administrativos
RESUMEN Resumen No obstante que la Constitución Política del Perú reconoce y garantiza el derecho a la huelga, la configuración legal de este derecho, tanto en el sector público como en el privado, se ha realizado bajo una lógica del control y no en clave de garantía. Más allá de los clásicos cuestionamientos a la definición legal de la huelga (tildada de tradicional) y a la lista de servicios esenciales (considerada muy amplia), observamos que la lógica del control sobre el derecho a la huelga aparece de manera clara en los siguientes aspectos: (i) La limitación sobre las causas que habilitan el ejercicio del derecho: las huelgas por conflictos colectivos jurídicos (principal causa de las huelgas en el Perú) prácticamente son irrealizables porque requieren previamente una sentencia firme que acredite el incumplimiento del empleador. (ii) La configuración del órgano calificador de las huelgas: es el propio Estado, y no un órgano independiente que cuente con la confianza de las partes, quien califica como procedente, improcedente o ilegal la realización de la medida de fuerza. (iii) Los criterios administrativos empleados para entender por cumplidos o incumplidos los requisitos legales (condiciones previas) para realizar una huelga. En este sentido, resulta necesaria una reconfiguración del derecho a la huelga que nos acerque a una regulación en clave de garantía. Por ello, proponemos i) la creación de un órgano tripartito en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) que se encargue de la calificación de las huelgas; ii) la eliminación, modificación y reinterpretación de los requisitos legales para el ejercicio del citado derecho; y iii) la flexibilización del requisito de la sentencia firme como presupuesto de las huelgas por conflictos jurídicos; todo lo cual se concretiza en proyectos normativos que se anexan a la presente investigación. Finalmente, consideramos que en el nuevo escenario que proponemos no debiera admitirse la realización de huelgas contrarias al ordenamiento jurídico, por lo que las propuestas normativas antes indicadas también prevén consecuencias jurídicas para los huelguistas que realizan la medida de fuerza incumpliendo la ley.
LISTA DE CUADROS Lista de cuadros Cuadro Nº 01: Perú. Huelgas según tipo de causa, 2000-2019 Cuadro N° 02: Perú. Trabajadores comprendidos, según tipo de causa de la huelga 2000-2019 Cuadro Nº 03: Perú. Horas hombre perdidas, según tipo de causa de la huelga 2000-2019 Cuadro Nº 04: Perú. Pliegos de reclamos y huelgas, 1990-2019 Cuadro Nº 05: Perú. Proporción huelgas / pliego de reclamos, 1990-2019 Cuadro Nº 06: Perú. Convenios colectivos y huelgas, 1990-2019 Cuadro Nº 07: Perú. Proporción huelgas / convenios colectivos, 1990-2019 Cuadro Nº 08: Perú. Inspectores por región (junio 2011 Vs junio 2018) Cuadro Nº 09: Perú. Inspectores por categorías (junio 2011 Vs junio 2018) Cuadro Nº 10: Perú. Huelgas según tamaño de empresas 2000-2019 Cuadro Nº 11: Ranking regional según nivel de conflictividad 2000-2019 Cuadro Nº 12: Perú. Variación del PBI y trabajadores comprendidos en las huelgas del sector minero, 2000-2019 Cuadro Nº 13: Perú. Variación del PBI y horas/hombre perdidas en las huelgas del sector minero, 2000-2019 Cuadro Nº 14: Perú. Variación del PBI y huelgas del sector minero, 2000-2019 Cuadro Nº 15: Perú. Variación del PBI y trabajadores comprendidos en las huelgas del sector público, 2000-2019 Cuadro Nº 16: Perú. Variación del PBI y horas/hombre perdidas en las huelgas del sector público, 2000-2019 Cuadro Nº 17: Negociación colectiva como requisito de huelgas polivalentes Cuadro Nº 18: Perú. Variación del PBI, 1990-2019 Cuadro Nº 19: Perú. PBI según tipo de ingreso, 1994-2018 Cuadro Nº 20: Efectos jurídicos de las huelgas procedentes Cuadro Nº 21: Perú. Duración promedio de las huelgas, 2000-2019 (en días) Cuadro Nº 22: El propio empleador como órgano calificador Cuadro Nº 23: Requisitos para el ejercicio del derecho a la huelga Cuadro Nº 24: Protección contra actos de injerencia sobre el derecho a la huelga Cuadro Nº 25: Eficacia general o limitada de las huelgas Cuadro Nº 26: Alcances de la legalización notarial de la copia del acta de asamblea (certificación de reproducciones) Cuadro Nº 27: Modificación del artículo II del Título Preliminar de la LPAG Cuadro Nº 28: Alcances del D.S. Nº 009-2018-TR y RM Nº 048-2019-TR Cuadro Nº 29: Tablero de control sobre los requisitos de la huelga
INTRODUCCIÓN
Capítulo I
LA HUELGA DESDE LA LEY Y LA REALIDAD
El control estatal sobre las causas de la huelga
1. La huelga como respuesta a conflictos colectivos principalmente jurídicos y no económicos
2. La respuesta del Estado a las huelgas por conflictos colectivos jurídicos: el primer control sobre las causas de la huelga
3. La huelga como respuesta a la función normativa del Estado: modelo polivalente
4. La respuesta del Estado a las huelgas del modelo polivalente: el segundo control sobre las causas de la huelga
5. El defecto normativo de la lógica del control: las huelgas improcedentes amparadas por la legislación
Capítulo II
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